Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1653/08.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1653/2008
VISTO: La Nota Nº 578/08 de fecha 01/10/2008 del Departamento Ejecutivo Municipal,
firmada por el Sr. Intendente Municipal, Prof.Rubén E. Campos, mediante el cual
eleva copia de Convenio Celebrado entre el Ministerio de Justicia, Trabajo y Seguridad y la
Municipalidad de Junín de los Andes, registrada bajo Expte. C.D. Nº 4133/08 de fecha
07/10/2008, y;
CONSIDERANDO
Que, mediante la Cláusula Primera del citado Convenio la Municipalidad de Junín de
los Andes cederá por el plazo que dure la presente gestión, contando a partir del 09/09/2008,
una oficina del inmueble perteneciente a la Municipalidad de Junín de los Andes, ubicado en
la Avenida Antártida Argentina S/Nº de la ciudad de Junín de los Andes, de la Dirección
General del Centro de Atención a la Víctima del Delito, dependiente de la Dirección
Provincial de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia, Trabajo y Seguridad.-
Que, la Delegación mencionada en la Cláusula Primera, está obligada a poner toda la
diligencia para la conservación y mantenimiento del inmueble cedido; se hará responsable de
los gastos reparación y/o conservación que se hubiere de realizar en el inmueble cedido por
causa de desgaste ocasionado por el uso de la Delegación y/o cualquier otro daño producido
por el mal uso o negligencia en la utilización del mismo, en el que será por cuenta y cargo de
esta última.-
Que, finalizando el plazo estipulado en la cláusula primera del presente Convenio, la
Delegación de Junín de los Andes deberá restituir el inmueble al Municipio de Junín de los
Andes, en el mismo estado en que lo recibió.-
Que, nuestra Carta Orgánica Municipal en su Artículo 149º expresa que “Los programas
deberán enmarcarse en los siguientes ejes de acción:
a) Programas de promoción y prevención dirigidos a fortalecer las potencialidades de los
sectores cuya vulnerabilidad está dada por condiciones biológicas, psicológicas y sociales;
b) Programas de asistencia dirigidos a satisfacer las necesidades inmediatas de situaciones
familiares específicas, favoreciendo el desarrollo psico-emocional de las personas y familias;
y
c) Programas de adquisición, estimulación y desarrollo de capacidades sociales, organizativas,
deportivas, laborales, productivas y/u otros dirigidos a promover y fortalecer las
potencialidades individuales, grupales y comunitarias.
Que, el Artículo 166º expresa: “Serán líneas de acción que orienten las políticas
municipales de protección integral de la familia, la implementación y el desarrollo de programas que
contemplen:
a) La protección en materia de salud, vivienda, trabajo, educación, cultura y deporte;
b) El fortalecimiento familiar para prevenir el abandono, el maltrato y cualquier otro acto que
afectare la integridad física, psíquica, moral y social de sus integrantes, evitando la
individualización pública de las familias afectadas por estos problemas; y
ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
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c) La protección y asistencia de las familias que requirieren apoyo especial por circunstancias
económicas y/o sociales.
Las políticas de protección integral de la familia se implementarán conjuntamente con los
organismos provinciales y nacionales y las organizaciones civiles de la comunidad.
Que, este Concejo Deliberante, según lo establece el Artículo 57, Inc., “t”, y
conforme lo expresado en Despacho Nº 288/08 de la Comisión de Gobierno, dispuso por
unanimidad, homologar dicho Convenio, con el dictado de la norma legal respectiva.-
Que, al efecto, se debe dictar la norma pertinente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: HOMOLOGASE el CONVENIO celebrado entre el MINISTERIO DE
JUSTICIA, TRABAJO Y SEGURIDAD, representada por el Sr. Ministro
Dr. César Omar Pérez, y LA MUNICIPALIDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,
representada por el Sr. Intendente Municipal, Prof. Rubén Enrique Campos, en el que la
Municipalidad cederá por el plazo que dure la presente gestión, contando a partir del
09/09/2008, una oficina del inmueble perteneciente a la Municipalidad de Junín de los Andes,
ubicado en la Avenida Antártida Argentina S/Nº de la ciudad de Junín de los Andes, el cual
integra la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una vez
promulgada, por su intermedio, envíese copia al Ministerio de Justicia,
Trabajo y Seguridad de la Provincia del Neuquén.-
ARTÍCULO 3º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial Municipal.-
ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente la Señora Secretaria Legislativa, Concejal Andrea
Silvana Rosso.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS DIECISEIS DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL
OCHO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1.401/08.-
ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
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