Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3044/2020.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 3044/2020
VISTO: El Expte. C.D. Nº 10767/20 de fecha 24/09/2020, iniciado por el Departamento
Ejecutivo Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el mismo informa que mediante Nota S/Nº de fecha 02/09/2020
presentada por los integrantes de las 9 (nueve) Comisiones que integran la Preadjudicación del
Lote 19 “N”, solicitan la modificación de la Ordenanza Nº 3023/2020 y su modificatoria Nº
3032/2020, en su Artículo 3º, en referencia al 3% (tres por ciento) de la cancelación
correspondiente a la mensura.-
Que, es importante mencionar que en común acuerdo con el Ejecutivo Municipal, las
comisiones mencionadas deciden afrontar por sí solos el valor de la mensura, en vista que los
fondos provinciales aún no se han transferido al municipio para este destino.-
Que, en base lo planteado, el Ejecutivo Municipal considera que se debe modificar la
Anexo II, Tabla de Valores, según Ordenanza Nº 3032/2020, anulando el 3% (tres por ciento) que
se detalla en el mismo en concepto del valor de la mensura.-
Que, del mismo modo se debe modificar del cuadro valor del terreno, el total financiado,
al que se le debe restar el valor ya pagado por cada uno de los adjudicados en concepto de
mensura.-
Que, además se propone la modificación del Artículo 5º, donde se alude a un anticipo
del 10 (diez por ciento) del valor total al momento de la firma del boleto de compra venta,
debiendo agregarse que el valor de ese anticipo será en 3 (tres) cuotas iguales, mensuales y
consecutivas.-
Que, estas propuestas se hacen en función de la situación económica crítica que está
pasando el país en general, por consecuencia de la pandemia del COVID 19.-
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 24/09/2020 en tratamiento
sobre tablas, resuelve por unanimidad, aprobar las modificaciones propuestas por el Ejecutivo
Municipal, con el dictado de la presente norma legal.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO
EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
CARLOS ALBERTO QUINTULÉN IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIO LEGISLATIVO PRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
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ARTÍCULO 1º: MODIFÍCANSE: los ARTÍCULOS 3° y 5° la Ordenanza N° 3023/2020 y
su modificatoria Nº 3032/2020, los que quedarán redactados de la siguiente
forma:
ARTÍCULO 3º: ESTABLÉCESE: que el precio de la venta de la fracción
mencionada en el Artículo 1° de la presente ordenanza, se fija en pesos un mil doscientos por
metro cuadrado ($ 1.200,00/m²) con una financiación del 3% mensual de interés simple.
Asimismo se deja establecido que corre por cuenta de los Preadjudicatarios los porcentuales del
costo económico adicionales del 4% de inspección, y 3% por trámite administrativos de fracción
de tierra.
ARTÍCULO 5°: FACÚLTASE: al Ejecutivo Municipal a normar la forma de
pago en concepto de venta, con un anticipo del 10% del valor total al momento de la firma del
Boleto de compra venta, estableciendo que el valor de ese anticipo se abonará en 3 (tres) cuotas
iguales, mensuales y consecutivas; como así también imponer el adicional en concepto de tasa de
interés de financiación de un porcentaje del 35% (treinta y cinco). Se podrá financiar hasta 72
(setenta y dos) cuotas iguales, mensuales y consecutivas a Empleados públicos, sean éstos
nacionales, provinciales y/o municipales; y en 120 (ciento veinte) cuotas iguales, mensuales y
consecutivas para independientes. En caso de mora en el pago de la cuota comprometida se
aplicará un 3% mensual de interés simple. Asimismo se establece que lo recaudado bajo estos
conceptos se destinará a las mejoras y acondicionamiento en términos de urbanización, del
fraccionamiento de la tierra del Lote 18 “N”.-
ARTÍCULO 2º: MODIFÍCASE: el Anexo II “Tabla de Valores” de la Ordenanza N°
Nº 3032/2020, el cual corre agregado a la presente.-
ARTÍCULO 3º: Remítase al Departamento Ejecutivo Municipal y por su intermedio al
IN.M.U.VI, y a los interesados, para su conocimiento y efectos.-
ARTICULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese. -
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA
DEL NEUQUÉN, A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL
AÑO DOS MIL VEINTE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2079/2020.-
CARLOS ALBERTO QUINTULÉN IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIO LEGISLATIVO PRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
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ANEXO II - ORDENANZA Nº 3032/2020, modificado por ORDENANZA Nº 3044/20
TABLA DE VALORES (Ej. Para terreno de 250 m²)
Art. 3º
Valor m²
Total m²
Terreno
Valor Terreno Inspección 4% Trámites 3% Valor Total
Terreno
$ 1.200,00 250 $ 300.000,00 $ 12.000,00 $ 9.000,00 $ 321.000,00
Valor
Terreno
Art. 3º: Anticipo 10%
En tres cuotas (3)
Total
anticipo
$ 321.000,00
$ 10.700,00 $ 10.700,00 $ 10.700,00 $ 32.100,00
Valor Terreno Anticipo Saldo a
financiar
Art. 5º
Financiación 35%
Total Financiado
$ 321.000,00 $ 32.100,00 $ 288.900,00 $ 101.115,00 $ 390.015,00
$ 321.000,00 $ 32.100,00 $ 288.900,00 $ 101.115,00 $ 390.015,00
Total a Financiar Art. 5º
Cuotas
Total por
cuota
$ 390.015,00 72 $ 5.416,87
$ 390.015,00 120 $ 3.250,12
Total por cuota Art. 5º
Interés
Mensual
Valor Interés
Mensual
Cuota +Interés
Mensual
$ 5.416,87 $ 3% $ 162,50 $ 5.579,37
Total por cuota Art. 5º
Interés
Mensual
Valor Interés
Mensual
Cuota +Interés
Mensual
$ 3.250,12 $ 3% $ 97,50 $ 3.347,62
CARLOS ALBERTO QUINTULÉN IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIO LEGISLATIVO PRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES