Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3046/2020.-
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O R D E N A N Z A Nº 3046/2020
VISTO: El Expte. C.D. Nº 04/09/2020, originado por Nota N° 181/2020 del Ejecutivo
Municipal por la que solicita se autorice la contratación directa de la obra de Ampliación
de Obra de Provisión de Gas al Barrio Nehuen Che – Red de Abastecimiento Domiciliario de Gas
al Barrio Refugio del Sol – Red de Abastecimiento Domicilio de Gas Toma 19 de Abril - adjunta
los anteproyectos de Camuzzi Gas del Sur, identificados con N°: 11-011333-00-20 / 11-010311-
00-18 / 11011270-00-19-, y;
CONSIDERANDO:
Que, dichos proyectos enunciados corresponden a la construcción de 3400 metros
lineales de red de gas en polietileno de un diámetro de 180 mm; 1000 metros lineales de red de
gas en polietileno de 125 mm; 2100 metros lineales de red de gas en polietileno de 90 mm; 4800
metros lineales de red de gas en polietileno de 63 mm y 5200 metros lineales de red de gas en
polietileno de 50 mm, lo que hace un total en metros lineales de 16.500 m de cañerías en
distintos diámetros y en conformidad a los anteproyectos Nº 11-011333-00-20, del Barrio
Nehuen Che (cierre del total de las manzanas más el refuerzo ø 180 mm desde la calle Lamadrid
hasta el acceso al Loteo); y Anteproyecto Nº 11-010311-00-18 Barrio Refugio del Sol; y
Anteproyecto Nº11-011270-00-19 Barrio 19 de Abril.-
Que, es oportuno aclarar que las obras a realizar y en conformidad a los anteproyectos,
constan de los empalmes necesarios y prueba de hermeticidad a 6 bares, Asistencia en el
empalme principal y bypas a la distribuidora.-
Que, para las obras enunciada y en función de los análisis de costos realizados, el
presupuesto estimado por el Ejecutivo Municipal asciende a la suma de pesos sesenta y dos
millones ($ 62.000.000,00).-
Que, el Ejecutivo Municipal expresa que está en condiciones de hacer frente a esa
erogación con fondos provenientes de la coparticipación provincial, coparticipación nacional,
más todos aquellos fondos, que se puedan gestionar a nivel provincial y nacional, que dan
garantía de pago en un mediano plazo de las obras aquí enunciadas.-
Que, la extensión de la red de gas es de suma importancia, para los tiempos en que se
viven, donde el costo de la energía eléctrica es cada vez más caro para los hogares y el gas
envasado pese a estar subsidiado también tuvo un su incremento sustancial.-
Que, estos barrios al estar más alejados del centro, la única manera de poder aclimatar
los hogares en el invierno es a través de estufas eléctricas o garrafas con pantallas, pero el costo
es enorme para una familia de clase obrera, en cambio el gas natural permite una mayor
comodidad y confort a menor costo.-
Que, en la localidad de Junín de los Andes las bajas temperaturas se extienden desde el
inicio del otoño hasta mediados de la primavera.-
Que, el Estado tiene que buscar la manera de poder financiar la provisión de suministro
de gas domiciliario en estos barrios de viviendas sociales y de sectores medios de nuestra
ciudad.-
CARLOS ALBERTO QUINTULÉN IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
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Que, dicha obra afectará a la conexión domiciliaria de Gas Natural, para beneficio de
más de 1200 familias comprendidas entre los tres barrios mencionados.-
Que, respecto a esta temática constan los siguientes antecedentes:
Que, en reiteradas oportunidades, los vecinos reclamaron ante el municipio la necesidad de la
realización de la obra de gas para los barrios mencionados.-
Que, dicho reclamo fue presentado ante el Gobernador Provincial, mediante nota, el cual
contesto que se comunicaría con el Intendente para transmitirle esta preocupación y resolver
la Problemática.-
Que, en varios medios de comunicación y redes sociales, los vecinos presentaron un video en
donde expresan la situación desesperante de la falta de Gas.-
Que, en estas ubicaciones barriales, es común que la calefacción sea mediante estufas de
combustión de leña, las que han ocasionado un sin número de incendios domiciliarios.-
Que, producto de la necesidad de leña, y el uso desmedido de la misma, se presentó en el
Concejo Deliberante de Junín de los Andes, un informe de vecinos, preocupados por la tala
indiscriminada de flora autóctona.-
Que, la Legislatura de la Provincia del Neuquén, en septiembre del corriente año, sanciona con
fuerza de Declaración N° 2958, de Interés del Poder Legislativo, la gestión del
Financiamiento de la obra de provisión de gas natural para los citados Barrios de Junín de los
Andes.-
Que, hasta el día de hoy se encuentra internado en Neuquén Capital, un niño de 14 años, que
sufrió la embestida del fuego de su hogar producto de una mala combustión de la leña
utilizada para calefacciones en el núcleo familiar, contando con trasplantes de Piel y más del
80% de su cuerpo herido por el fuego.-
Que, en Nota de fecha 29/09/2020 de la Asociación Bomberos Voluntarios de Junín de los
Andes, se remite las estadísticas de intervenciones de esa institución a participado en los
últimos meses, por incendios en el Loteo Nehuen Che. Dicha estadística demuestra que se ha
producido un promedio de un incendio por mes.-
Que, por Comunicación C.D. Nº 002/2017 de fecha 27/09/2017, se apoyan y avalan las
gestiones y acciones tendientes para la concreción de la apertura de un mínimo de 200 bocas
para acceder al servicio de gas del Loteo Social Nehuen Che de nuestra localidad, conforme
pedido presentado por vecinos que residen en ese lugar bajo Expte. C.D. Nº 9277/17.-
Que, mediante Comunicación C.D. Nº 002/2019 de fecha 07/03/2019, se acompaña al Sr.
Intendente Municipal en las gestiones y acciones para la concreción de Financiamiento para la
extensión de la Obra de Gas del Sur hasta el Loteo Social Nehuen Che de nuestra localidad,
conforme pedido de los vecinos presentados por Nota con fecha 06/03/2029, bajo Expte.
10.085/20.-
Que, a través de Comunicación Nº 007/2020 de fecha 19/08/2020, se comunica al
interventor Ente Nacional Regulador de Gas (ENARGAS), Lic. Federico Bernal, a la
Legislatura Provincial, al Gobierno Provincial, y a Diputados Provinciales, la realización
de la mencionada Obra de Red de Gas.-
CARLOS ALBERTO QUINTULÉN IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
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Que, el titular de la firma Agrovial Sur S.A PABLO GAREIS –Empresa contratista
propuesta por el ejecutivo municipal- informa que la empresa que representa está en condiciones
de ejecutar las obras enunciadas precedentemente y propone al ejecutivo un esquema de
financiación y facilidades holgado que permite hacer frente a la erogación mensual para
garantizar la obra.-
Que, en virtud de lo dispuesto por la Ley de Administración Financiera y Control Nº
2141/95, Artículo 64, Inc. a) apartado 2.h. permite proceder de manera excepcional.-
Que, el texto ordenado de la Ley de Obra Pública Ley Nº 687/78 con las modificaciones
establecidas por las Leyes 1076, 1080, 1213, 1325, 1583 y 1823, establece …. Artículo 6º) Antes
de proceder a la licitación, a la contratación directa o a la iniciación por vía administrativa de una
obra pública, deberá estar aprobado su proyecto y presupuesto, con conocimiento y
especificación de todas las condiciones, estudios y antecedentes técnicos, legales, económicos y
financieros, que sean necesarios para su realización, salvo los casos de excepción que
expresamente determine la reglamentación…”.-
Que, las normas vigentes en materia de contrataciones, prevé la contratación directa de
manera excepcional requiriéndose para la misma autorización del Concejo Deliberante, el que
procederá a la redacción de la norma legal correspondiente como es en el presente caso con las
generalidades que dicho cuerpo establezca con más las tipificaciones propias que hicieran al
caso.-
Que, el Capítulo IV del Régimen de Contrataciones de la Carta Orgánica Municipal,
Régimen de Contrataciones Art. 229 subsiguientes y concordantes los principios a los que deberá
ajustarse el régimen de contrataciones son: a) Publicidad y transparencia; b) Igualdad; c)
Promoción de la competencia; d) Eficiencia y eficacia del proceso de contratación; e)
Razonabilidad de la contratación para cumplir con los objetivos fijados; y f) Responsabilidad de
los funcionarios intervinientes. Art. 230 La selección se podrá efectuar mediante la utilización de
algunos de los siguientes sistemas: a) Licitación; b) Concurso; c) Contratación directa.-
Que, atento ello y conforme lo que se ha expresado surge claro el requisito exigido en
nuestra Carta Orgánica por cuanto las condiciones de financiamiento ofrecidas por la empresa
resultan extraordinarios en relación al esquema regular de la obra pública así como los plazos de
ejecución de la obra.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN
ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: AUTÓRIZASE: al Departamento Ejecutivo Municipal contratar en forma
directa por vía de excepción a lo establecido en la Ley Nº 2141 de
Administración Financiera y Control y su Decreto Reglamentario Nº 2758/95, según los
considerandos expuestos, a la firma Agrovial Sur S.A, por la suma de hasta pesos $ 62.000.000,
(Sesenta y dos Millones de Pesos) IVA incluido, pagaderos en 36 (treinta y seis) cuotas iguales y
consecutivas, ello en conformidad a cálculos estimativos y presupuestos según constan en Anexo
I de la presente Ordenanza, para la ejecución de las siguientes obras:
CARLOS ALBERTO QUINTULÉN IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
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Realización de 3400 metros lineales de red de gas en polietileno de un diámetro
de 180 mm;
1000 metros lineales de red de gas en polietileno de 125 mm;
2100 metros lineales de red de gas en polietileno de 90 mm;
4800 metros lineales de red de gas en polietileno de 63 mm;
5200 metros lineales de red de gas en polietileno de 50 mm;
Esto hace un total en metros lineales de 16.500 m de cañerías en distintos
diámetros y en conformidad a los anteproyectos Nº 11-011333-00-20, del Bario
Nehuen Che (cierre del total de las manzanas más el refuerzo ø 180 mm desde
la calle Lamadrid hasta el acceso al Loteo; y Anteproyecto Nº 11-010311-00-18
Barrio Refugio del Sol; y Anteproyecto Nº 11-011270-00-19 Barrio 19 de
Abril-conforme los anteproyectos correspondientes que se adjuntan a la
presente como ANEXO II y forma parte integrante de la misma-.
ARTÍCULO 2º: DÉJASE EXPRESAMENTE ESTABLECIDO: que corresponde a la
Empresa Agrovial Sur S.A. realizar todos los trámites ante CAMUZZI GAS
DEL SUR. VIALIDAD NACIONAL, Municipio y Otros organismos a los que corresponda
intervenir para la iniciación, realización y finalización de la obra, como así también proveer el
correspondiente representante técnico.-
ARTÍCULO 3º: DÉJASE EXPRESAMENTE ESTABLECIDO: la obligación de contratación
de mano de obra local en un porcentaje no inferior al noventa (90%) del
personal afectado a la misma en cumplimiento de la Ordenanza Municipal N°2624/16 (31/08/16)
en todos sus términos.
ARTÍCULO 4º: CRÉASE: la partida presupuestaria, Obra de Gas Loteo Social, Refugio del Sol
y Toma 19 de Abril, e incorpórese al presente presupuesto la misma, debiendo
en consecuencia habilitarse una cuenta específica.-
ARTICULO 5°: DISPÓNGASE: que en forma previa a la firma del Contrato específico para la
ejecución de las obras enunciadas en el Artículo 1°, ha de remitirse copia a este
cuerpo legislativo, para su análisis y HOMOLOGACIÓN, debiendo el mismo consignar, plan de
obras, curvas de inversión y avance de obra, seguros correspondientes y la totalidad de la
documentación exigible en el marco de las disposiciones de ley de obra pública vigente en la
provincia.-
ARTÍCULO 6º: Remítase: al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-
ARTÍCULO 7º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA
DEL NEUQUÉN, A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS
MIL VEINTE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2080/2020.-
CARLOS ALBERTO QUINTULÉN IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
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ANEXO I – ORDENANZA Nº 3046/2020
PRESUPUESTOS
PLAN DE OBRA
CURBA DE AVANCE
ANTECEDENTES:
Estadísticas de incendio por Parte de Bomberos
Nota Asociación Bomberos Voluntarios – Cuerpo Activo
Comunicaciones Concejo Deliberante Nº 002/17, 002/19 y 007/20.
Declaración Legislatura Provincial Nº 2958/20
Nota de Vecinos solicitando al Intendente
Informe Hospital quemadura de niño
https://youtu.be/fNUdHntZllg
https://elandino.com.ar/video-vecinos-de-barrio-refugio-del-sol-reclaman-urgente-realizacion-de-
red-de-gas/
https://www.facebook.com/watch/?v=604408567142908&extid=tPiEUVYMl1K07G6Y
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https://www.lmneuquen.com/c721330
http://www.laizquierdadiario.com/Junin-de-los-Andes-anos-de-reclamos-otro-invierno-sin-gas-y-
sin-respuestas
En épocas de invierno en la localidad de Junín de los Andes quienes viven ahí han tenido que
soportar temperaturas de hasta 10 grados bajo cero.
“La realidad es que vecinos de este barrio y de otros barrios también hemos decidido hacer este
reclamo ya que nos estamos calefaccionado con leña y es muy difícil conseguir y es de muy
mala calidad o en su defecto muy cara porque viene de otras partes… las boletas
de luz vienen de 8.000, 9.000 y 10.000 pesos” Contó, Yañez
http://comunicadorpopular.com/articulo.php?art=d81f9c1be2e08964bf9f24b15f0e4900.
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