Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3088/21.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 3088/2021
VISTO: El Expte. C.D. Nº 10.852/2021 de fecha 04/01/2021, iniciado por el Departamento
Ejecutivo Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el mismo, el Sr. Intendente Municipal Dn. Carlos A. Corazini, a pone
a consideración del Cuerpo Deliberativo, Proyecto de Ordenanza sobre prórroga de la
Ordenanza N° 3035/2020 sobre Régimen Especial de facilidades de pago destinado a la
cancelación de deudas devengadas en concepto de tasas, derechos, multas, y contribuciones.-
Que, de acuerdo al análisis realizado por el Ejecutivo durante el tiempo de vigencia
de la Ordenanza N° 3035/2020, y de su primer prorroga Ordenanza N° 3052/2020 hasta el 31
de diciembre de 2020, se ha observado una importante generación de planes, lo que entre otras
cosas ha contribuido a la actualización de la base de datos municipal.-
Que, la actual situación de pandemia Covid-19 que atravesamos ha generado que la
oficina que atiende estos temas (facilidades de pago) varios días ha estado sin atención al
público. Asimismo a la no atención al público debe sumarse el tiempo que llevó la medida de
fuerza del personal.-
Que, muchos contribuyentes ha solicitado la posibilidad de la extensión de estas
facilidades de pago; aduciendo en muchos casos que no han podido acceder al mismo por la
no atención al púbico de sector.-
Que, se ha observado un importante número de contribuyentes que han accedido a
esta operatoria.-
Que, por otro lado, del análisis de la Ordenanza N° 3035/2020, surge la necesidad de
derogar el Artículo 10°, ya que por cuestiones técnicos administrativos, a la fecha no se ha
podido cerrar con el Banco Provincia del Neuquén los convenios necesarios a fin de brindar el
servicio de débito automático para la cancelación de las cuotas de las facilidades de pago.-
Que, se propone y acuerda una nueva prórroga por el término de doce (12) meses,
dictándose al efecto el presente proyecto de ordenanza.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN EXTRAORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
CARLOS ALBERTO QUINTULÉN LAURA ESTER RIFFO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3088/21.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A:
ARTÍCULO 1º: PRORRÓGASE: a partir del 01 de Enero de 2021 y hasta el 31 de
Diciembre de 2021, la vigencia de la Ordenanza N° 3035/2020, denominada
“Régimen Especial de Facilidades de Pago”, la cual fuera prorrogada por Ordenanza Nº
3052/2020 de fecha 28/10/2020.-
ARTÍCULO 2º: DERÓGASE: el Artículo 10° de la Ordenanza N° 3035/2020 en todos sus
términos y en un todo de acuerdo a lo mencionado en el considerando
pertinente.-
ARTÍCULO 3º: FACÚLTASE: al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través del
Órgano Fisca realice todas las acciones técnicas y administrativas para la
aplicación de lo mencionado en los artículos precedentes.-
ARTÍCULO 4º: Remítase la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos, y
por su intermedio elévese copia de la presente a las Secretarias Municipales
que corresponda.-
ARTÍCULO 5º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL
VEINTIUNO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2092/21.-
CARLOS ALBERTO QUINTULÉN LAURA ESTER RIFFO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA