3310 - 22 Modificación Art. 3º Ordenanza Nº 2654-16 Afectación de Lote 1 Mzna 145 construcción Escuela Primaria y Jardín Infantes Loteo Social.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




O R D E N A N Z A Nº 3310/2022



VISTO: El Expte. C.D. Nº 11.289/22 de fecha 17/08/2022, iniciado por el Bloque de Concejales


del Movimiento Popular Neuquino, por el cual remite Nota Nº 425/22 del Ejecutivo


Municipal, por la solicita se ratifique el Artículo 3º de la Ordenanza Nº 2654/2016, y;




CONSIDERANDO:




Que, el Artículo 3º de la Ordenanza Nº 2654/2016, establece: DESAFÉCTASE: al


Patrimonio Municipal el Lote 2 de la Manzana 145, según proyecto de división adjunto, de una


superficie de 8.059,00 m², para el emplazamiento de una escuela primaria y un jardín de infantes,


dependiente del Consejo Provincial de Educación de la Provincia del Neuquén”.-


Que, este pedido se origina ante la solicitud por parte del Ministerio de Gobierno y


Educación de la Provincia del Neuquén – Dirección General de Inmueble y Registro Notarial,


mediante Nota de fecha 10/05/2022, por la cual se solicita se rectifique el Artículo 3º de la


ordenanza Mencionada para que se realice una corrección donde dice “…Lote 2 de la Manzana


145 ...”, deberá decir “... Lote 3 de la Manzana 145 ...” Nomenclatura Catastral 13-20-040-3429,


Reserva Fiscal, con una superficie de 8.059 m² a título gratuito a favor al Consejo Provincial de


Educación.-


Que, lo solicitado surge en virtud de contar desde la Subsecretaría de Obras Públicas con


el Proyecto y Pliego de Bases y Condiciones para realizar la Obra de la Escuela Primaría S/Nº Bº


Nehuen che de Junín de los Andes, y encontrarse la Obra suspendida, por falta de avances en la


titularidad de dominio.-


Que, en vista de lo expuesto, Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha


17/08/2022, dispone en tratamiento sobre tablas y por unanimidad realizar la modificación


solicitada, con el dictado de la norma legal respectiva.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGANICA MUNICIPAL, ARTÍCULOS 56° y 57°, INCISO a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESION


ORDINARIA SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º: SE MODIFICA: el Artículo 3º de la Ordenanza Nº 2654/2016, el cual quedará


redactado de la siguiente manera:


“ARTÍCULO 3º: DESAFÉCTASE: del Patrimonio Municipal el Lote 3 de la


Manzana 145, Nomenclatura Catastral 13-20-040-3429, Reserva Fiscal, de una superficie de 8.059


m², conforme surge de Expte. de Mensura 8224 – EXPM 03875/18, y CÉDASE a título gratuito a
favor al Consejo Provincial de Educación para emplazamiento de establecimientos educativos”.-


ARTÍCULO 2º: COMUNÍQUESE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTIN” CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL DOS MIL


VEINTIDOS SEGÚN CONSTA EN ACTA N° 2168/22.-











LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULÉN


SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA