Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1476/07.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1476/2007
VISTO: El Expediente N° 1579 Folio “A” de fecha 28/04/06, iniciado ante el Departamento
Ejecutivo Municipal por el Señor Jefe del Escuadrón 33 de Gendarmería Nacional,
con asiento en la ciudad de San Martín de los Andes y;
CONSIDERANDO:
Que, en nota que diera origen a expediente enunciado precedentemente, manifiesta,
la necesidad de que la Institución que representa tenga un espacio en el Cementerio Histórico,
en el cual emplazar un Panteón, destinado al personal en actividad y retirado de la fuerza que
estén radicados en la localidad.-
Que, luego de realizadas todas las averiguaciones pertinentes ante las distintas áreas
de este Municipio, no existe impedimento alguno para acceder a lo solicitado.-
Que, con la presente acción se reafirma la excelente relación y colaboración
recíproca existente entre Gendarmería y la comunidad toda.-
Que, sin lugar a dudas, los integrantes de la fuerza establecidos en la localidad han
forjado desarrollo de esta, viviendo en forma permanente y definitiva, en nuestra ciudad.-
Que, el acervo, familiar puesto de manifiesto por cada integrante de Gendarmería,
desplegando sus vidas integralmente en nuestra localidad, esboza a las claras el amor, por el
terruño, por la Ciudad, es decir por Junín de los Andes todo.-
Que, el Intendente de Junín de los Andes, a Fs. 16 Vta., expresa claramente la
posición Municipal al respecto siendo ésta …”formalizar proyecto de excepción de Ordenanza
a fin de hacer lugar al requerimiento formulado por la Gendarmería Nacional de Donación de
una parcela en Cementerio Histórico”.-
Que, el Informe Técnico de Fs. 18, Expte. N° 1579, autorizado y suscripto por la
Subsecretaria de Obras y Servicios Públicos, Arq. Elga Lastra Saavedra, expresa…”Informo
que no existe ningún tipo de inconveniente para dar viabilidad a la solicitud de Gendarmería
Nacional, siempre que se respete el sector de Parcelas designadas”.-
Que, el Informe técnico existente se respalda con las fotografías de Fs. 19, 20,21, 22,
23 y 24 del Expte. Administrativo 1579, Folio “A”de Fecha 28/04/06.-
MIGUEL ÁNGEL GUIDALI CARLOS A. CORAZINI
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1476/07.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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Que, en virtud de lo expuesto y de las consideraciones técnico legales referenciadas,
este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 20/06/2007, conforme Despacho Nº
057/07 emitido por la Comisión de Obras y Servicios Públicos, decide por unanimidad
aprobar la donación a Gendarmería Nacional de una parcela ubicada en el Cementerio
Histórico, conforme a croquis que figura en Fs. 34, con una superficie de 134,30 m², para
construcción del panteón institucional según diseño obrantes en el Expte.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN
ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: AFÉCTASE la Parcela ubicada en el Cementerio Histórico, según croquis
que figura en Fs. 34 del Expediente Administrativo Nº 1579 Folio A de
fecha 28/04/06, con una superficie de 134,30 m², para realizar en la misma un panteón, para el
Personal de Gendarmería Nacional, conforme diseño obrante en el citado Expte., por los
considerandos enunciados precedentemente.-
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una vez
promulgada, por su intermedio, envíese copia al Señor Jefe del Escuadrón 33 de
Gendarmería Nacional, con asiento en la ciudad de San Martín de los Andes, y a las Secretarías
Municipales que estime corresponder.-
ARTÍCULO 3º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta
Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la misma.-
ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Miguel
Ángel Guidali.-
ARTÍCULO 5º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO
DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS
VEINTE DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL SIETE, SEGÚN CONSTA EN
ACTA Nº 1331/07.-
MIGUEL ÁNGEL GUIDALI CARLOS A. CORAZINI
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES