Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2459/15.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
1
O R D E N A N Z A Nº 2459/2015
VISTO: El Expediente C.D. Nº 7391/14, el cual contiene Nota S/N de fecha 15/09/14 firmada
por el Sr. Presidente de la Asociación de Veteranos de Guerra de Malvinas “Soldado
Aldo Omar Ferreyra”; en la que se remiten datos para el proyecto de Ordenanza llevado a cabo
en forma conjunta entre el Bloque de la U.C.R. y el I.S.F.D. Nº 8 “Juana Manso”; como así
también la participación en la histórica gesta de Malvinas por parte de vecinos de la ciudad, y;
CONSIDERANDO:
Que, el conflicto bélico que enfrentó nuestro país en el año 1982, en nuestras Islas
Malvinas significó uno de los hechos más importantes en la historia Argentina, y también
constituye uno de los episodios más dolorosos de nuestra historia reciente, no solo por los
resultados obtenidos sino por sus implicancias sociales.-
Que, si bien tal reconocimiento es importante, resulta insuficiente para dimensionar
el coraje, la valentía, la entrega y el amor incondicional por la Patria de ciudadanos juninenses,
jóvenes y adolescentes en ese momento, que afortunadamente han sobrevivido al conflicto
bélico y, lo que es más triste y vergonzoso, a la desidia, la indiferencia y el olvido de
diferentes gobiernos y gran parte de la sociedad.-
Que, los ex combatientes de Malvinas participaron en la lucha cumpliendo con su
deber cívico con honor y valentía, arriesgando su vida. Muchos murieron durante la Guerra,
pero hubo muchos otros que perdieron la vida posteriormente, por la falta de contención tanto
social como por parte de los diferentes gobiernos que fueron participes de la desmalvinización.
Considerable tiempo también pasó hasta que la sociedad comenzara a brindarles el
reconocimiento que merecen.-
Que, a más de treinta años de la Guerra de Malvinas, sentimos que es necesario
reconocer el valor de nuestros ciudadanos en defensa de la Patria y de todos los/as
argentinos/as.-
Que, en muchos casos para nuestros veteranos el fin del combate no significó el fin
de la guerra ya que al volver al continente la mayor parte de ellos debió enfrentarse al olvido.-
Que, es justo reivindicar el sacrificio, la valentía y el heroísmo de quienes fueron a la
lucha en representación de todo el Pueblo Argentino.-
Que, “La historia reciente se encuentra ligada a la memoria colectiva de nuestras
sociedades y su tratamiento revela los puntos más frágiles y conflictos de sus conciencias
históricas en el presente desde el cual rememora”, de esta manera se genera una identidad
nacional, alrededor de un sentido de pertenencia de estas islas a nuestro territorio nacional.-
Que, actualmente se encuentra en vigencia la Ordenanza Nº 595 por la cual se crea la
figura de “VECINO DESTACADO”, “VECINO ILUSTRE” y “HUESPED DE HONOR”;
los que serán propuestos y elegidos conforme la reglamentación que se anexa y se detalla en la
misma.-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ROSANA MARISA MORALES
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2459/15.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
2
Que, por lo expuesto anteriormente, y tan solo para saldar una pequeña parte de la
deuda pendiente de los argentinos con sus compatriotas Veteranos de la Guerra de Malvinas,
por razones de estricta justicia, por la memoria de la gesta y los que participaron en ella,
porque nuestros ex combatientes (los que están y los que dejaron la vida durante la guerra y
posteriormente por los traumas psicológicos desatendidos) son una de las razones más fuertes
para sostener de manera incondicional, inclaudicable e imprescriptible el reclamo de la
soberanía argentina sobre las Islas Malvinas y sobre todo porque los homenajes deben
realizarse en vida de las personas, es necesario otorgar a estos verdaderos “Héroes” la
distinción de VECINO ILUSTRE.-
Que, este homenaje no se remita únicamente al día 2 de Abril, sino que se instale
como una memoria permanente, a través de la Distinción de VECINO ILUSTRE de la ciudad
de Junín de los Andes.-
Que, es importante mencionar y realizar una breve reseña biográfica de los ex
combatientes, a saber:
Anastasio Odín Rodríguez: Fue movilizado a Malvinas con 19 años, con el Grupo de Artillería 3
de Paso de los Libres Corrientes con el grado de Cabo, combatió en Puerto Argentino como Jefe
de Pieza Obus Melara 105 mm.
Reseña de Roque Adán Barriga: Tenía 19 años cuando combatió en Malvinas, con el Regimiento
de Infantería Mecanizado 7 de La Plata, se desempeñó como Cabo Cocinero. Combatió en Sapper
Hill.
Reseña de Raúl Roberto González: Tenía 32 años cuando combatió en Malvinas, con el
Regimiento de Infantería Mecanizado 7 de La Plata, se desempeñó como Sargento Primero, Jefe
de la Segunda Sección de Tiradores de la Compañía “B”. Lugar de combate Monte Longdon.
Reseña de Walter Domingo Solís: Tenía 18 años cuando combatió en Malvinas. Fue Soldado
conscripto del Batallón Logístico 10 de Villa Martelli, Buenos Aires. Fue Auxiliar de elementos
ópticos, combatió en Puerto Argentino.
Juan Antonio Abrigo: Fue a Malvinas con el grado de Sargento de Infantería del Regimiento de
Infantería 6 de Mercedes Buenos Aires, estaba a cargo de la Sección de Mortero 120 mm. Lugar
de destino Puerto Argentino, combatió en Sappper Hill.
Ángel Ortiz: Tenía 32 años cuando fue movilizado a Malvinas con el grado de Sargento 1°,
Encargado de la 1° Sección de Compañía de Infantería “A” del Regimiento de Infantería 8 de
Comodoro Rivadavia, su lugar de destino fue Gran Malvinas, Bahía Fox.-
Que, así mismo, es justo también dar el merecido reconocimiento y su consiguiente
Reparación Histórica a aquellos excombatientes que a la fecha han perdido la vida por causas
relacionadas directa o indirectamente con la guerra; reivindicando su participación y sacrificio
por la patria toda.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS Nº 56º y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDOS EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A:
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ROSANA MARISA MORALES
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2459/15.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
3
ARTÍCULO 1º: DECLÁRENSE: VECINOS ILUSTRES de la ciudad de Junín de los Andes
Veteranos de Guerra de Malvinas, reconocidos como tales por el Estado
Nacional, los cuales participaron en los Combates durante la Guerra entre el 2 de Abril y el 14
de Junio de 1982 y que tengan residencia en Junín de los Andes.-
ARTÍCULO 2º DECLÁRENSE: VECINOS ILUSTRES Post Mortem de la ciudad de Junín
de los Andes a aquellas personas que encontrándose en las circunstancia
previstas en el Artículo 1º de la presente, hubieran fallecido durante o con posterioridad a su
participación en el conflicto bélico.-
ARTÍCULO 3º: DECLÁRENSE: VISITA ILUSTRE a todo ex combatiente que certifique
haber participado en los Combates durante la Guerra entre el 2 de Abril y el
14 de Junio de 1982.-
ARTÍCULO 4º RECONÓCESE: a la Asociación de Veteranos de Guerra de Malvinas
“Soldado Aldo Omar Ferreyra” de Junín de los Andes por el compromiso de
mantener viva la causa Malvinas, honrar la memoria de los caídos en defensa de los derechos
soberanos sobre nuestras, por su trabajo y dedicación con la comunidad en su conjunto.-
ARTÍCULO 5º El reconocimiento consistirá en la entrega de un Diploma que certifique la
distinción otorgada en un Sesión Ordinaria, a determinar por el mismo
Concejo Deliberante.-
ARTÍCULO 6º Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos, una vez
promulgada, envíese copia de la presente a los interesados para su
conocimiento y efectos.-
ARTÍCULO 7º Comuníquese, Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, A LOS
ONCE DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑOS DOS MIL QUINCE, SEGÚN
CONSTA EN ACTA Nº 1775/2015.-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ROSANA MARISA MORALES
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA