1851 - 10 Derogar Ordenanza Nº 1579-08 Nombre calles Loteo Cooperativa Nueva Esperanza.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1851/10.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1851/2010



VISTO: La Ordenanza Nº 1579/2008 de fecha 04/06/2008, y;




CONSIDERANDO:




Que, mediante la misma se designan, conforme Expte. de Mensura Nº 3796-3609/06


del Loteo de la Cooperativa de Vivienda y Crédito “Nueva Esperanza” de Junín de los Andes


Ltda., aprobado por Ordenanza Nº 1441/2007, los siguientes nombres de calles: “Pire


Mahuida” (1), ubicada desde calle Hueney Che hasta Remanente Fracción 18 (13-RR-023-


6832); Nehuen Zomo (2), ubicada desde Hueney Che hasta Pire Mahuida; Kalfú Kuyen (3),


ubicada desde calle “Pire Mahuida” hasta Nehuen Zomo; y Hueney Che (4), 1ra. paralela a


Ruta Nacional Nº 234.-




Que, la Comisión de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano, mediante


Despacho Nº 037/10 de fecha 02/06/2010, considera que se debe dejar sin efecto el nombre de


Hueney Che para mantener la continuidad de la calle Juan Manuel de Rosas, según ordenanza


Nº 409/94 (Serán ejes para nacimiento y numeración de las calles la Juan Manuel de Rosas, 9


de Julio, Ejército Argentino, General Julio Argentino Roca, Pedro Illera y General Mariano


Necochea….) como así también agregar la traducción de los nombres de las calles “Piré


Mahuida” (Cerro Nevada), Nuehuen Zomo (2) (fuerza de mujer), Kalfú Quihien (Luna azul).




Que, se considera apropiado y valioso nominar a las calles con estos nombres dado que


de esta manera se valoriza la lengua y el idioma Mapuche; teniendo en cuenta que gran parte


de la población de nuestra localidad está compuesta por descendientes de Mapuches.-




Que, dándole los nombres correspondientes a las calles que aún no lo poseen, se


pretende establecer un mejor ordenamiento urbanístico de la ciudad, especialmente en dicho


Loteo.-




Que, el Artículo 57, expresa: “Serán atribuciones y deberes del Concejo Deliberante:


x)Dar nombre a las calles, plazas, paseos y a cualquier otro lugar o establecimiento del


dominio público municipal”.-




Que, por lo expuesto, se debe derogar la Ordenanza Nº 1579/09, sancionando una


nueva ordenanza, que incorpore las modificaciones planteada en Despacho Nº 037/10 de la


citada Comisión de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano, con el dictado de la


norma respectiva.-













ANDREA SILVANA ROSSO MARCELO ARTURO PAILLALAUQUEN
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA






















Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1851/10.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGANICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y 57º, INCISO a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESION ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: DERÓGASE la Ordenanza Nº 1579/2008 de fecha 04/06/2008.-




ARTÍCULO 2º: DESÍGNASE, conforme Expte. de Mensura Nº 3796-3609/06 del Loteo


de Cooperativa de Vivienda y Crédito “Nueva Esperanza” de Junín de los


Andes Ltda., aprobado por Ordenanza Nº 1441/2007, los siguientes nombres de calles: “PIRE


MAHUIDA” (Cerro Nevado) (1), ubicada desde calle Juan Manuel de Rosas hasta


Remanente Fracción 18 (13-RR-023-6832); NEHUEN ZOMO (Fuerza de Mujer) (2),


ubicada desde Jun Manuel de Rosas hasta PIRE MAHUIDA; KALFÚ QUIHIEN (Luna


Azul) (3), ubicada desde calle PIRE MAHUIDA” hasta NEHUEN ZOMO, según plano que


corre agregado a la presente como Anexo I.-




ARTÍCULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, para su promulgación,


y por su intermedio remítase copia a las Secretarías Municipales y


organismos provinciales que correspondan, y a la Cooperativa de Vivienda y Crédito Nueva


Esperanza de Junín de los Andes Ltda., a sus efectos.-


ARTÍCULO 4º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO


DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS DOS


DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIEZ, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº


1493/10.-













ANDREA SILVANA ROSSO MARCELO ARTURO PAILLALAUQUEN
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA