Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1135/04
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1135/2004
VISTO: El Convenio de Pago Parque Industrial celebrado en el mes de Noviembre de 2003
entre la Municipalidad de Junín de los Andes y el Sr. Raúl Alberto Tabares, titular
del D.N.I. Nº 14.597.109, el cual se realiza en un todo de acuerdo y conforme Expte
Administrativo iniciado ante el Departamento Ejecutivo Municipal de la ciudad de Junín de
los Andes identificado con el Nº 6477 Folio 114 de fecha 10/01/2003, y;
CONSIDERANDO:
Que, a través del mismo la “Municipalidad” vende, cede y transfiere al “Adquirente” y
éste acepta en un todo de acuerdo a lo dispuesto por Ordenanza Nº 479/95 y su modificatoria Nº
1014/2002, una fracción de terreno ubicado en el Parque Industrial de Junín de los Andes,
identificada como parte del Lote 2 de la Manzana 91, Nomenclatura Catastral 13-20-056-2582,
que figura anexo como croquis adjunto en folio 10 del Expte. Nº 6477/03 del Ejecutivo
Municipal, con una superficie de Mil Setecientos Cincuenta Metros Cuadrados (1750 m²), o los
que en más o en menos resulte de la mensura definitiva a practicarse por la “Adquirente”. La
presente descripción gráfica fue tomada del Expediente de Mensura aprobado por la Dirección
Provincial de Catastro, bajo el Nº E-2756-5945/01.-
Que, el precio de venta se establece en la suma de pesos diez ($10,00) por metro
cuadrado (m²), lo que hace un total de Pesos Diecisiete Mil Quinientos ($ 17.500,00), que
serán cancelados conforme forma de pago establecida en Cláusula Segunda del citado
Convenio.-
Que, este Concejo Deliberante conforme lo establecido en el Artículo 57 Inc “t” de la
Carta Orgánica Municipal y Despacho Nº 004/2004 del 23/02/2004 de la Comisión de obras y
Servicios Públicos, aprobado en Sesión Ordinaria de fecha 26/02/2004, resuelve por
unanimidad ratificar el Convenio obrante a Fs. 18, 19 y 20 del Expte. Nº 6477/03 del Ejecutivo
Municipal, mediante el dictado de la presente Ordenanza.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATIFÍQUESE el Convenio de Pago Parque Industrial celebrado en el
mes de Noviembre de 2003 entre la Municipalidad de Junín de los Andes,
representada por el Sr. Intendente Municipal, Don Rubén Enrique Campos, y el Señor
Secretario de Gobierno, Coordinación y Control de Gestión, Don Marcelo E. Banchio, y el Sr.
Raúl Alberto Tabares, titulan del D.N.I. Nº 14.597.109, el cual consta de diez (10) Cláusulas y
Condiciones e integra la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 2º: DESE para la promulgación del Departamento Ejecutivo Municipal y por su
intermedio envíese copia de la presente al Sr. Raúl A. Tabares, y a las
Secretarías Municipales que correspondan, para su conocimiento y efectos.-
ARTÍCULO 3º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta
Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la
misma.-
ARTÍCULO 4º: La presente es refrendada por el Señor Secretario Legislativo, Concejal
Humberto Fabián E. Bosque.-
ARTÍCULO 5º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL
CUATRO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1158/04.-
Firmado: Viceintendente – Presidente C.D. Carlos A. CORAZINI
Secretario Legislativo Fabián H. E. BOSQUE