2463 - 15 Otorgar plazo para construcción de sanitario y deposito en local comercial - Sr. Jorge A. Ortiz.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




O R D E N A N Z A Nº 2463/2015


VISTO: El Expte. C.D. Nº 7620/15 de fecha 24/02/2015 iniciado por el Señor Jorge A. Ortiz,


D.N.I. Nº 17.132.926, mediante el cual solicita una prórroga de ciento ochenta (180) días


para la construcción de sanitario y depósito del local comercial que desea habilitar en calle Chubut


Nº 390 de esta localidad.-


CONSIDERANDO



Que, a fojas 01 del Expte. el presentante explica los fundamentos de esta solicitud.-




Que, este Concejo Deliberante mediante Nota Nº 060/15 de fecha 26/02/2015, solicitó a


la Subsecretaría de Bromatología informe respecto a la viabilidad de lo solicitado por el


presentante.-


Que, por Nota Nº 1602/15 de fecha 03/03/2015 de la Subsecretaría de Bromatología,


informa que “…esa Subsecretaría no pone objeciones para que se le otorgue la prórroga de 180 días
solicitada,….”.-


Que, por lo expuesto, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha


18/03/2015, dispone sobre tablas y por unanimidad otorgar la prorroga solicitada, con el dictado de


la norma legal pertinente.-


POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGANICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56° Y 57°, INCISO a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESION


ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: OTÓRGASE:
al Señor Jorge A. Ortiz, D.N.I. Nº 17.132.926, un plazo de


Ciento Ochenta días (180) días corridos, a partir de la promulgación de la


presente, para la construcción de sanitario y depósito del local comercial ha habilitar en calle


Chubut Nº 390 de esta localidad. En caso de no cumplir en tiempo y forma con la totalidad de


estas construcciones, el Departamento Ejecutivo Municipal, a través del área respectiva, deberá


dar de baja automáticamente la licencia comercial hasta tanto cumplimente lo indicado


precedentemente.-


ARTÍCULO 2º: REMÍTASE: al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una vez


promulgada, por su intermedio envíese la presente a las Secretarías Municipales


que correspondan; y al Señor Jorge A. Ortiz, a sus efectos.-


ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-


DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUÉN,


A LOS DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL CATORCE, SEGÚN


CONSTA EN ACTA Nº 1776/15.-













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA