1777 - 09 Excepción Artículo 16 Ordenanza 323 a la Sra. Lucía Valenzuela y otros para colocación de placa.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante






O R D E N A N Z A Nº 1777/2009



VISTO:
El Expte. C.D. Nº 4617/09 de fecha 20/10/2009 iniciado por la Sra. Lucía Valenzuela


y otros familiares, donde solicitan autorización para colocar una segunda placa en la


parcela del Cementerio Parque donde se encuentran inhumados los restos de quien en vida


fuera el Sr. Jorge Octavio Castro, y;




CONSIDERAND




Que, este pedido de excepción se fundamenta dado que conforme lo establecido en la


Ordenanza Nº 323/92 de creación del Cementerio Parque de Junín de los Andes, en su


Artículo 16º que establece que “Cada parcela estará cubierta exclusivamente por césped


vegetal y podrá contener en la superficie de la misma, únicamente una lápida colocada en


forma horizontal, sin superar el nivel del suelo y un recipiente para flores, dicho recipiente


tendrá que estar enterrado y no deberá superar el nivel del césped”.-




Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 04/11/2009, conforme


Despacho Nº 074/09, dispuso por unanimidad otorgar la excepción solidar curso favorable a lo


peticionado por la presentante, con el dictado de la norma legal pertinente.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGANICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56° Y 57°, INCISO a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESION ORDINARIA SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: OTÓRGASE a la Señora Lucía Valenzuela, D.N.I. Nº 17.276.720, y otros


familiares, una excepción al Artículo 16º de la Ordenanza Nº 323/92, para


colocar una segunda placa en la parcela del Cementerio Parque donde se encuentran


inhumados los restos de quien en vida fuera el Sr. Jorge Octavio Castro, conforme lo


solicitado en Expte. C.D. Nº 4617/09.-




ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, para su promulgación;


y por su intermedio, envíese copia de la presente a los presentantes y a las


Secretarías Municipales que estime corresponder, para su conocimiento y efectos.-




ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS CUATRO DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL


NUEVE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1462/09.-













ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNIN DE LOS ANDES


A/C DE PRESIDENCIA