Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2951/19.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 2951/2019
VISTO: La Ordenanza Nº 1846/2010 de fecha 21/05/2010 y el Expte. C.D. Nº 9683/18 de
fecha 30/05/2019, que contiene documentación referente a solicitud de cambio de
titularidad del Lote 12, de la Manzana 152, ubicado en el Loteo Social “Nehuen Che”, a
nombre de la Sra. Medoni, Cecilia Noemí, D.N.I. Nº 28.636.497, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 1846/2010, se aprueba la condición de calificado para
la adquisición de una fracción de tierra destinada a vivienda única y familiar, dentro de la
fracción de tierra adquirida por la Municipalidad según Ordenanza 1761/09 para ser destinado
a un loteo social; y se aprueba el listado de 884 calificados inscriptos en el Instituto Municipal
de Urbanismo y Vivienda (IN.M.U.VI), que integran la misma como Anexo I.-
Que, en dicho Anexo figura la Sra. Medoni, Cecilia Noemí, en el Orden Nº 717.-
Que, mediante Ordenanza Nº 2902/2019 de fecha 17/04/2019, promulgada por
Decreto Nº 123/19 de fecha 02/05/2019 del Ejecutivo Municipal, se establece:
ARTÍCULO 1°: DESE: de baja del listado de 884 (ochocientos ochenta y cuatro) calificados para la
adquisición de una fracción de tierra destinada a vivienda única y familiar, a la Sra. Medoni, Cecilia
Noemí - DNI N° 28.636.497, el que fuera aprobado mediante Ordenanza 1846/2010.-
ARTÍCULO 2°: NO AUTORIZAR: el traspaso de los derechos del Lote 12 - Manzana 152, ubicado
en el Loteo Social “Nehuen Che”, solicitada en el Expte. C.D. Nº 9683/18.-
ARTÍCULO 3º: ESTABLÉCESE: el Lote 12 de la Manzana 152 queda vacante para ser ocupado
por inscriptos que se encuentran en la lista de espera previa fiscalización según Resolución del C.D.
047/10 Art. 6°, tarea que deberá realizar el INMUVI, con posterior aprobación del Concejo
Deliberante.-
Que, a fs. 23 del Expte. de referencia, consta Nota Nº 040/19 de fecha 30/07/2019 de
la Dirección del INMUVI, firmada por el Intendente Municipal, por la cual eleva dicho Expte.
para que sea tratado nuevamente, y así poder rever la Ordenanza Nº 2902/2019, debido a que
el Sr. Cuba Domínguez, Enzo Ovidio, D.N.I. Nº 92.476.433, mediante Nota S/Nº de fecha
26/07/2019, obrante a fs. 20, solicita que el Lote 12 de la Manzana 152 de su ex pareja Sra.
Cecilia Medoni, al cual la misma ha renunciado, se lo cedan a él, ya que si bien ellos en la
actualidad no están en pareja, al momento de la adquisición del mismo estaban en pareja, tal
cual figura en la planilla de inscripción del Inmuvi y conforme obra información Sumaria Nº
44/2019, a fs. 21, mediante la cual surge debidamente acreditado que el Sr. Enzo Ovidio Cuba
Domínguez, mantuvo una prolongada relación de concubinato con la Sra. Cecilia Medoni.-
Que, por lo expuesto, el Sr. Cuba Enzo pide que se revea nuevamente el Expte. en
cuestión y de esta manera darle la posibilidad de adjudicarle el lote en cuestión.-
Que, a fs. 27, el Sr. Cuba Enzo adjunta documentación personal y de sus hijos Milagros
Florencia Cuba Medoni y Lautaro Enzo Cuba Castillo.-
Que, a fs. 25 y 26 se adjunta dictamen, elaborado por Asesoría Legal del Concejo
Deliberante, en el cual manifiesta que “… entiendo que la situación planteada a fs. 20 por el
Sr. Enzo Cuba, debe analizarse bajo el prisma del interés superior del niño que siempre debe
CARLOS ALBERTO QUINTULÉN IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIO LEGISLATIVO
CONCEJO DELIBERANTE
VICEINTENDENTE MUNICIPAL
PRESIDENTE
JUNÍN DE LOS ANDES CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2951/19.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
primar (Art. 75 Inc. 22 de la C.N.) y Ley 23.849. … Es por todo lo expuesto que emito opinión
legal no vinculante, y por ello –salvo mejor y más elevado criterio de los Sres. Concejales–
sugiero dejar sin efecto el Artículo 3º de la Ordenanza Nº 2902/19, mediante la cual se dejaba
vacante el Lote 12 de la Manzana 152 “para ser ocupado por inscriptos que se encuentran en la
lista de espera previa fiscalización según Resolución del C.D. 047/10 Art. 6°, tarea que deberá
realizar el INMUVI, con posterior aprobación del Concejo Deliberante”, y que en su reemplazo se
dicte nueva norma designado como titular o beneficiario del mencionado lote, en forma exclusiva, al
Sr. Enzo Ovidio Cuba Domínguez, D.N.I. Nº 92.476.433, por los motivos largamente explicados más
arriba, y comunicado dicha decisión oportunamente al Inmuvi a efectos de que tome nota de la
decisión adoptada, ello siempre y cuando el referido lote aún permanezca vacante. A cuyo fin se
deberá certificar dicha situación con el INMUVI en forma revea a cualquier ulterior trámite”.-
Que, en vista de los antecedentes expuestos, este Conejo Deliberante en Sesión
Ordinaria de 14/08/2019, decide por unanimidad, dictar la presente norma legal.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: DERÓGASE: el Artículo 3º de la Ordenanza Nº 2902/2019, promulgada
por Decreto Nº 123/19 del Ejecutivo Municipal.-
ARTÍCULO 2°: RATIFÍCANSE: los Artículos 1º y 2º de la Ordenanza Nº 2902/2019,
promulgada por Decreto Nº 123/19 del Ejecutivo Municipal.-
ARTÍCULO 3°: APRUÉBASE: como calificado titular al Sr. CUBA DOMINGUEZ, Enzo
Ovidio, D.N.I. 92.476.433, y como calificado co-titular a la Sra. CUBA
MEDONI, Florencia Milagros, D.N.I. Nº 41.707.086, y ceder los derechos de pre-
adjudicación del Lote N°12 de la Manzana 152, Matrícula Catastral Nº 13-20-041-2965, con
una superficie de quinientos veintitrés con noventa y nueve metros cuadrados (523,99 m²),
ubicado en el Loteo Social, ante los antecedentes obrantes en Expediente C.D. N° 9683/18, el
que diera origen a la presente norma.
ARTÍCULO 4º: Remítase la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.
Una vez promulgada, por su intermedio, envíese copia al Instituto
Municipal de Urbanismo y Vivienda de Junín de los Andes (IN.M.U.VI.), y a los interesados.-
ARTÍCULO 5º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,
PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL
AÑO DOS MIL DIECINUEVE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2025/19.-
CARLOS ALBERTO QUINTULÉN IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIO LEGISLATIVO
CONCEJO DELIBERANTE
VICEINTENDENTE MUNICIPAL
PRESIDENTE
JUNÍN DE LOS ANDES CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES