ORDENANZA Nº 1884/10.-
Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1884/2010
VISTO: La Nota Nº 427/10 de fecha 24/08/10 del Departamento Ejecutivo Municipal, firmada
por el Sr. Intendente Municipal, Prof. Rubén Enrique Campos, mediante el cual eleva
copia fiel de su original de Convenio celebrado entre la Sub-Secretaría de Cultura y Deportes de
la Provincia del Neuquén y la Municipalidad de Junín de los Andes, registrada bajo Expte. C.D.
Nº 5182/10, y;
CONSIDERANDO
Que, las partes acuerdan en celebrar el presente Convenio destinado al
desenvolvimiento del Programa “Fortalecimiento y Desarrollo del Deporte, con Proyección a los
Juegos Neuquinos”, suscripto oportunamente.-
Que, el mismo tiene como finalidad, por parte de la PROVINCIA, otorgar un aporte
económico no reintegrable, de acuerdo a lo establecido en la Cláusula Primera del Convenio, por
la cantidad de pesos Doce Mil Ciento Treinta y Dos ($ 12.132,00) a la MUNICIPALIDAD, con
cargo a rendir cuenta documentada de su inversión, destinado a financiar diversas actividades
deportivas en los distintos niveles estudiantiles.-
Que, la Cláusula Tercera estipula que la Municipalidad es responsable exclusivo del
correcto destino del aporte que recibe, así como de su manejo, de acuerdo a lo previsto en la
normativa pertinente, quedando sujeta a lo dispuesto por la Ley Provincial de Administración
Financiera y Control Nº 2141 y su Decreto Reglamentario, debiendo rendir a la Provincia con
documentación respaldatoria (Cláusula Cuarta), los gastos efectuados con un informe detallado
de los mismos certificados por el Director de Deportes de la Municipalidad.-
Que, la Cláusula Quinta dispone que la PROVINCIA realizará el control financiero y de
gestión, sobre las actividades desarrolladas y/o desarrollarse, así como la revisión y aprobación
de la totalidad de la documentación respaldatoria de los gastos realizados en los mismos. Dichas
auditorias serán realizadas en el momento que la Provincia lo estime conveniente, sin necesidad
de preavisar de la misma.-
Que, en la Cláusula Séptima del convenio estipula que la Provincia podrá disponer la
suspensión y/o reasignación, entre otros Municipios y/o Comisiones de Fomento de la Provincia,
y/o cualquier entidad pública o privada sin fines de lucro, incluso destinarlos a la implementación
de otros programas que lleva a cabo La Provincia, también podrá reasignar o suspender el aporte,
todo ello por incumplimiento de cualquier cláusula del presente Convenio ó ante la negativa a
suscribir el mismo, lo que no dará derecho a reclamo alguno, por parte de la Municipalidad.-
Que, nuestra Carta Magna estipula en su Artículo 155º Capitulo V, Titulo Deportes y
Recreación, “La Municipalidad de Junín de los Andes posibilitará el acceso de toda la comunidad
a las actividades físicas y recreativas en sus múltiples formas. Elaborará y ejecutará la política
municipal del deporte comunitario apoyando al deporte escolar y federado en aquellas
actividades que contaren con deportistas locales destacados”.-
ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
ORDENANZA Nº 1884/10.-
Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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Que, este Concejo Deliberante, según lo establecido en la Carta Orgánica, Artículo Nº
57, inc. “t”, y conforme lo expresado en Despacho Nº 135/10 de la Comisión de Gobierno,
dispuso por unanimidad en Sesión Ordinaria de fecha 01/09/2010, homologar dicho Convenio.-
Que, al efecto, se debe dictar la norma pertinente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, EN SU ARTÍCULO 56 y
ARTÍCULO 57 Inc. a), EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE
LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE el CONVENIO celebrado entre la SUBSECRETARÍA DE
CULTURA Y DEPORTES DE LA PROVINCIA, representada por su
Subsecretario, Dr. Sergio Hugo Luscher y LA MUNICIPALIDAD DE JUNÍN DE LOS
ANDES, representada por el Intendente Municipal, Prof. Rubén Enrique Campos, en el marco
del Convenio destinado al desenvolvimiento del Programa “Fortalecimiento y Desarrollo del
Deporte, con Proyección a los Juegos Neuquinos”, suscripto oportunamente, el cual integra la
presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, para su conocimiento y
efectos.-
ARTÍCULO 3º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA
DEL NEUQUEN, A LOS UN DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL
DIEZ, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1511/10.-
ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA