1598 - 08 Aprobación Convenio Parque Industrial Sr. Horacio Fuentealba.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1598/08.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1598/2008



VISTO:
El Expte. del D.E.M. Nº 832 L “B” de fecha 21/05/2.007 iniciado por el Señor


Héctor Horacio Fuentealba, titular del D.N.I. Nº 23.287.003, con domicilio legal en


Patagonia 154, de esta Localidad, referente a solicitud de predio en el Parque Industrial de


Junín de los Andes, destinado a la prestación de servicio de mecánica automotor; el Expte. Nº


2.589 Letra “F” de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de fecha 18/12/2.007 que


contiene presentación de Planos del proyecto reseñado; y el Convenio de Pago Parque


Industrial a celebrado en fecha 20/02/2.008 entre la Municipalidad de Junín de los Andes y el


nombrado Sr. Héctor Horacio Fuentealba y;




CONSIDERANDO:




Que, a través del citado Convenio La “Municipalidad” vende, cede y transfiere al


“Adquirente”, y éste acepta en un todo de acuerdo a lo dispuesto por Ordenanza N° 479/95, su


modificatoria Nº 1014/2002, y la modificatoria Nº 1381/2006, una fracción de terreno ubicado


en el Parque Industrial de Junín de los Andes, identificada Lote 8, de la Manzana 91,


Nomenclatura Catastral 13-20-56-6866, según Certificado de amojonamiento que figura como


folio 08 del Expte. Nº 2.589 Letra “F” de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos que se


adjunta y forma parte del Expte. Nº 832 “B” de fecha 21/05/2.007 con una superficie de UN


MIL CUATROCIENTOS CUARENTA METROS CUADRADOS (1.440,00 m²), o los que en


más o en menos resulte de la mensura definitiva a practicarse por el “Adquirente”;




Que, el precio de venta se establece en la suma de Pesos Veinte ($ 20,00) por metro


cuadrado (m²), lo que hace un total de Pesos Veintiocho Mil Ochocientos ($ 28.800,00) que


serán cancelados; conforme forma de pago establecida en Cláusula Segunda del citado


Convenio.-




Que, el “Adquirente” se obliga a realizar en el predio citado, el total del Proyecto


presentado mediante los Planos aprobados por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos


(Expte. Nº 2.589 “F”), otorgándose un plazo de Treinta y Seis (36) meses partir de la firma del


convenio, para la puesta en marcha y funcionamiento en un ciento por ciento (100%) del


Emprendimiento.-




Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 25/06/2008, conforme lo


establecido en Despacho Nº 134/2008, emitido por la Comisión de Producción y Turismo,


resuelve por unanimidad homologar el citado convenio.-




Que, se debe sancionar la norma correspondiente.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, EN SU ARTÍCULO 56 y


ARTÍCULO 57 Inc. a), EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE


LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA











Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1598/08.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATÍFICASE el Convenio de Pago Parque Industrial celebrado en fecha


20 de Febrero de 2.008 entre la Municipalidad de Junín de los Andes,


representada por el Señor Intendente Municipal, Dn RUBEN ENRIQUE CAMPOS, y el


Señor Secretario de Producción y Turismo, Don PABLO LARDIT, con domicilio legal en


Don Bosco y Ginés Ponte de la Ciudad de Junín de los Andes, en adelante denominados la


“MUNICIPALIDAD”, y el Sr. HECTOR HORACIO FUENTEALBA, TITULAR DEL


D.N.I. Nº 23.287.003, con domicilio legal en Patagonia 154 de Junín de los Andes, en adelante


denominado el “ADQUIRENTE”, por la venta una fracción de terreno ubicado en el Parque


Industrial de Junín de los Andes, identificada Lote 8, de la Manzana 91, Nomenclatura


Catastral 13-20-56-6866, según Certificado de amojonamiento que figura como folio 08 del


Expte. Nº 2.589 Letra “F” de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos que se adjunta y


forma parte del Expte. Nº 832 “B” de fecha 21/05/2.007 con una superficie de UN MIL


CUATROCIENTOS CUARENTA METROSCUADRADOS (1.440,00 m²), o los que en más


o en menos resulte de la mensura definitiva a practicarse por el “Adquirente”.-


ARTÍCULO 2º: DESE para la promulgación del Departamento Ejecutivo Municipal y por su


intermedio envíese copia de la presente al interesado, y a las Secretarías


Municipales que correspondan, para su conocimiento y efectos.-


ARTÍCULO 3º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén


(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta


Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la


misma.-


ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Gustavo


Edgardo Cañicul.-


ARTÍCULO 5º: De forma.-


DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS VEINTICINCO DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL


OCHO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1382/08.-













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA