Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 1774/2009
VISTO: El Expte. Administrativo de este Concejo Deliberante Nº 4310/09 iniciado por la
Comisión Vecinal del Barrio Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el mismo informan que los vecinos de ese Barrio, sector Santa Julia,
reunidos en asamblea popular realizada los días 22 y 24 de mayo de 2009 han decidido
nombrar al espacio verde existente entre calles Entre Ríos, Marcelo Berbel, Milton Aguilar y
Pedro Illera como “Parque de los Pescadores”.-
Que, en Nota Nº 36/09 de fecha 05/06/09 firmada por la Sra. Subsecretaria de
Planeamiento Urbano, Obras Públicas y Catastro, Arq. Victoria Pastorino, informa que no
encuentra objeción para no apoyar esta iniciativa.-
Que, dándole los nombres correspondientes a los paseos que aún no lo poseen, se
pretende establecer un mejor ordenamiento urbanístico de la ciudad, espacialmente en dicho
Barrio.-
Que, el Artículo 57, expresa: “Serán atribuciones y deberes del Concejo Deliberante:
x) “Dar nombre a las calles, plazas, paseos y a cualquier otro lugar o establecimiento del
dominio público municipal”.-
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 28/10/09, conforme
Despacho Nº 073/09 de la Comisión de Obras y Servicios y Planeamiento Urbano, dispuso por
unanimidad aprobar la propuesta presentada por la Comisión Vecinal del Barrio Provincial,
sector Santa Julia.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGANICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y 57º, INCISO a), EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESION
ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: DESÍGNASE, con el nombre de “PARQUE DE LOS PESCADORES”, al
espacio físico ubicado entre calles Entre Ríos, Marcelo Berbel, Milton
Aguilar y Pedro Illera del Barrio Provincial.-
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, para su promulgación,
y por su intermedio remítase copia a las Secretarías Municipales que
correspondan y a la Comisión Vecinal del Barrio Provincial, a sus efectos.- Cumplido.
Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS
MIL NUEVE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1460/09.-
ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA