1476 - 07 Donación de Parcela Cementerio Histórico Gendarmería Nacional.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1476/07.-


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1476/2007



VISTO: El Expediente N° 1579 Folio “A” de fecha 28/04/06, iniciado ante el Departamento


Ejecutivo Municipal por el Señor Jefe del Escuadrón 33 de Gendarmería Nacional,


con asiento en la ciudad de San Martín de los Andes y;




CONSIDERANDO:




Que, en nota que diera origen a expediente enunciado precedentemente, manifiesta,


la necesidad de que la Institución que representa tenga un espacio en el Cementerio Histórico,


en el cual emplazar un Panteón, destinado al personal en actividad y retirado de la fuerza que


estén radicados en la localidad.-




Que, luego de realizadas todas las averiguaciones pertinentes ante las distintas áreas


de este Municipio, no existe impedimento alguno para acceder a lo solicitado.-




Que, con la presente acción se reafirma la excelente relación y colaboración


recíproca existente entre Gendarmería y la comunidad toda.-




Que, sin lugar a dudas, los integrantes de la fuerza establecidos en la localidad han


forjado desarrollo de esta, viviendo en forma permanente y definitiva, en nuestra ciudad.-




Que, el acervo, familiar puesto de manifiesto por cada integrante de Gendarmería,


desplegando sus vidas integralmente en nuestra localidad, esboza a las claras el amor, por el


terruño, por la Ciudad, es decir por Junín de los Andes todo.-




Que, el Intendente de Junín de los Andes, a Fs. 16 Vta., expresa claramente la


posición Municipal al respecto siendo ésta …”formalizar proyecto de excepción de Ordenanza


a fin de hacer lugar al requerimiento formulado por la Gendarmería Nacional de Donación de


una parcela en Cementerio Histórico”.-




Que, el Informe Técnico de Fs. 18, Expte. N° 1579, autorizado y suscripto por la


Subsecretaria de Obras y Servicios Públicos, Arq. Elga Lastra Saavedra, expresa…”Informo


que no existe ningún tipo de inconveniente para dar viabilidad a la solicitud de Gendarmería


Nacional, siempre que se respete el sector de Parcelas designadas”.-




Que, el Informe técnico existente se respalda con las fotografías de Fs. 19, 20,21, 22,


23 y 24 del Expte. Administrativo 1579, Folio “A”de Fecha 28/04/06.-















MIGUEL ÁNGEL GUIDALI CARLOS A. CORAZINI


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES






















Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1476/07.-


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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Que, en virtud de lo expuesto y de las consideraciones técnico legales referenciadas,


este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 20/06/2007, conforme Despacho Nº


057/07 emitido por la Comisión de Obras y Servicios Públicos, decide por unanimidad


aprobar la donación a Gendarmería Nacional de una parcela ubicada en el Cementerio


Histórico, conforme a croquis que figura en Fs. 34, con una superficie de 134,30 m², para


construcción del panteón institucional según diseño obrantes en el Expte.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN


ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: AFÉCTASE la Parcela ubicada en el Cementerio Histórico, según croquis


que figura en Fs. 34 del Expediente Administrativo Nº 1579 Folio A de


fecha 28/04/06, con una superficie de 134,30 m², para realizar en la misma un panteón, para el


Personal de Gendarmería Nacional, conforme diseño obrante en el citado Expte., por los


considerandos enunciados precedentemente.-




ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una vez


promulgada, por su intermedio, envíese copia al Señor Jefe del Escuadrón 33 de


Gendarmería Nacional, con asiento en la ciudad de San Martín de los Andes, y a las Secretarías


Municipales que estime corresponder.-




ARTÍCULO 3º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén


Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta


Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la misma.-




ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Miguel


Ángel Guidali.-




ARTÍCULO 5º: De forma.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO


DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS


VEINTE DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL SIETE, SEGÚN CONSTA EN


ACTA Nº 1331/07.-













MIGUEL ÁNGEL GUIDALI CARLOS A. CORAZINI


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES