Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2269/13.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
1
O R D E N A N Z A Nº 2269/2013
VISTO: El Expte. D.E.M. Nº 3926/08 Letra “B” de fecha 14/08/2008 iniciado por el Sr.
Patricio José Machado, titular del D.N.I. Nº 20.375.384, con domicilio legal en calle
Rodhe Nº 442 de San Martín de los Andes, referido a solicitud de predio en el Parque
Industrial local, destinado a desarrollar una fábrica de muebles de madera; y el Convenio de
pago Parque Industrial celebrado en el mes de 15/03/2013 entre la Municipalidad de Junín de
los Andes y el nombrado, y;
CONSIDERANDO:
Que, a través del citado Convenio La “Municipalidad” vende, cede y transfiere a “El
Adquirente”, y éste acepta en un todo de acuerdo a lo dispuesto por Ordenanza N° 479/95, y
sus modificatorias Nº 1014/2002, Nº 1381/2006, Nº 1594/2008 y Nº 1718/2009, una fracción
de terreno que se identifica como Lote 11, de la Manzana 93; Nomenclatura Catastral 13-20-
056-0177, con una superficie de 1.000,00 m².-
Que, el precio de venta se establece en la suma de Pesos Cuarenta ($ 40,00) por
metro cuadrado (m²), lo que hace un total de Pesos Cuarenta Mil ($ 40.000,00) que serán
cancelados conforme forma de pago establecida en Cláusula Segunda del citado Convenio.-
Que, el “Adquirente” se obliga a realizar en el predio citado, el total del Proyecto
presentado mediante los planos aprobados por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos,
dejándose un plazo de Treinta y Seis (36) meses partir de la firma del convenio, para la puesta
en marcha y funcionamiento en un ciento por ciento (100%) del emprendimiento.-
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria a través del Despacho Nº 061/13
de la Comisión de Promoción del Empleo y Desarrollo Territorial, dictamina por unanimidad,
en Sesión Ordinaria de fecha 24-07-2013, homologar el citado convenio, con el dictado de la
norma correspondiente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ROSANA MARISA MORALES
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2269/13.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
2
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATÍFICASE: el Convenio de Pago Parque Industrial celebrado en fecha
02 de Mayo de 2013 entre la Municipalidad de Junín de los Andes,
representada por el Intendente Municipal, Don JUAN DOMINGO LINARES, y el Señor
Secretario de Promoción del Empleo y Desarrollo Territorial, Don ALEJANDRO
REGUEIRO, con domicilio legal en Don Bosco y Ginés Ponte de la Ciudad de Junín de los
Andes, en adelante denominados la “MUNICIPALIDAD”, y el Sr. PATRICIO JOSÉ
MACHADO, titular del D.N.I. Nº 20.375.384, con domicilio legal en calle Rodhe Nº 442 de
San Martín de los Andes, en adelante denominado el “ADQUIRENTE”, por la venta de una
fracción de terreno ubicado en el Parque Industrial de Junín de los Andes, identificado como
Lote 11, de la Manzana 93, Nomenclatura Catastral 13-20-056-0177, con una superficie de
1.000,00 m²; el cual integra la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 2º: REMÍTASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus
efectos. Promulgada, envíese por su intermedio copia al interesado y a las
Secretarías Municipales que correspondan.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,
PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE JULIO
DEL AÑO DOS MIL TRECE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1681/13.-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ROSANA MARISA MORALES
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA