1944 - 11 Estacionamiento Feria Franca.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante






O R D E N A N Z A Nº 1944/2011



VISTO: El Expte. C.D. Nº 5371/11, iniciado por el Sr. Juan Espinosa, Presidente de la Asociación


Civil Feria Franca Municipal, mediante el cual solicita Libre Estacionamiento en el sector


Feria Franca, debido a la gran cantidad de vehículos de turistas ingresados en la misma, y;




CONSIDERANDO:


Que, a través de la Ordenanza Nº 1902/10 se asignó a las calles paralelas a la Ruta Nacional


Nº 234 un único sentido de circulación vehicular (Mano Única).-


Que, debido al servicio que presta la Asociación Civil Feria Franca Municipal durante todo el


día y gran parte de la noche, se ve congestionado el tránsito y el estacionamiento de los vehículos de


los clientes y usuarios de la vía, ocasionando un malestar tanto para los clientes como para los


feriantes.-


Que, a fin de regularizar esta situación se propone en reunión de fecha 01/04/11 la utilización


del lote ubicado detrás de la Feria Franca Municipal, hasta tanto se inicien las obras de construcción


del edificio perteneciente al Jardín de Infantes Integral para el Barrio Lanín.-


Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 06/04/11, conforme Despacho


Nº 024/11 de la Comisión de Producción y Turismo, se dispuso el tratamiento sobre tablas con la


aprobación unánime del proyecto de referencia.-


Que, a tal efecto, se debe elaborar la norma legal pertinente.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A:

ARTÍCULO 1º:
AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a ceder de manera transitoria


la superficie parcial restante del lote 16 Manzana B – Nomenclatura Catastral 13-20-


054-4522 a la Asociación Civil Feria Franca Municipal, para ser utilizado exclusivamente como Playa


de Estacionamiento, hasta tanto se inicien las obras de Construcción del Jardín de Infantes Integral para


el Barrio Lanín.-


ARTICULO 2º: ESTABLÉCESE que el Departamento Ejecutivo Municipal deberá suscribir un


Convenio de Comodato con la Asociación Civil Feria Franca Municipal, en el cual se


detallen todas las cláusulas a cumplimentar por ambas partes.-


ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, a sus efectos. Una vez promulgada por su


Intermedio, envíese copia a la Asociación Civil Feria Franca Municipal, al Juzgado


de Faltas Municipal, a la Dirección de Tránsito y Transporte Municipal y a la Policía de la Provincia


del Neuquén División Tránsito.-


ARTÍCULO 4º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS SEIS DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO


DOS MIL ONCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1549/11.-















ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA