1351 - Modifica Ordenanza Nº 1220 Reglamentación Taxis.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1351/06.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1351/2006



VISTO: La Ordenanza Nº 1220/2004 de fecha 17/12/2004 y el Expte. C.D. Nº 3439/06 de


fecha 23/03/2006 iniciado por la Asociación de Taxistas de Junín de los Andes,


donde solicitan actualización de precios correspondiente al servicio de taxi, y;




CONSIDERANDO:




Que, mediante la citada Ordenanza se reglamenta el Servicio de Transporte de


Pasajeros en automóviles de alquiler con Reloj taxímetro, en la ciudad de Junín de los Andes.-




Que, a fs. 01 del Expte. en cuestión la Asociación de Taxistas de Junín de los Andes


explica los motivos que fundamenta la solicitud de actualización de precios correspondiente al


servicio de taxi de nuestra localidad.-




Que, conforme Despacho Nº 016/06 de la Comisión de Planificación, Producción y


Turismo, aprobado por mayoría en Sesión Ordinaria de fecha 19/04/2006, este Concejo


Deliberante dispuso modificar la Ordenanza Nº 1220/05, Capítulo III, Artículo 8º, Inc. b),


referido a la tarifa de taxi; el Capítulo VIII, Artículo 35º, fijando un cupo máximo de licencias


en 38 unidades; y en el Capítulo XI, Artículo 48º agregando el texto: “No se aplicará en caso


de robo, hurto o estafa judicialmente comprobada de la unidad”.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º y ARTÍCULO 57, INCISO a), CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A


ARTÍCULO 1º: MODÍFÍCASE el Inciso b), Artículo 8º, Capítulo III, de la Ordenanza Nº


1220/2004, el cual quedará redactado de la siguiente manera:


1) Bajada de Bandera: $ 1,40.-
2) Por cada 100 mts. , recorridos: $ 0,16.-
3) Por cada minuto de espera: $ 0,16.-




ARTÍCULO 2º: MODIFICASE el Artículo 35º, Capítulo VIII, de la Ordenanza Nº


1220/2004, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Serán


asignadas por Ordenanza del Concejo Deliberante las paradas y mini paradas libres. El cupo


máximo de licencias se fija en 38 vehículos, el cual solo podrá ser modificado mediante


Ordenanza específica conforme la necesidad y crecimiento demográfico lo requieran.-


Los conductores auxiliares deberán ser declarados por parte del titular de la Licencia


Comercial ante la Municipalidad y los Organismos de Trabajo y Provisionales competentes,


por escrito”.-













MIGUEL ÁNGEL GUIDALI CARLOS A. CORAZINI


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES












Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1351/06.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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ARTÍCULO 3º: AGRÉGASE al Artículo 48º, Capítulo XI, de la Ordenanza Nº 1220/2004,


el siguiente texto: “No se aplicará en caso de robo, hurto o estafa


judicialmente comprobada de la unidad”.-




ARTÍCULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-


Promulgada que fuere remítase copia a la Dirección de Tránsito y Transporte


Municipal y por su intermedio todos los propietarios de vehículos habilitados en el rubro


transporte público de pasajeros.-


ARTÍCULO 5º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén


(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta


Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la


misma.-


ARTÍCULO 6º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Miguel


Ángel Guidali.-


ARTÍCULO 7º: De forma.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES GENERAL JOSE DE SAN MARTÍN DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE ABRIL


DEL AÑO DOS MIL SEIS, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1274/06.-













MIGUEL ÁNGEL GUIDALI CARLOS A. CORAZINI


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES