Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1497/07.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1497/2007
VISTO: El Expte. del D.E.M. Nº 272 Folio “A” de fecha 14/03/2007 iniciado por el Sr.
Néstor Daniel Agon, titular del D.N.I. Nº 20.336.108, con domicilio legal en Costa
Sur – Vista Alegre, Neuquén, referente a solicitud de predio en el Parque Industrial de Junín
de los Andes, destinado a la implementación de un taller metalúrgico; Expte. Nº 1058 Letra
“C” de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de fecha 14/06/2007 que contiene
presentación de Planos del proyecto reseñado; y el Convenio de Pago Parque Industrial a
celebrado el 31 de Agosto de 2007 entre la Municipalidad de Junín de los Andes y el
nombrado Sr. Néstor Daniel Agon, y;
CONSIDERANDO:
Que, a través del citado Convenio La “Municipalidad” vende, cede y transfiere al
“Adquirente”, y éste acepta en un todo de acuerdo a lo dispuesto por Ordenanza N° 479/95, su
modificatoria Nº 1014/2002, y la modificatoria Nº 1381/2006, una fracción de terreno ubicado
en el Parque Industrial de Junín de los Andes, identificada Lote 1a, de la Manzana 116,
Nomenclatura Catastral 13-20-056-2965, según Certificado de amojonamiento que figura
como folio 02 del Expte. Nº 1058/07 Letra “C” de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos
que se adjunta y forma parte del Expte. Nº 272 “A” de fecha 14/03/07, con una superficie de
UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS (1.250,00 m²), o los que en
más o en menos resulte de la mensura definitiva a practicarse por el “Adquirente”.-
Que, el precio de venta se establece en la suma de Pesos Veinte ($ 20,00) por metro
cuadrado (m²), lo que hace un total de Pesos Veinticinco Mil ($ 25.000,00) que serán
cancelados; conforme forma de pago establecida en Cláusula Segunda del citado Convenio.-
Que, el “Adquirente” se obliga a realizar en el predio citado, el total del Proyecto
presentado mediante los Planos aprobados por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos
(Expte. Nº 1058/07 “C”), otorgándose un plazo de Treinta y Seis (36) meses partir de la firma
del convenio, para la puesta en marcha y funcionamiento en un ciento por ciento (100%) del
Emprendimiento.-
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 19/09/2007, conforme lo
establecido en Despacho Nº 106/2007, emitido por la Comisión de Planificación, Producción y
Turismo, resuelve por unanimidad homologar el citado convenio.-
Que, se debe sancionar la norma correspondiente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, EN SU ARTÍCULO 56 y
ARTÍCULO 57 Inc. a), EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE
LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
MIGUEL ÁNGEL GUIDALI NÉSTOR JUAN MONDINO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1497/07.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATÍFICASE el Convenio de Pago Parque Industrial celebrado en fecha
31 de Agosto de 2007 entre la Municipalidad de Junín de los Andes,
representada por el Señor Intendente Municipal Dn ÁNGEL CLEMENTE HERRERA, y el
Señor Secretario de Planificación, Producción y Turismo, Don RICARDO SEBASTIÁN
MENDEZ, con domicilio legal en Don Bosco y Ginés Ponte de la Ciudad de Junín de los
Andes, en adelante denominados la “MUNICIPALIDAD”, y el Sr. NÉSTOR DANIEL
AGON, TITULAR DEL D.N.I. Nº 20.336.108, con domicilio legal en Costa Sur- Vista
Alegre, Neuquén, en adelante denominado el “ADQUIRENTE”, el cual integra la presente
como Anexo I; por la venta de una fracción de terreno ubicado en el Parque Industrial de Junín
de los Andes, identificada Lote 1a, de la Manzana 116, Nomenclatura Catastral 13-20-056-
2965, según Certificado de amojonamiento que figura como folio 02 del Expte. Nº 1058/07
Letra “C” de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos que se adjunta y forma parte del
Expte. Nº 272 “A” de fecha 14/03/07, con una superficie de UN MIL DOSCIENTOS
CINCUENTA METROS CUADRADOS (1.250,00 m²), o los que en más o en menos resulte
de la mensura definitiva a practicarse por el “ADQUIRENTE”.-
ARTÍCULO 2º: DESE para la promulgación del Departamento Ejecutivo Municipal y por su
intermedio envíese copia de la presente al interesado, y a las Secretarías
Municipales que correspondan, para su conocimiento y efectos.-
ARTÍCULO 3º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta
Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la
misma.-
ARTÍCULO 5º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Miguel
Ángel Guidali.-
ARTÍCULO 6º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS
MIL SIETE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1343/07.-
MIGUEL ÁNGEL GUIDALI NÉSTOR JUAN MONDINO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA