ORDENANZA Nº 3268/22.-
Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 3268/2022
VISTO: El Expte. C.D. Nº 11182/22 de fecha 28/04/2022 iniciado por el Departamento
Ejecutivo Municipal, el cual contiene Convenio de Formación Profesional entre el
Centro de Formación Profesional Nº 19, (CFP Nº 19) y la Municipalidad de Junin de los Andes,
y;
CONSIDERANDO
Que, las partes firmantes se comprometen a llevar adelante el Proyecto de Capacitación
y Formación de Armador de Hierro de Hormigón Armado, siendo el mismo de 110 hs., cuyo
desarrollo consta en el Anexo I. Dicho proyecto de formación va dirigido a fortalecer los micro
emprendimientos, el trabajo independiente, el de relación de dependencia y el profesional de los
actores de la Economía Social, orientándose a mejorar las condiciones de igualdad de los
mismos, en el marco de la equidad social, permitiendo avanzar hacia la formación de un mercado
laboral justo y solidario, y constituyendo de esta manera una economía inclusiva y justa para
todos y todas.-
Que, el CFP Nº 19 procederá al dictado del curso en días hábiles, en horario de 18:30 y
21:30 horas y según especificaciones del cronograma del Anexo I, en las instalaciones
municipales sito en Gines Ponte 350 de Junín de los Andes.
Que, este Concejo Deliberante conforme lo establecido en la Carta Orgánica Municipal,
en su Artículo 57, Inc., “t”, resuelve sobre tablas, por unanimidad en Sesión Ordinaria de fecha
04/05/2022, ratificar el Convenio referenciado, con el dictado de la norma legal pertinente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN
ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: SE RATIFÍCA: el Convenio de Formación Profesional, de capacitación y
formación de Armador de Hierros para Hormigón Armado, suscripto entre
el Centro de Formación Profesional N° 19 (C.F.P. N° 19), con domicilio en calle Brown 717 de
la ciudad de San Martín de los Andes, representada por el Sr. Lisandro Santos DNI Nº
25.096.113, en carácter de Director, y la Municipalidad de Junín de los Andes representada
por el Sr. Intendente Municipal Don. Carlos A. Corazini, DNI Nº 17.045.496, el cual consta de
nueve (09) Cláusulas y se adjunta a la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 2º: Se remite la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una
vez promulgada, por su intermedio envíese copia de la presente al Centro de
Formación Profesional N° 19 (C.F.P. N° 19).-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Se archive.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA
DEL NEUQUÉN, A LOS CUATRO DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL
VEINTIDOS, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2153/2022.-
LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULEN
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE LA PRESIDENCIA
ORDENANZA Nº 3268/22.-
Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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ANEXO I
O R D E N A N Z A Nº 3268/2022
ORDENANZA Nº 3268/22.-
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