Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 826/2.000
VISTO: El Expte. C.D. Nº 1.748/00 iniciado por el Departamento Ejecutivo Municipal,
donde remite Ordenanza Nº 614/00 del Consejo Superior de la Universidad
Nacional del Comahue, a través de la cual se aprueba el Convenio de cooperación entre la
Municipalidad de Junín de los Andes y ésa Universidad, y la Nota 687/00 del 11/07/00 del
Departamento Ejecutivo Municipal, mediante la cual eleva Convenio a firmarse con la
citada Universidad, registrada bajo Expte. C.D. Nº 1.666/00, y;
CONSIDERANDO:
Que, entre la Municipalidad y la Universidad nacional de Comahue acuerdan
cooperar en la promoción, desarrollo, ejecución de tareas de investigación científica y
tecnológica de transferencia de tecnología, de formación de recursos humanos en aquellas
que surjan y sean de interés común.-
Que, para llevar a cabo la confección entre las partes deberán firmar convenios
específicos en temas que resulten de interés común.-
Que, los convenios se materializarán a través de las figuras del Viceintendente y
Presidente del Concejo Deliberante, Don Ángel C. Herrera y la Universidad, a través de la
Lic. Graciela Heredia, a cargo de la Secretaría de Bienestar Universitario.-
Que, la Carta Orgánica Municipal en su Artículo 26 expresa: “La Municipalidad,
en caso de requerir asesoramiento técnico, tendrá en cuenta como consultores
preferenciales, pero no excluyentes a las Universidades, centros de investigación,
organismos municipales, provinciales y nacionales, colegios y consejos profesionales
localizados en la Provincia del Neuquén, en particular cuando tuvieren especialistas en los
campos sujetos a consulta”.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES,
REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
OSCAR RAÚL ANDE YANINE M.G. BUAMSCHA
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
- 02 -
ORDENANZA Nº 826/2.000.-
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: APRUÉBASE el CONVENIO de colaboración entre la Municipalidad de
Junín de los Andes, Provincia del Neuquén, y la Universidad Nacional del
Comahue, que se incorpora a la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 2º Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a su efectos.-
Promulgada envíese copia de la presente al Rector de la Universidad
Nacional del Comahue.-
ARTÍCULO 3º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la
Carta Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de
la misma.-
ARTÍCULO 4º: DESE amplia difusión, mediante el envío de copias a los medios orales y
escritos de la localidad.-
ARTÍCULO 5º: Refrendará la presente el Sr. Secretario Legislativo, Dn. Oscar Raúl
Ande.-
ARTÍCULO 6º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,
PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE
DEL AÑO DOS MIL, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 989/00.-
OSCAR RAÚL ANDE YANINE M.G. BUAMSCHA
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA