1054 - 2003 Ratificación Convenio Municipio - Corralón QUEN.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1054/03


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1054/2003



VISTO: El Expte. C.D. Nº 2570/03 de fecha 06/02/2003 iniciado por Nota Nº 090/03 de la


misma fecha con la firma del Señor Intendente Municipal, Don Rubén Enrique


Campos, y;


CONSIDERANDO:


Que, a través del mismo remite Convenio firmado en fecha 02 de Enero de 2003 entre la


Municipalidad de Junín de los Andes y la Firma Corralón Quen, representada por la Señora María


Inés Quintana (intercambio de materiales para la construcción).-


Que, la Carta Orgánica Municipal, en su Artículo 57, expresa: “Serán atribuciones y


deberes del Concejo Deliberante: t) Ratificar o rechazar los convenios con la Nación, provincias,


municipios, entes públicos o privados nacionales e internacionales”.-



POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGANICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y 57º, INCISO a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESION


ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATIFÍQUESE conforme lo normado en el Artículo 57° Inc. “t” de la


Carta Orgánica Municipal, el Convenio firmado en fecha 02 de Enero de 2003


entre la Municipalidad de Junín de los Andes y la Firma Corralón Quen, representada por la


Señora María Inés Quintana (intercambio de materiales para la construcción), el cual integra la


presente como Anexo I.-


ARTÍCULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, para su promulgación, y


por su intermedio envíese copia a la Empresa interesada y a la Secretaría de


Obras y Servicios Públicos, Desarrollo Urbano y Medio Ambiente, a sus efectos.-


ARTÍCULO 3º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén


(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta


Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la misma.-


ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente la Señora Secretaria Legislativa, Concejal Shuyay


A. J. del Río.-


ARTÍCULO 5º: De forma.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA


DEL NEUQUEN, A LOS VEINTISEIS DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS


MIL TRES, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1110/03.-













SHUYAY A. J. DEL RÍO ÁNGEL C. HERRERA


SECRETARIA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES