Ordenanza N° 1135 Ratifíquese convenio Pago P. Industrial entre la Municipalidad y el Sr. Raúl Alberto Tabares.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1135/04


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1135/2004


VISTO: El Convenio de Pago Parque Industrial celebrado en el mes de Noviembre de 2003


entre la Municipalidad de Junín de los Andes y el Sr. Raúl Alberto Tabares, titular


del D.N.I. Nº 14.597.109, el cual se realiza en un todo de acuerdo y conforme Expte


Administrativo iniciado ante el Departamento Ejecutivo Municipal de la ciudad de Junín de


los Andes identificado con el Nº 6477 Folio 114 de fecha 10/01/2003, y;


CONSIDERANDO:


Que, a través del mismo la “Municipalidad” vende, cede y transfiere al “Adquirente” y


éste acepta en un todo de acuerdo a lo dispuesto por Ordenanza Nº 479/95 y su modificatoria Nº


1014/2002, una fracción de terreno ubicado en el Parque Industrial de Junín de los Andes,


identificada como parte del Lote 2 de la Manzana 91, Nomenclatura Catastral 13-20-056-2582,


que figura anexo como croquis adjunto en folio 10 del Expte. Nº 6477/03 del Ejecutivo


Municipal, con una superficie de Mil Setecientos Cincuenta Metros Cuadrados (1750 m²), o los


que en más o en menos resulte de la mensura definitiva a practicarse por la “Adquirente”. La


presente descripción gráfica fue tomada del Expediente de Mensura aprobado por la Dirección


Provincial de Catastro, bajo el Nº E-2756-5945/01.-


Que, el precio de venta se establece en la suma de pesos diez ($10,00) por metro


cuadrado (m²), lo que hace un total de Pesos Diecisiete Mil Quinientos ($ 17.500,00), que


serán cancelados conforme forma de pago establecida en Cláusula Segunda del citado


Convenio.-


Que, este Concejo Deliberante conforme lo establecido en el Artículo 57 Inc “t” de la


Carta Orgánica Municipal y Despacho Nº 004/2004 del 23/02/2004 de la Comisión de obras y


Servicios Públicos, aprobado en Sesión Ordinaria de fecha 26/02/2004, resuelve por


unanimidad ratificar el Convenio obrante a Fs. 18, 19 y 20 del Expte. Nº 6477/03 del Ejecutivo


Municipal, mediante el dictado de la presente Ordenanza.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:


O R D E N A N Z A


ARTÍCULO 1º: RATIFÍQUESE el Convenio de Pago Parque Industrial celebrado en el


mes de Noviembre de 2003 entre la Municipalidad de Junín de los Andes,


representada por el Sr. Intendente Municipal, Don Rubén Enrique Campos, y el Señor


Secretario de Gobierno, Coordinación y Control de Gestión, Don Marcelo E. Banchio, y el Sr.


Raúl Alberto Tabares, titulan del D.N.I. Nº 14.597.109, el cual consta de diez (10) Cláusulas y


Condiciones e integra la presente como Anexo I.-


ARTÍCULO 2º: DESE para la promulgación del Departamento Ejecutivo Municipal y por su


intermedio envíese copia de la presente al Sr. Raúl A. Tabares, y a las


Secretarías Municipales que correspondan, para su conocimiento y efectos.-


ARTÍCULO 3º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén


(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta


Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la


misma.-


ARTÍCULO 4º: La presente es refrendada por el Señor Secretario Legislativo, Concejal


Humberto Fabián E. Bosque.-


ARTÍCULO 5º: De forma.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL


CUATRO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1158/04.-




Firmado: Viceintendente – Presidente C.D. Carlos A. CORAZINI
Secretario Legislativo Fabián H. E. BOSQUE