2745 - 17 Autorización erogación Económica Programa Municipal de Contención Social y Entrenamiento Laboral en el Sector Público.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2745/17.-


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




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O R D E N A N Z A Nº 2745/2017



VISTO: El Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo Municipal,


mediante Nota Externa Nº 438/17 de fecha 19/09/2017, registrada bajo Expte. C.D.


Nº 9264/17, por la cual solicita autorización para incrementar el cupo de beneficiarios de la


Ordenanza 2631/16 “Programa Municipal de Contención Social y Entrenamiento Laboral en el


Sector Público”, y;




CONSIDERANDO:




Que, el citado programa ha evolucionado a través de Ordenanza Nº 2.266/13


promulgada por Resolución Nº 433/13 en fecha 08/07/13; Ordenanza Nº 2300/13, promulgada


por Resolución N° 363/13; Ordenanza Nº 2394/14, promulgada por Resolución 438/2014 en


fecha 11 de Agosto/14; Ordenanza Nº 2488/15, promulgada por Resolución 293/15 en fecha


15 de Junio/15,Ordenanza Nº 2557/16 y Ordenanza Nº 2631/16, y Resolución Nº 445/17 de


fecha 06 de julio de 2017.-




Que, las citadas normas habilitan al Departamento Ejecutivo Municipal la


administración del programa antes mencionado en todo el ámbito municipal, aplicando


criterios de equidad y teniendo en cuenta el contexto socio-económico.-




Que, dentro de estos criterios se ha distribuido el beneficio elevando el monto


conforme a la realidad económica que se atraviesa; impactando en las dependencia de mayor


aglomeración de beneficiarios como la Secretaría de Familia y Fortalecimiento Comunitario


(Centros de Atención Infantil) y Secretaría de Obras y Servicios Públicos y Planeamiento


Urbano (Barrenderas).-




Que, conforme a la demanda imperante se ha permitido la incorporación de


beneficiarios, como así también se ha contemplado la faz educativa como aspecto vital para


esta franja poblacional, incorporando la promoción de la terminalidad educativa en distintos


niveles, consistente en tomar la alternativa de finalizar los estudios conservando el monto del


beneficio que perciben.-




Que, el Artículo 5 de la Ordenanza Nº 2557/16 “ARTÍCULO 5º: FÍJASE: que en


función de las variaciones que sufriere el Presupuesto Municipal, el Departamento


Ejecutivo podrá modificar los montos estipulados en el ANEXO I, no pudiendo reducir de


ninguna manera el aporte que el beneficiario reciba al inicio de este programa, salvo que


cambie de modalidad horaria de capacitación”.




Que, este municipio no escapa a la situación económica imperante debiendo afrontar


la pérdida del poder adquisitivo a través de medidas urgentes que se trasladan


indefectiblemente a la disponibilidad presupuestaria.-













LUCIANO CASAJUS LUIS ARIEL MADUEÑO


SECRETARÍO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA














Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2745/17.-


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




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Que, este Concejo Deliberante conforme al Despacho Nº 183/17 de la Comisión


Interna de Gobierno, aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria de fecha 04/10/2017,


resuelve aprobar el presente Proyecto de Ordenanza.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57, Inc., “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: AUTORIZASE: al Ejecutivo Municipal, a realizar la erogación económica


por la suma de Pesos Dos Millones Cuatrocientos Veintisiete Mil,


Doscientos Ochenta y Cinco ($ 2.427.285) monto este, correspondiente al mes liquidado


Agosto de 2017, según valores económicos adjuntos en Anexo I del Programa Municipal de


Contención Social y Entrenamiento Laboral en el Sector Públicos, mencionada erogación a


deducir de la cuenta Oficial Municipal respectiva.-




ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, para su promulgación y


por su intermedio a todas las Áreas Municipales que correspondan.-




ARTICULO 3°: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTIN”


CONCEJO DELIBERERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS CUATRO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL


DIECISIETE, SEGÚN CONSTA EN ACTA N° 1923/17.-













LUCIANO CASAJUS LUIS ARIEL MADUEÑO


SECRETARÍO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA











Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2745/17.-


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




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A N E X O I – ORDENANZA Nº 2745/2017




Programa Municipal de Contención Social y


Entrenamiento Laboral en el Sector Público




Monto Anterior: Monto Actual:
Carga Horaria


Semanal


Total


Beneficiarios.


$ 4.400,00 $ 4.900,00 15 horas


$ 4.500,00 $ 5.000,00 15 horas


$ 4.600,00 $ 5.100,00 20 horas


$ 4.700,00 $ 5.200,00 30 horas


$ 4.900,00 $ 5.400,00 30 horas 432


$ 5.000,00 $ 5.500,00 30 horas


$ 5.100,00 $ 5.600,00 30 horas


$ 5.200,00 $ 5.700,00 30 horas


$ 5.700,00 $ 6.200,00 30 horas















LUCIANO CASAJUS LUIS ARIEL MADUEÑO


SECRETARÍO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA