Ordenanza N° 826 Aprobación convenio de colaboración a suscribir con la U.N.C..pdf


Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante






O R D E N A N Z A Nº 826/2.000




VISTO: El Expte. C.D. Nº 1.748/00 iniciado por el Departamento Ejecutivo Municipal,


donde remite Ordenanza Nº 614/00 del Consejo Superior de la Universidad


Nacional del Comahue, a través de la cual se aprueba el Convenio de cooperación entre la


Municipalidad de Junín de los Andes y ésa Universidad, y la Nota 687/00 del 11/07/00 del


Departamento Ejecutivo Municipal, mediante la cual eleva Convenio a firmarse con la


citada Universidad, registrada bajo Expte. C.D. Nº 1.666/00, y;




CONSIDERANDO:




Que, entre la Municipalidad y la Universidad nacional de Comahue acuerdan


cooperar en la promoción, desarrollo, ejecución de tareas de investigación científica y


tecnológica de transferencia de tecnología, de formación de recursos humanos en aquellas


que surjan y sean de interés común.-




Que, para llevar a cabo la confección entre las partes deberán firmar convenios


específicos en temas que resulten de interés común.-




Que, los convenios se materializarán a través de las figuras del Viceintendente y


Presidente del Concejo Deliberante, Don Ángel C. Herrera y la Universidad, a través de la


Lic. Graciela Heredia, a cargo de la Secretaría de Bienestar Universitario.-




Que, la Carta Orgánica Municipal en su Artículo 26 expresa: “La Municipalidad,


en caso de requerir asesoramiento técnico, tendrá en cuenta como consultores


preferenciales, pero no excluyentes a las Universidades, centros de investigación,


organismos municipales, provinciales y nacionales, colegios y consejos profesionales


localizados en la Provincia del Neuquén, en particular cuando tuvieren especialistas en los


campos sujetos a consulta”.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES,


REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:













OSCAR RAÚL ANDE YANINE M.G. BUAMSCHA
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA


























Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante



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ORDENANZA Nº 826/2.000.-






O R D E N A N Z A


ARTÍCULO 1º: APRUÉBASE el CONVENIO de colaboración entre la Municipalidad de


Junín de los Andes, Provincia del Neuquén, y la Universidad Nacional del


Comahue, que se incorpora a la presente como Anexo I.-




ARTÍCULO 2º Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a su efectos.-


Promulgada envíese copia de la presente al Rector de la Universidad


Nacional del Comahue.-




ARTÍCULO 3º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén


(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la


Carta Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de


la misma.-




ARTÍCULO 4º: DESE amplia difusión, mediante el envío de copias a los medios orales y


escritos de la localidad.-




ARTÍCULO 5º: Refrendará la presente el Sr. Secretario Legislativo, Dn. Oscar Raúl


Ande.-




ARTÍCULO 6º: De forma.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE


DEL AÑO DOS MIL, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 989/00.-

















OSCAR RAÚL ANDE YANINE M.G. BUAMSCHA
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA