1983 - 11 Homologación Convenio Compra Camioneta 4 x 2.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1983/11.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante








O R D E N A N Z A Nº 1983/2011



VISTO: El Expte. C.D. Nº 5544/11 de fecha 31/05/2011 iniciado por el Sr. Intendente Municipal,


Prof. Rubén E. Campos, por el cual remite Convenio celebrado entre el Ministerio de


Desarrollo Territorial y la Municipalidad de Junín de los Andes, por la adquisición de una camioneta 4


x 2 doble cabina a esta localidad, y;




CONSIDERANDO:




Que, mediante Nota Nº 245/11 de la Secretaría de Gobierno de fecha 30/05/2011, se eleva


adjunto copia fiel de su original de Convenio celebrado entre el Ministerio de Desarrollo Territorial


representado por su titular Prof. Leandro Bertoya y la Municipalidad de Junín de los Andes


representada por el Sr. Intendente Municipal, Prof. Rubén Campos, por la adquisición de una


camioneta 4 x 2 doble cabina 0 km destinada a esta localidad, por un monto total de hasta Pesos Ciento


Cincuenta Mil ($ 150.000,00).-




Que, por tal motivo, se solicita al Concejo Deliberante autorice por ordenanza específica la


adquisición del vehículo mencionado.-




Que, en el marco de lo expuesto en el Artículo Nº 6 de la Ley Provincial 2615 de


Renegociación de los Contratos Petroleros, las partes acuerdan aplicar fondos resultantes de la misma


al Plan de Equipamiento y Obras correspondientes a la localidad de Junín de los Andes.-




Que, dicho equipamiento ha sido autorizado mediante la Ordenanza Nº 1923/2011 y los


fondos comprometidos corresponden al Fondo Fiduciario “Programa para el Desarrollo – Artículo 6º


Ley Nº 2615 (FOPRODES), creado por Decreto Nº 0355/09, los serán aplicados de acuerdo a la


disponibilidad financiera del mismo.-




Que, la Dirección Provincial de Desarrollo Urbano y Equipamiento, dependiente de la Sub-


Secretaría de Tierras del Ministerio de Desarrollo Territorial, intervendrá las órdenes de compra, las


que serán liquidadas por el Servicio Administrativo del Ministerio de Desarrollo Territorial y


cancelados a través del Fondo Fiduciario “Programa para el Desarrollo – Artículo 6º Ley 2615


(FOPRODES)”.-




Que, el cumplimiento de este convenio esta supeditado a que el Municipio reúna todos los


requisitos legales exigidos por la ley 2615 y los Decretos Reglamentarios Nº 2124/08 y Nº 131/09.-




Que, conforme lo establecido en la Carta Orgánica Municipal, en su el Artículo 57, Inc., “t”,


este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 09/06/2011, a través del Despacho Nº 060/11 de


la Comisión de Economía, dispuso por unanimidad, ratificar el Convenio referenciado, con el dictado


de la norma legal pertinente.-













LORENA CALFUQUEO MARCELO ARTURO PAILLALAUQUÉN


A/C DE SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA





















Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1983/11.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante





POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN


ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE el Convenio celebrado entre el Ministerio de Desarrollo Territorial y


la Municipalidad de Junín de los Andes, por la adquisición de una camioneta 4 x 2


doble cabina destinada a esta localidad, por un monto de hasta $ 150.000,00 (Pesos Ciento Cincuenta


Mil) en el marco de lo expuesto en el Artículo 6º de la Ley Provincial 2615 de renegociación de los


contratos petroleros, el cual integra la presente como Anexo I.-




ARTÍCULO 2º: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una vez


promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente al Ministerio de


Desarrollo Territorial de la Provincia del Neuquén.-




ARTÍCULO 3º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-






DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUÉN,


A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL ONCE, SEGÚN CONSTA


EN ACTA Nº 1563/11.-













LORENA CALFUQUEO MARCELO ARTURO PAILLALAUQUÉN


A/C DE SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA