2691 - 17 Autorización Venta excedente de Lote a la Iglesia Bautista.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2691/17.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2691/2017



VISTO:
El Expte. C.D. Nº 8637 Folio N° 168 de fecha 24/08/2016 iniciado por la Iglesia


Cristiana Evangélica Bautista “Vida y Esperanza” con domicilio en la calle


Olavarría N° 635, de la Ciudad de Junín de los Andes y Boleto de Compra Venta celebrado


entre la Municipalidad de Junín de los Andes y la nombrada por la venta de Lote 247e de la


Manzana Nº 58, Excedente del Solar 247, Nomenclatura Catastral 13-20-053-3661,


Inscripción de Dominio 4946 Huiliches, y;




CONSIDERANDO:




Que, conforme al Boleto de Compra Venta, el que contiene ocho (8) Cláusulas,


adjunto al Expediente, la Municipalidad en carácter de propietaria, vende a la Iglesia Cristiana


Evangélica Bautista “Vida y Esperanza” con Domicilio en la calle Olavarría N° 635, de la


Ciudad de Junín de los Andes en carácter de compradora, y de plena conformidad una fracción


de tierra identificada como de Lote 247e de la Manzana Nº 58, Excedente del Solar 247,


conforme surge de Expediente de Mensura 2756-6143/94, Nomenclatura Catastral 13-20-053-


3661, Inscripción de Dominio 4946 Huiliches, de fecha 14 de Junio del año 1996 a nombre de


la Municipalidad de Junín de los Andes.-




Que, el precio de la presente venta se pacta en la suma de PESOS CINCUENTA


Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS PESOS ($ 59.400,00), importe que la compradora abona


al Municipio de la siguiente forma: en treinta y seis (36) cuotas iguales y consecutivas de


Pesos Un mil seiscientos cincuenta ($ 1.650,00), venciendo la primera de ellas desde el 01 al


15 de Mayo del corriente año y así sucesivamente hasta la cancelación total del importe


acordado.-




Que, la escritura traslativa de dominio, se realizará una vez que se concrete el pago


total del importe acordado por las partes, una vez cumplido esto, la compradora deberá


comunicar a la Municipalidad, con debida anticipación y por escrito su intención de


escriturar.-




Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 03/05/2017, conforme


Despacho Nº 059/2017 emitido por la Comisión Interna de Gobierno, resuelve por unanimidad


aprobar el presente proyecto de ordenanza y el Boleto de Compra Venta respectivo, con el


dictado de la norma correspondiente.-




POR ELLO Y EN USO DE LA FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57 Inc. a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:















LUCIANO CASAJUS IGNACIO ENRIQUE FLORES


SECRETARIO LEGISLATIVO PRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES














Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2691/17.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º:
AUTORÍZASE: la venta de una fracción de tierra identificada como


Lote 247e de la Manzana Nº 58, Excedente del Solar 247, Nomenclatura


Catastral 13-20-053-3661, Inscripción de Dominio 4946 Huiliches de fecha 14 de Junio del


año 1996 a nombre de la Municipalidad de Junín de los Andes por la suma de CINCUENTA


Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS ($ 59.400,00), a la Iglesia Cristiana Evangélica Bautista


“Vida y Esperanza” con Domicilio en la calle Olavarría N° 635, de la Ciudad de Junín de los


Andes.-




ARTÍCULO 2º: APRUÉBASE: el BOLETO DE COMPRA-VENTA a suscribir entre la


Municipalidad de Junín de los Andes y la Iglesia Cristiana Evangélica


Bautista “Vida y Esperanza”, el cual integra la presente como Anexo I, por la venta de la


fracción de tierra descripta en el Artículo 1º la presente.-




ARTÍCULO 3º:Remítase al Departamento Ejecutivo Municipal, para su conocimiento y sus


efectos. Una vez promulgada envíese copia de la presente a la institución


interesada y a las Secretarías Municipales que correspondan.-




ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS TRES DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL


DIECISIETE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1900/17.-













LUCIANO CASAJUS IGNACIO ENRIQUE FLORES


SECRETARIO LEGISLATIVO PRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES






Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2691/17.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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BOLETO DE COMPRA-VENTA




En la ciudad de Junín de los Andes, Provincia de Neuquén, República Argentina, a los 4 días del


mes de Abril del año dos mil diecisiete, entre la Municipalidad de Junín de los Andes;


representada para este Acto por el Sr. Intendente Municipal Dn. CARLOS A. CORAZINI, y


el Señor Secretario de Gobierno Dn. FARROBO SERGIO, quienes fijan su domicilio a los


efectos del presente en la calle Ginés Ponte N° 504, de Junín de los Andes en adelante y a los


efectos del presente LA MUNICIPALIDAD por una parte, y por la otra Iglesia Cristiana


Evangélica Bautista “Vida y Esperanza”, domiciliado en la calle Olavarría N° 635, de la Ciudad


de Junín de los Andes, representada para el presente acto por el Pastor DISPINZIERI CARLOS


ALBERTO denominado en adelante EL COMPRADOR, convienen celebrar el presente


BOLETO DE COMPRA-VENTA sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones que a


continuación se transcriben:


PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD, en carácter de propietario VENDEN y EL


COMPRADOR COMPRA, una fracción de tierra identificada como lote 247e de la Manzana Nº


58, Excedente del Solar 247, conforme surge de Expediente de Mensura 2756-6143/94,


Nomenclatura Catastral 13-20-053-3661, Inscripción de Dominio 4946 Huiliches, de una


superficie de 309,00 m² (Trescientos nueve metros cuadrados).-------------------------------------------


SEGUNDA: El precio de venta se pacta en la suma de pesos cincuenta y nueve mil cuatrocientos


($ 59.400,00) importe que es abonado por EL COMPRADOR a LA MUNICIPALIDAD de la


siguiente forma: a entera satisfacción de ésta última, en treinta y seis (36) cuotas iguales y


consecutivas de pesos un seiscientos cincuenta ($ 1.650,00), venciendo indefectiblemente la


primera de ella del 01 al 15 de Mayo del año 2017.---------------------------------------------------------


TERCERA: Esta venta se realiza en base a títulos perfectos, libre de deuda en concepto de


Impuesto Inmobiliario como de tasas retributivas hasta la fecha de la escrituración por EL


COMPRADOR, siendo a partir de la misma, las citadas obligaciones a su cargo. --------------------


CUARTA: El inmueble objeto de la presente venta, se encuentra ocupado por EL


COMPRADOR declarando y conociendo tal situación. Asimismo no registra, embargos,


hipotecas ni ningún otro derecho real y sin inhibiciones a nombre LA MUNICIPALIDAD para


disponer libremente de sus bienes.-----------------------------------------------------------------------------


QUINTA: Los gastos que se originen por la presente venta, como los de escrituración serán


solventados por las partes conforme las leyes y usos en vigor, por parte del COMPRADOR.-------


SEXTA: En caso de incumplimiento de alguna de las cláusulas del presente contrato se producirá


la mora automática al solo vencimiento del plazo sin necesidad de interpelación judicial o


extrajudicial alguna.----------------------------------------------------------------------------------------------


SÉPTIMA: Sin perjuicio de lo establecido en la cláusula anterior, si la parte compradora se


atrasara en una o más cuotas se le aplicara un interés equivalente al que fija el Banco de la


Provincia del Neuquén su línea de préstamos personales exprés, (BPNEXPRES); desde el


vencimiento pactado hasta el pago efectivo de dicha cuota.------------------------------------------------


OCTAVA: Para todos los efectos legales emergentes del presente Boleto de Compra Venta,


ambas partes constituyen domicilios especiales en los denunciados al comienzo del presente,


sometiéndose a los Tribunales Ordinarios de la IV Circunscripción Judicial con asiento en la


ciudad de Junín de los Andes, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción que


pudiere corresponderle, firmando dos ejemplares a un solo efecto y de un mismo tenor en el lugar


y fecha antes mencionados.--------------------------------------------------------------------------------------













LUCIANO CASAJUS IGNACIO ENRIQUE FLORES


SECRETARIO LEGISLATIVO PRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


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