Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2666/17.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 2666/2017
VISTO: La Nota Externa Nº 745/16 de fecha 27/12/2016 del Departamento Ejecutivo
Municipal, mediante la cual eleva Convenio celebrado entre la Municipalidad de
Junín de los Andes y la Subsecretaría de Turismo de la Provincia del Neuquén, registrada bajo
Expte. C.D. Nº 8857/16, y;
CONSIDERANDO
Que, la Subsecretaría se compromete a realizar un aporte económico no reintegrable
por la suma total de Pesos Ciento Sesenta y Nueve Mil Trescientos Sesenta ($ 169.360,00),
distribuidos de la siguiente manera: la Suma de Pesos Ciento Cuarenta Mil Ciento Sesenta
($ 140.160,00) para la contratación de Cuatro (4) Informantes Turísticos durante le periodo de
doce (12) meses y la suma de Pesos Veintinueve Mil Doscientos ($ 29.200,00), para la
contratación de Dos (2) Informantes Turísticos, correspondiente a la temporada de Verano,
que se extiende del mes de enero, febrero, marzo, noviembre y diciembre de 2016.-
Que, el citado Convenio tendrá una duración de doce (12) meses, contados a partir
del 1º de enero de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2016.-
Que, de común acuerdo se establecen con criterios excluyentes de selección de los
informantes Turísticos los requisitos y los estipulados en el Anexo III del Decreto Nº
0389/16.-
Que, nuestra Carta Orgánica Municipal en su Artículo Nº 172 expresa que: “La
Municipalidad de Junín de los Andes reconoce que el turismo es una de las principales fuentes de
crecimiento y desarrollo de la comunidad. Fomentará, impulsará y apoyará las actividades turísticas
sostenibles en el tiempo y no degradantes, basadas en los valores estéticos, recreativos, socio-
culturales y educacionales de sus ambientes y recursos, garantizando su protección, restauración,
mantenimiento y perpetuación”.-
Que, este Concejo Deliberante, según lo establece la Carta Orgánica Municipal en su
Artículo Nº 57, Inc., “t”, resolvió por unanimidad en Sesión Extraordinaria de fecha
11/01/2017, se decide homologar dicho Convenio, con el dictado de la norma pertinente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN EXTRAORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
RUTH ELIZABETH SIVORI CARLOS ALBERTO QUINTULÉN
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2666/17.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE: el CONVENIO suscripto entre la Municipalidad de Junín
de los Andes, representada por el Señor Intendente Municipal, Don Carlos
A. Corazini, y el Sr. Subsecretario de Turismo de la Provincia, Lic. Andrés Gabriel Méndez,
en representación del Estado Provincial del Neuquén, el cual consta de diez (10) Cláusulas e
integra la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 2º: DETERMÍNASE: que el Ejecutivo Municipal deberá enviar al Concejo
Deliberante original del convenio ratificado en el Artículo anterior, con las
firmas y sellos correspondientes.-
ARTÍCULO 3º: Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal, para su promulgación; y por
su intermedio envíese copia a la Subsecretaría de Turismo de la Provincia
del Neuquén, a sus efectos.-
ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,
PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS ONCE DÍAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO
DOS MIL DIECISIETE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1882/16.-
RUTH ELIZABETH SIVORI CARLOS ALBERTO QUINTULÉN
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA