Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2446/14.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 2446/2014
VISTO: La Nota Nº 644/14 de fecha 19/11/14 de la Intendencia Municipal, mediante la cual eleva
adjunto copia de Convenio celebrado entre el Ministerio de Gobierno, Educación y
Justicia, y la Municipalidad de Junín de los Andes, en el marco del Plan Provincial de
Actividad Física y Deporte, y el Programa "JUEGOS INTEGRADOS NEUQUINOS 2014",
registrada bajo Expte. C.D. Nº 7541/14, y;
CONSIDERANDO
Que, la Cláusula primera del citado Convenio, establece que "El Ministerio" le
otorga la Suma de Pesos Trece Mil Seiscientos ($ 13.600) a "La Municipalidad", la que será
destinada a financiar el traslado de las delegaciones de la localidad, para participar de la
FINAL PROVINCIAL, Modalidad: Deporte de los “Juegos Integrados Neuquinos 2014”.-
Que, la Cláusula Segunda, establece que es responsabilidad de "La Municipalidad" la
correcta aplicación de los fondos transferidos y su correspondiente rendición al Tribunal de
Cuentas de la Provincia del Neuquén, como así también “La Municipalidad” será absoluta y
totalmente responsable del cumplimiento de las obligaciones legales y tributarias de las
contrataciones que deba realizar en el marco del presente Convenio.-
Que, la Cláusula Tercera, establece que "El Ministerio" a través de la Sub-Secretaría
de Deporte queda facultado para realizar la supervisión de la totalidad de las actividades
desarrolladas en los “Juegos Integrados Neuquinos 2014”, en el momento que lo estime
conveniente.-
Que, la Cláusula Cuarta establece que "El Ministerio" se reserva la potestad de
publicar, en todo o en parte, las actividades que se desarrollen en el marco del presente
Convenio en el momento que lo crea conveniente.-
Que, en la Cláusula Quinta, se deja expresa constancia que cualquier circunstancia
que imposibilite la realización y/o continuidad de los “Juegos Integrados Neuquinos 2014”, no
dará derecho a reclamo alguno, por parte de “La Municipalidad”.-
Que, la Cláusula Sexta, establece que ambas partes hacen expresa declaración que
para cualquier cuestión judicial que se suscite a partir de la interpretación o aplicación del
presente Convenio, se someten a la jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de la
Provincia del Neuquén, haciendo expresa renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción.-
Que, el Artículo 155 de la Carta Orgánica Municipal establece que “La Municipalidad
de Junín de los Andes posibilitará el acceso de toda la comunidad a las actividades físicas y
recreativas en sus múltiples formas. Elaborará y ejecutará la política municipal del deporte
comunitario apoyando al deporte escolar y federado en aquellas actividades que contaren con
deportistas locales destacados”.-.
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2446/14.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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Que, este Concejo Deliberante, según lo establece el Artículo 57, Inc., “t”, dispuso
sobre tablas y por unanimidad en Sesión Ordinaria de fecha 19/11/2014, ratificar dicho
Convenio, con el dictado de la norma legal respectiva.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE: el CONVENIO celebrado entre el Ministerio de Gobierno,
Educación y Justicia, representado por la Ministra, Sra. Zulma Reina, y la
Municipalidad de Junín de los Andes, representada por su Intendente Municipal, Sr. Juan
Domingo Linares; en el marco del Plan Provincial de Actividad Física y Deporte, y el
Programa "JUEGOS INTEGRADOS NEUQUINOS 2014", el cual integra la presente como
Anexo I.-
ARTÍCULO 2º: AUTORIZASE: al Departamento Ejecutivo Municipal a incorporar en el
Presupuesto General de la Administración Municipal – Ejercicio – año 2014,
la Partida Presupuestaria en Ingresos y Egresos correspondientes a los fondos establecidos en
la Cláusula Primera del Convenio, mencionado en el Artículo 1º de la presente.-
ARTÍCULO 3º: COMUNÍQUESE: al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.
Una vez promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente al
Ministerio de Gobierno, Educación y Justicia, de la Provincia del Neuquén.-
ARTÍCULO 4º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES NOVIEMBRE DEL AÑO DOS
MIL CATORCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1.758/14.-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA