2031 - 11 Convenio Funcionamiento Junta Evaluadora de Discapacidad - Jucaid.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2031/11.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2031/2011





VISTO: El Expte. C.D. Nº 5767/2011 de fecha 28/10/2011, iniciado por el Señor Intendente


Municipal, Prof. Rubén Enrique Campos, mediante el cual remite Acta Acuerdo de


fecha 09 de Septiembre de 2011 entre el Ministerio de Desarrollo Social y la Municipalidad de


Junín de los Andes sobre funcionamiento de la Junta Evaluadora de Discapacidad (JuCAID)


en nuestra localidad, y;




CONSIDERANDO:




Que, la Cláusula 1º, establece que dicho Acuerdo se suscribe en el marco de lo


establecido en la Ley Provincial Nº 1634, y a fin de dar fiel cumplimiento con la


descentralización territorial establecida por Decreto Provincial Nº 650/2001. “El Ministerio, a


través de la Junta Coordinadora para la Atención Integral del Discapacitados – JuCAID -, se


compromete a implementar los mecanismos que permiten establecer una Junta Evaluadora de


Discapacidad en la ciudad de Junín de los Andes, con el objeta de promover la mutua


cooperación interinstitucional, desarrollando acciones que permitan el funcionamiento de la


Junta Evaluadora de Personas, ejerciendo una cobertura integral a fin que el interesado pueda


acceder al certificado de manera mas ágil y próxima a su lugar de residencia, utilizando los


recursos humanos locales idóneos para dar respuesta de manera eficiente y eficaz a las


necesidades de comunidad.-


Que, la Cláusula 2º, dice que a fin de cumplir con el objeto establecido en la Cláusula


1º “El Ministerio, se compromete a brindar asistencia técnica para la puesta en funcionamiento


de la Junta de evaluación de personas en la localidad de Junín de los Andes.-


Que, la Cláusula 3º, dispone que “El Ministerio, aportará del convenio suscripto con


el Ministerio de Salud en fecha 01 de Abril de 2011, los recursos médicos necesarios para la


conformación de la Junta.-


Que, la Cláusula 4º, establece que “El Municipio”, se compromete a recepcionar la


demanda de evaluación y a realizar toda tarea administrativa que emane de las funciones de la


Junta de Evaluación.


Que, la Cláusula 5º, expresa que “El Ministerio, a través de la JuCAID, realizará el


control y supervisión de las prestaciones que se ejecuten en el marco del presente acuerdo con


el objetivo de optimizar el trabajo en común.-


Que, la Cláusula 6º, dice que “El Municipio”, asume íntegramente la responsabilidad


respecto a las consecuencias directas o indirectas que pudieran producirse con motivo o en


ocasión de la ejecución de actividades u obligaciones que se desprenden del presente convenio


ya sea con respecto a personas, bienes, servicios o prestaciones necesarias para lograr su


cumplimiento eximiendo, en consecuencia, a “El Ministerio”, de cualquier responsabilidad.-

















ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA












Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2031/11.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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Que, la Cláusula 7º, dispone que las partes acuerdan formalizar las pautas generales


de funcionamiento de la Junta de evaluación a través de la suscripción de un Convenio de


Cooperación interinstitucional.-



Que, la Carta Orgánica Municipal establece en IV Parte, Políticas Especiales, Titulo I,


Desarrollo Humano, Capitulo IV Familia, Articulo 169º “La Municipalidad impulsará la


protección integral de las personas con capacidades diferentes. Orientará y promoverá su


participación social, cultural y económica como agentes activos. Favorecerá la igualdad de


oportunidades de acuerdo a sus capacidades mediante: a) El desarrollo de políticas que


contemplen su inserción familiar y social; y b) La promoción de actividades que favorezcan su


integración a la vida cotidiana como sujetos productores y transformadores de la vida


comunitaria. Coordinará con otras organizaciones gubernamentales y no gubernamentales las


políticas de promoción y asistencia”.-




Que, la Comisión Interna de Gobierno en su Despacho Nº 0186/2011, dictamina


homologar el Acta Acuerdo descripto.- Despacho éste que fue ratificado por unanimidad en


Sesión Ordinaria de fecha 09/11/2011.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO


EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A:



ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE: el Acta Acuerdo de fecha 09 de septiembre de 2011 entre el


Ministerio de Desarrollo Social, representado por el Sr. Coordinador de la


Junta Coordinadora para la Atención Integral del Discapacitado, klgo. Carlos Otaño, y la


Municipalidad de Junín de los Andes, representada por el Sr. Intendente Municipal, Prof.


Rubén Enrique Campos, el cual integra la presente como Anexo I.-




ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, para su conocimiento y


efectos.-




ARTÍCULO 3º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL


ONCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1585/11.-













ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA