2481 - 15 Modificación parcial Ordenanza 1090-03 - Carga y Descarga de mercadería.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2481/15.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




O R D E N A N Z A Nº 2481/2015



VISTO: El Expte. C.D. Nº 7229/15 de fecha 08/05/2015 iniciado por la Intendencia


Municipal, y;





CONSIDERANDO:


Que, obra en el mismo Nota D.E.M nº 218/2014 de fecha 07/05/2014 por la cual


solicita modificar el artículo 3º de la Ordenanza nº 1090/2003;


Que, la Ordenanza determina los vehículos denominados de “Gran Porte”, como así


también el horario de carga y descarga de mercaderías por parte de sus propietarios.


Que, en los últimos años se ha visto incrementado el ingreso de este tipo de unidades


a nuestra localidad ocasionando los consecuentes problemas al normal tránsito vehicular.


Que, así mismo, se hace imprescindible modificar los horarios de carga y descarga


de mercaderías en los distintos comercios de nuestra ciudad;


Que, el Artículo 161º de la Carta Orgánica Municipal dice: “El Concejo Deliberante
establecerá por ordenanza los sentidos de marcha de las calles del radio urbano, flujo y horarios para


el transporte de carga y descarga de mercaderías y estacionamiento vehicular para cada zona


garantizando: a) El cuidado del ambiente y la seguridad y salud de las personas; b)El señalamiento


permanente de calles, indicación de sentido de marcha y sitios de restricción al estacionamiento; c) El


desplazamiento seguro de bicicletas y otros vehículos sin motor, y, d)El flujo correcto y seguro del


tránsito vehicular en la localidad contemplando la implementación de ciclo vías”.-


Que, este Concejo Deliberante conforme lo establecido en el Artículo 57 Inc “t” de la


Carta Orgánica Municipal y Despacho Nº 030/15 del 11/05/2015 de la Comisión Interna de


Turismo, y aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria de fecha 11/05/2015, resuelve


aprobar el Proyecto; debiéndose en consecuencia dictar la norma respectiva.


POR ELLO, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57 Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN


ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: MODIFICASE: el Artículo 3º de la Ordenanza Nº 1090/2003; el cual


quedara redactado de la siguiente manera: “ESTABLÉZCASE que los horarios de carga y
descarga de vehículos de gran porte de mercaderías en la vía pública serán todos los días de 8:30 a


10:30 hs. y de 21:00 a 00:00 hs”.-




ARTÍCULO 2º: FACÚLTASE al Departamento Municipal de Transito y Transporte para


controlar y fiscalizar lo referente al cumplimiento de la presente dentro del casco urbano del ejido


municipal.-


ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, para su promulgación, y por


su intermedio remítase copia a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos -


Departamento de Tránsito y Transporte Municipal, y al Juzgado de Faltas Municipal.-


ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-


DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO


DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS ONCE


DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL QUINCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº


1.785/15.-









GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ROSANA MARISA MORALES


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C PRESIDENCIA






Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2481/15.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante