2192 - 12 Establecer condiciones rodado destinado al transporte de pasajero personas con capacidades diferentes.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2192/12.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2192/2012




VISTO: La necesidad de realizar las correcciones en Expte. Nº 29735/10, iniciado ante la


Coordinadora de Programas para Personas con Discapacidad, la que aprobó proyecto


de Transporte Institucional mediante Acta de Aprobación Nº 544, y;




CONSIDERANDO:




Que, una de las condiciones de compra del rodado exigía, que el mismo sea inscripto


ante el Registro de la Propiedad del Automotor, como: Vehículo de Transporte para Personas


con Discapacidades Diferentes.-


Que, dicha condición fue estipulada por el Servicio Nacional de Rehabilitación, a


efectos de otorgar la exención impositiva, tal como consta en factura de compra.-


Que, por error involuntario la inscripción de dominio ante el Registro de la


Propiedad del Automotor se efectuó como vehículo de transporte de pasajeros.-


Que, producto del error en la inscripción del dominio este Municipio no ha podido


rendir la documental exigible por los fondos otorgados para la compra del vehículo.-


Que, dicho impedimento ha ido en detrimento de este Municipio, ya que producto del


incumplimiento, el resto de proyectos presentados se encuentran paralizados por la falta de


documentación a rendir.-


Que, realizadas las averiguaciones pertinentes ante la Coordinadora de Programas


para Personas con Discapacidad, la misma nos sugirió dictar una normativa en la cual queden


plasmadas condiciones de trato del vehículo comprado, ante la imposibilidad de modificar el


título original del vehículo ante el Registro de la Propiedad Automotor.-


Que, por lo expuesto, conforme tratamiento sobre tablas, aprobado por unanimidad


en Sesión Ordinaria de fecha 28-11-12, se debe dictar la norma legal respectiva.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO


EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A:



ARTÍCULO 1º: ESTABLÉCESE, que el vehículo chapa patente KLQ – 571, Marca Renault


Modelo Master PH3 DCI 120PKLUX, Transporte de Pasajeros para


Personas con Capacidades Diferentes, no podrá ser vendido, ni transferido, bajo ningún


concepto, como tampoco no podrá ser vendido ser embargado, ó donado por el término de diez


(10) años de sancionada la presente, sin la expresa autorización del Comité Coordinador de


Programas para Personas con Discapacidad.-













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


A/C DE PRESIDENCIA












Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2192/12.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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ARTÍCULO 2º: Sirva la presente al solo efecto, de cumplir con lo solicitado por el Comité


Coordinador de Programas para Personas con Discapacidad, y que suple la


condición, sobre el error de inscripción, pudiendo realizarse la rendición de la documentación


faltante.-


ARTÍCULO 3º: Mediante las formas de estilo, una vez promulgada la presente, notifíquese


a todas las áreas municipales de lo resuelto, al Juzgado de Faltas y al Comité


Coordinador de Programas para Personas con Discapacidad, para su conocimiento y efectos.-


ARTÍCULO 4º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-






DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS


MIL DOCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1646/12 y EXPTE. C.D. Nº 6430/12.-













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


A/C DE PRESIDENCIA