3046 - 20 Aprobar Contratación Directa Empresa Agrovial Sur S.A. obra Red de Gas Loteo Social Nehuen Che, 19 de abril y Refugio del Sol.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3046/2020.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


1



O R D E N A N Z A Nº 3046/2020




VISTO: El Expte. C.D. Nº 04/09/2020, originado por Nota N° 181/2020 del Ejecutivo


Municipal por la que solicita se autorice la contratación directa de la obra de Ampliación


de Obra de Provisión de Gas al Barrio Nehuen Che – Red de Abastecimiento Domiciliario de Gas


al Barrio Refugio del Sol – Red de Abastecimiento Domicilio de Gas Toma 19 de Abril - adjunta


los anteproyectos de Camuzzi Gas del Sur, identificados con N°: 11-011333-00-20 / 11-010311-


00-18 / 11011270-00-19-, y;


CONSIDERANDO:


Que, dichos proyectos enunciados corresponden a la construcción de 3400 metros


lineales de red de gas en polietileno de un diámetro de 180 mm; 1000 metros lineales de red de


gas en polietileno de 125 mm; 2100 metros lineales de red de gas en polietileno de 90 mm; 4800


metros lineales de red de gas en polietileno de 63 mm y 5200 metros lineales de red de gas en


polietileno de 50 mm, lo que hace un total en metros lineales de 16.500 m de cañerías en


distintos diámetros y en conformidad a los anteproyectos Nº 11-011333-00-20, del Barrio


Nehuen Che (cierre del total de las manzanas más el refuerzo ø 180 mm desde la calle Lamadrid


hasta el acceso al Loteo); y Anteproyecto Nº 11-010311-00-18 Barrio Refugio del Sol; y


Anteproyecto Nº11-011270-00-19 Barrio 19 de Abril.-


Que, es oportuno aclarar que las obras a realizar y en conformidad a los anteproyectos,


constan de los empalmes necesarios y prueba de hermeticidad a 6 bares, Asistencia en el


empalme principal y bypas a la distribuidora.-


Que, para las obras enunciada y en función de los análisis de costos realizados, el


presupuesto estimado por el Ejecutivo Municipal asciende a la suma de pesos sesenta y dos


millones ($ 62.000.000,00).-


Que, el Ejecutivo Municipal expresa que está en condiciones de hacer frente a esa


erogación con fondos provenientes de la coparticipación provincial, coparticipación nacional,


más todos aquellos fondos, que se puedan gestionar a nivel provincial y nacional, que dan


garantía de pago en un mediano plazo de las obras aquí enunciadas.-


Que, la extensión de la red de gas es de suma importancia, para los tiempos en que se


viven, donde el costo de la energía eléctrica es cada vez más caro para los hogares y el gas


envasado pese a estar subsidiado también tuvo un su incremento sustancial.-


Que, estos barrios al estar más alejados del centro, la única manera de poder aclimatar


los hogares en el invierno es a través de estufas eléctricas o garrafas con pantallas, pero el costo


es enorme para una familia de clase obrera, en cambio el gas natural permite una mayor


comodidad y confort a menor costo.-


Que, en la localidad de Junín de los Andes las bajas temperaturas se extienden desde el


inicio del otoño hasta mediados de la primavera.-


Que, el Estado tiene que buscar la manera de poder financiar la provisión de suministro


de gas domiciliario en estos barrios de viviendas sociales y de sectores medios de nuestra


ciudad.-













CARLOS ALBERTO QUINTULÉN IGNACIO ENRIQUE FLORES


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES






Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3046/2020.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


2




Que, dicha obra afectará a la conexión domiciliaria de Gas Natural, para beneficio de


más de 1200 familias comprendidas entre los tres barrios mencionados.-


Que, respecto a esta temática constan los siguientes antecedentes:


 Que, en reiteradas oportunidades, los vecinos reclamaron ante el municipio la necesidad de la
realización de la obra de gas para los barrios mencionados.-




 Que, dicho reclamo fue presentado ante el Gobernador Provincial, mediante nota, el cual
contesto que se comunicaría con el Intendente para transmitirle esta preocupación y resolver


la Problemática.-


 Que, en varios medios de comunicación y redes sociales, los vecinos presentaron un video en
donde expresan la situación desesperante de la falta de Gas.-




 Que, en estas ubicaciones barriales, es común que la calefacción sea mediante estufas de
combustión de leña, las que han ocasionado un sin número de incendios domiciliarios.-




 Que, producto de la necesidad de leña, y el uso desmedido de la misma, se presentó en el
Concejo Deliberante de Junín de los Andes, un informe de vecinos, preocupados por la tala


indiscriminada de flora autóctona.-


 Que, la Legislatura de la Provincia del Neuquén, en septiembre del corriente año, sanciona con
fuerza de Declaración N° 2958, de Interés del Poder Legislativo, la gestión del


Financiamiento de la obra de provisión de gas natural para los citados Barrios de Junín de los


Andes.-


 Que, hasta el día de hoy se encuentra internado en Neuquén Capital, un niño de 14 años, que
sufrió la embestida del fuego de su hogar producto de una mala combustión de la leña


utilizada para calefacciones en el núcleo familiar, contando con trasplantes de Piel y más del


80% de su cuerpo herido por el fuego.-


 Que, en Nota de fecha 29/09/2020 de la Asociación Bomberos Voluntarios de Junín de los
Andes, se remite las estadísticas de intervenciones de esa institución a participado en los


últimos meses, por incendios en el Loteo Nehuen Che. Dicha estadística demuestra que se ha


producido un promedio de un incendio por mes.-


 Que, por Comunicación C.D. Nº 002/2017 de fecha 27/09/2017, se apoyan y avalan las
gestiones y acciones tendientes para la concreción de la apertura de un mínimo de 200 bocas


para acceder al servicio de gas del Loteo Social Nehuen Che de nuestra localidad, conforme


pedido presentado por vecinos que residen en ese lugar bajo Expte. C.D. Nº 9277/17.-


 Que, mediante Comunicación C.D. Nº 002/2019 de fecha 07/03/2019, se acompaña al Sr.
Intendente Municipal en las gestiones y acciones para la concreción de Financiamiento para la


extensión de la Obra de Gas del Sur hasta el Loteo Social Nehuen Che de nuestra localidad,


conforme pedido de los vecinos presentados por Nota con fecha 06/03/2029, bajo Expte.


10.085/20.-


 Que, a través de Comunicación Nº 007/2020 de fecha 19/08/2020, se comunica al


interventor Ente Nacional Regulador de Gas (ENARGAS), Lic. Federico Bernal, a la


Legislatura Provincial, al Gobierno Provincial, y a Diputados Provinciales, la realización


de la mencionada Obra de Red de Gas.-











CARLOS ALBERTO QUINTULÉN IGNACIO ENRIQUE FLORES


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES








Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3046/2020.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


3




Que, el titular de la firma Agrovial Sur S.A PABLO GAREIS –Empresa contratista


propuesta por el ejecutivo municipal- informa que la empresa que representa está en condiciones


de ejecutar las obras enunciadas precedentemente y propone al ejecutivo un esquema de


financiación y facilidades holgado que permite hacer frente a la erogación mensual para


garantizar la obra.-


Que, en virtud de lo dispuesto por la Ley de Administración Financiera y Control Nº


2141/95, Artículo 64, Inc. a) apartado 2.h. permite proceder de manera excepcional.-


Que, el texto ordenado de la Ley de Obra Pública Ley Nº 687/78 con las modificaciones


establecidas por las Leyes 1076, 1080, 1213, 1325, 1583 y 1823, establece …. Artículo 6º) Antes


de proceder a la licitación, a la contratación directa o a la iniciación por vía administrativa de una


obra pública, deberá estar aprobado su proyecto y presupuesto, con conocimiento y


especificación de todas las condiciones, estudios y antecedentes técnicos, legales, económicos y


financieros, que sean necesarios para su realización, salvo los casos de excepción que


expresamente determine la reglamentación…”.-


Que, las normas vigentes en materia de contrataciones, prevé la contratación directa de


manera excepcional requiriéndose para la misma autorización del Concejo Deliberante, el que


procederá a la redacción de la norma legal correspondiente como es en el presente caso con las


generalidades que dicho cuerpo establezca con más las tipificaciones propias que hicieran al


caso.-


Que, el Capítulo IV del Régimen de Contrataciones de la Carta Orgánica Municipal,


Régimen de Contrataciones Art. 229 subsiguientes y concordantes los principios a los que deberá


ajustarse el régimen de contrataciones son: a) Publicidad y transparencia; b) Igualdad; c)


Promoción de la competencia; d) Eficiencia y eficacia del proceso de contratación; e)


Razonabilidad de la contratación para cumplir con los objetivos fijados; y f) Responsabilidad de


los funcionarios intervinientes. Art. 230 La selección se podrá efectuar mediante la utilización de


algunos de los siguientes sistemas: a) Licitación; b) Concurso; c) Contratación directa.-


Que, atento ello y conforme lo que se ha expresado surge claro el requisito exigido en


nuestra Carta Orgánica por cuanto las condiciones de financiamiento ofrecidas por la empresa


resultan extraordinarios en relación al esquema regular de la obra pública así como los plazos de


ejecución de la obra.-


POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN


ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A


ARTÍCULO 1º: AUTÓRIZASE: al Departamento Ejecutivo Municipal contratar en forma


directa por vía de excepción a lo establecido en la Ley Nº 2141 de


Administración Financiera y Control y su Decreto Reglamentario Nº 2758/95, según los


considerandos expuestos, a la firma Agrovial Sur S.A, por la suma de hasta pesos $ 62.000.000,


(Sesenta y dos Millones de Pesos) IVA incluido, pagaderos en 36 (treinta y seis) cuotas iguales y


consecutivas, ello en conformidad a cálculos estimativos y presupuestos según constan en Anexo


I de la presente Ordenanza, para la ejecución de las siguientes obras:











CARLOS ALBERTO QUINTULÉN IGNACIO ENRIQUE FLORES


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES





Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3046/2020.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


4




Realización de 3400 metros lineales de red de gas en polietileno de un diámetro


de 180 mm;


1000 metros lineales de red de gas en polietileno de 125 mm;


2100 metros lineales de red de gas en polietileno de 90 mm;


4800 metros lineales de red de gas en polietileno de 63 mm;


5200 metros lineales de red de gas en polietileno de 50 mm;


Esto hace un total en metros lineales de 16.500 m de cañerías en distintos


diámetros y en conformidad a los anteproyectos Nº 11-011333-00-20, del Bario


Nehuen Che (cierre del total de las manzanas más el refuerzo ø 180 mm desde


la calle Lamadrid hasta el acceso al Loteo; y Anteproyecto Nº 11-010311-00-18


Barrio Refugio del Sol; y Anteproyecto Nº 11-011270-00-19 Barrio 19 de


Abril-conforme los anteproyectos correspondientes que se adjuntan a la


presente como ANEXO II y forma parte integrante de la misma-.




ARTÍCULO 2º: DÉJASE EXPRESAMENTE ESTABLECIDO: que corresponde a la


Empresa Agrovial Sur S.A. realizar todos los trámites ante CAMUZZI GAS


DEL SUR. VIALIDAD NACIONAL, Municipio y Otros organismos a los que corresponda


intervenir para la iniciación, realización y finalización de la obra, como así también proveer el


correspondiente representante técnico.-




ARTÍCULO 3º: DÉJASE EXPRESAMENTE ESTABLECIDO: la obligación de contratación


de mano de obra local en un porcentaje no inferior al noventa (90%) del


personal afectado a la misma en cumplimiento de la Ordenanza Municipal N°2624/16 (31/08/16)


en todos sus términos.




ARTÍCULO 4º: CRÉASE: la partida presupuestaria, Obra de Gas Loteo Social, Refugio del Sol


y Toma 19 de Abril, e incorpórese al presente presupuesto la misma, debiendo


en consecuencia habilitarse una cuenta específica.-




ARTICULO 5°: DISPÓNGASE: que en forma previa a la firma del Contrato específico para la


ejecución de las obras enunciadas en el Artículo 1°, ha de remitirse copia a este


cuerpo legislativo, para su análisis y HOMOLOGACIÓN, debiendo el mismo consignar, plan de


obras, curvas de inversión y avance de obra, seguros correspondientes y la totalidad de la


documentación exigible en el marco de las disposiciones de ley de obra pública vigente en la


provincia.-




ARTÍCULO 6º: Remítase: al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-




ARTÍCULO 7º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA


DEL NEUQUÉN, A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS


MIL VEINTE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2080/2020.-













CARLOS ALBERTO QUINTULÉN IGNACIO ENRIQUE FLORES


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES






Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3046/2020.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


5






ANEXO I – ORDENANZA Nº 3046/2020






PRESUPUESTOS


PLAN DE OBRA


CURBA DE AVANCE






ANTECEDENTES:




Estadísticas de incendio por Parte de Bomberos


Nota Asociación Bomberos Voluntarios – Cuerpo Activo


Comunicaciones Concejo Deliberante Nº 002/17, 002/19 y 007/20.


Declaración Legislatura Provincial Nº 2958/20


Nota de Vecinos solicitando al Intendente


Informe Hospital quemadura de niño


https://youtu.be/fNUdHntZllg


https://elandino.com.ar/video-vecinos-de-barrio-refugio-del-sol-reclaman-urgente-realizacion-de-


red-de-gas/


https://www.facebook.com/watch/?v=604408567142908&extid=tPiEUVYMl1K07G6Y


https://m.facebook.com/story.php?story_fbid=3220254521395336&id=100002324589632


https://www.facebook.com/115715891773124/videos/595116287853741/


https://www.lmneuquen.com/c721330


http://www.laizquierdadiario.com/Junin-de-los-Andes-anos-de-reclamos-otro-invierno-sin-gas-y-


sin-respuestas


En épocas de invierno en la localidad de Junín de los Andes quienes viven ahí han tenido que


soportar temperaturas de hasta 10 grados bajo cero.




“La realidad es que vecinos de este barrio y de otros barrios también hemos decidido hacer este


reclamo ya que nos estamos calefaccionado con leña y es muy difícil conseguir y es de muy


mala calidad o en su defecto muy cara porque viene de otras partes… las boletas


de luz vienen de 8.000, 9.000 y 10.000 pesos” Contó, Yañez


http://comunicadorpopular.com/articulo.php?art=d81f9c1be2e08964bf9f24b15f0e4900.













CARLOS ALBERTO QUINTULÉN IGNACIO ENRIQUE FLORES


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES