Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 3288/2022
VISTO: Los Exptes. D.E.M. Nº 1380, de fecha 20/04/2022, y Nº 777 de fecha 03/03/22, y;
CONSIDERANDO:
Que, en los Exptes mencionados contienen solicitud de que se contemple un descuento
en concepto de Tasas por Servicios a la Propiedad e Inmueble a nombre de la Sra. Ocares
Clarissa y Agüero Teresa Inés, quienes perciben una pensión mínima, conforme documentación
obrante.
Que, lo establecido en el Código Tributario Municipal en su Título IX: exenciones
tributarias y otras liberalidades – Capítulo I: exenciones- Art. 114º): Trámite. El trámite para el
otorgamiento de las exenciones se iniciará a partir de la presentación de una solicitud expresa y
por escrito del contribuyente, en la mesa de entrada del Municipio que tendrá el carácter de
declaración jurada, este realizará un informe social a través del área competente y luego se girara
al Concejo Deliberante para el dictado de la normativa correspondiente y el Art. 10°: Beneficios
y Descuentos establecido en Tarifaria Municipal.
Que, analizados todos los antecedentes obrantes y en virtud a las normativas vigentes,
este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 08/06/2022, conforme al Despacho Nº
034/22 de la Comisión Interna de Economía, aprobado por unanimidad, se dicta la norma legal
pertinente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO
EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A:
ARTÍCULO 1º: SE OTÓRGA un descuento del 10 % (diez por ciento) en concepto de
Tasas por Servicios a la Propiedad e Inmueble a los vecinos que a continuación
se mencionan:
• Sra. OCARES CLARISA DNI: F4.163.553, inmueble identificado con el N° 794, ubicado en
calle Pasaje 2 de Abril 530 del Barrio Primeros Pobladores.
• Sra. AGÜERO TERESA INES – DNI N° F6.148.001, inmueble identificado con el N° 932,
ubicado en calle Lolog 125 del Barrio Progreso.
ARTÍCULO 2º: SE ESTABLÉCE: que el descuento otorgado en el artículo anterior tiene
vigencia a partir de su promulgación, y hasta el lapso de un (1) año.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN,
A LOS OCHO DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS, SEGÚN
CONSTA EN ACTA Nº 2158/22.-
LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULÉN
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
PRESIDENTE A/C