Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 3510/2023
VISTO: El Expte. C.D. Nº 11.784/23 de fecha 15/12/2023 iniciado por el Departamento
Ejecutivo Municipal, y;
CONSIDERANDO
Que, mediante el mismo eleva Contrato de Comodato firmado entre la Municipalidad de
Junín de los Andes y el Ministerio de la Cultura de la Nación, que hace referencia a Bienes y
Equipamiento para la CASA DE LA HISTORIA Y LA CULTURA DEL BICENTENARIO de
nuestra ciudad, en el marco del "Proyecto de Valorización y Consolidación Regional de las Casas
de la Historia y la Cultura del Bicentenario" Préstamo FONPLATA: ARG. 54/2021.-
Que, este Concejo Deliberante, según lo establece el Artículo 57, Inc., “t: Ratificar o
rechazar los convenios con la Nación, provincias, municipios entre públicos o privados
nacionales e internaciones”, dispuso en tratamiento sobre tablas y por unanimidad en Sesión
Extraordinaria de fecha 20/12/2023, homologar dicho Contrato de Comodato, con el dictado de la
norma legal respectiva.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN
EXTRAORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: SE RATIFICA: el CONTRATO DE COMODATO entre el MINISTERIO
DE CULTURA DE LA NACIÓN, representado por su titular, Prof. Tristán
BAUER, en su carácter de Ministro, con domicilio en Avenida Alvear Nº 1690 de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, en adelante en “MINISTERIO” por una parte; y la CASA DE LA
HISTORIA Y LA CULTURA DEL BICENTENARIO DE JUNÍN DE LOS ANDES, Ciudad
de Junín de los Andes, Provincia de Neuquén, representada por el Sr. Carlos CORAZINI, en su
carácter de Intendente, en adelante la “CASA DE LA HISTORIA Y LA CULTURA DEL
BICENTENARIO” por la otra y, denominadas conjuntamente como “LAS PARTES”,
convienen en celebrar el presente CONTRATO DE COMODATO, en delante “CONTRATO”.
Dicho CONTRATO DE COMODATO forma parte de la presente como Anexo I, con un total de
veintidós (22) Cláusulas.-
ARTÍCULO 2º: SE ESTABLECE: que será labor del Departamento Ejecutivo Municipal a
través del Área competente, inventariar los bienes y/o equipamiento registrables
e incorporarlos al Patrimonio Municipal.-
ARTÍCULO 3º: COMUNÍQUESE: al Departamento Ejecutivo Municipal.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA
DEL NEUQUÉN, A LOS VEINTE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL
VEINTITRÉS, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2249/2023.-
HEBE GABRIELA HELOU OSCAR FABIÁN GONZÁLEZ
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES