2382 - 14 Ratificación Convenio Informantes Turísticos.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2382/14.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2382/2014



VISTO:
La Nota Nº 242/14 de fecha 19/05/2014 del Departamento Ejecutivo Municipal,


mediante la cual eleva copia del Convenio celebrado entre la Municipalidad de Junín


de los Andes, el Ministerio de Desarrollo Territorial y la Subsecretaría de Turismo de la


Provincia del Neuquén, registrada bajo Expte. C.D. Nº 7254/14, y;




CONSIDERANDO




Que, la Subsecretaría se compromete a realizar un aporte económico no reintegrable


por la suma total de Pesos Ciento Treinta Mil Ciento Cincuenta y Dos ($ 130.152,00),


distribuidos de la siguiente manera: la Suma de Pesos Ciento Siete Mil Setecientos Doce ($


107.712,00) para la contratación de Cuatro (4) Informantes Turísticos durante le periodo de


doce (12) meses y la suma de Pesos Veintidós Mil Cuatrocientos Cuarenta ($ 22.440,00), para


la contratación de Dos (2) Informantes Turísticos, correspondiente a la temporada de Verano,


que se extiende entre los meses de enero, febrero, marzo, noviembre y diciembre de 2014.-




Que, el citado Convenio tendrá una duración de doce (12) meses, contados a partir


del 1º de enero de 2014 hasta el 31 de diciembre de 2014.-




Que, de común acuerdo se establecen con criterios excluyentes de selección de los


informantes Turísticos los siguientes requisitos:


1- Disponibilidad para cumplir turnos rotativos.-
2- Residencia fija a no más de 40 Km. de “El Municipio” contratante.-
3- Buena presencia.-
4- Buena actitud para la atención al público.-
5- Amplios conocimientos de los atractivos y productos turísticos del lugar en


particular y de toda la Provincia del Neuquén en general.-


6- Manejo de Programas Informáticos.-
7- Disposición para colaborar en eventos especiales dentro o fuera de la Provincia


con gastos pagos.-




Que, nuestra Carta Orgánica Municipal en su Artículo Nº 172 expresa que: “La
Municipalidad de Junín de los Andes reconoce que el turismo es una de las principales fuentes de


crecimiento y desarrollo de la comunidad. Fomentará, impulsará y apoyará las actividades turísticas


sostenibles en el tiempo y no degradantes, basadas en los valores estéticos, recreativos, socio-


culturales y educacionales de sus ambientes y recursos, garantizando su protección, restauración,


mantenimiento y perpetuación”.-


Que, este Concejo Deliberante, según lo establece la Carta Orgánica Municipal en su


Artículo Nº 57, Inc., “t”, y conforme el Despacho Nº 049/14 de la Comisión interna de


Turismo, aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria de fecha 25/06/2014, se decide


homologar dicho Convenio, con el dictado de la norma pertinente.-













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA










Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2382/14.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE el CONVENIO suscripto entre la Municipalidad de Junín de


los Andes, representada por el Señor Intendente Municipal, Don Juan


Domingo Linares, y la Señora Sub-Secretaria de Turismo de la Provincia, Lic. Beatriz


Villalobos, en representación del Estado Provincial del Neuquén, el cual consta de Ocho (8)


Cláusulas e integra la presente como Anexo I.-




ARTÍCULO 2º: Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal, para su promulgación; y por


su intermedio envíese copia a la Sub-Secretaría de Turismo de la Provincia


del Neuquén, a sus efectos.-




ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS VEINTICINCO DÍAS DEL MES DE JUNIO


DEL AÑO DOS MIL CATORCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1736/14.-













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA