Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 2731/2017
VISTO: El Expte. C.D. N° 9192/17 de fecha 10/08/2017 que contiene Nota Nº 099/2017
presentada por el Bloque de Concejales del Movimiento Popular Neuquino (M.P.N.),
donde solicitan acompañamiento a los demás Ediles para adhesión a la Ley Provincial Nº
3064, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 3064 sancionada por la Honorable Legislatura Provincial en fecha
27 de abril de 2017, establece la obligatoriedad de la provisión de agua potable en cantidad
suficiente y gratuita, para los clientes de los establecimientos gastronómicos.-
Que, con relación a la temática planteada la Carta Orgánica Municipal establece:
Artículo 11°: Los vecinos de Junín de los Andes gozarán de los siguientes derechos y
garantías, conforme a las ordenanzas que reglamenten su ejercicio:
i) A ser protegidos como consumidores y usuarios;
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 30/08/2017, conforme al
Despacho Nº 155/17 de la Comisión Interna de Gobierno, resuelve por unanimidad aprobar el
presente proyecto de Ordenanza.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, EN SU ARTÍCULO 56 y
ARTÍCULO 57 Inc. a), EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN
DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA
DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: ADHIÉRESE: a la Ley Nº 3064 sancionada por la Honorable Legislatura
Provincial en fecha 27 de abril de 2017, la obligatoriedad de la provisión de
agua potable en cantidad suficiente y gratuita, a los clientes de los establecimientos
gastronómicos.-
ARTÍCULO 2º: REMÍTASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus
efectos.- Una vez promulgada elevar copia a las partes involucradas.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, A LOS
TREINTA DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, SEGÚN
CONSTA EN ACTA Nº 1917/17.-
LUCIANO CASAJUS LUIS ARIEL MADUEÑO
SECRETARÍO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA