Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2481/15.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 2481/2015
VISTO: El Expte. C.D. Nº 7229/15 de fecha 08/05/2015 iniciado por la Intendencia
Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, obra en el mismo Nota D.E.M nº 218/2014 de fecha 07/05/2014 por la cual
solicita modificar el artículo 3º de la Ordenanza nº 1090/2003;
Que, la Ordenanza determina los vehículos denominados de “Gran Porte”, como así
también el horario de carga y descarga de mercaderías por parte de sus propietarios.
Que, en los últimos años se ha visto incrementado el ingreso de este tipo de unidades
a nuestra localidad ocasionando los consecuentes problemas al normal tránsito vehicular.
Que, así mismo, se hace imprescindible modificar los horarios de carga y descarga
de mercaderías en los distintos comercios de nuestra ciudad;
Que, el Artículo 161º de la Carta Orgánica Municipal dice: “El Concejo Deliberante
establecerá por ordenanza los sentidos de marcha de las calles del radio urbano, flujo y horarios para
el transporte de carga y descarga de mercaderías y estacionamiento vehicular para cada zona
garantizando: a) El cuidado del ambiente y la seguridad y salud de las personas; b)El señalamiento
permanente de calles, indicación de sentido de marcha y sitios de restricción al estacionamiento; c) El
desplazamiento seguro de bicicletas y otros vehículos sin motor, y, d)El flujo correcto y seguro del
tránsito vehicular en la localidad contemplando la implementación de ciclo vías”.-
Que, este Concejo Deliberante conforme lo establecido en el Artículo 57 Inc “t” de la
Carta Orgánica Municipal y Despacho Nº 030/15 del 11/05/2015 de la Comisión Interna de
Turismo, y aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria de fecha 11/05/2015, resuelve
aprobar el Proyecto; debiéndose en consecuencia dictar la norma respectiva.
POR ELLO, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57 Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN
ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: MODIFICASE: el Artículo 3º de la Ordenanza Nº 1090/2003; el cual
quedara redactado de la siguiente manera: “ESTABLÉZCASE que los horarios de carga y
descarga de vehículos de gran porte de mercaderías en la vía pública serán todos los días de 8:30 a
10:30 hs. y de 21:00 a 00:00 hs”.-
ARTÍCULO 2º: FACÚLTASE al Departamento Municipal de Transito y Transporte para
controlar y fiscalizar lo referente al cumplimiento de la presente dentro del casco urbano del ejido
municipal.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, para su promulgación, y por
su intermedio remítase copia a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos -
Departamento de Tránsito y Transporte Municipal, y al Juzgado de Faltas Municipal.-
ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO
DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS ONCE
DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL QUINCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº
1.785/15.-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ROSANA MARISA MORALES
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2481/15.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante