2582 - 16 Homologación Convenio Ejercito - Municipio - Plan Calor.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2582/2016.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2582/2016



VISTO: Expte C.D. Nº 8408/16 de fecha 12/04/2016 de la Intendencia Municipal, remite


Convenio suscripto entre la Guarnición de Ejército y la Municipalidad de Junín de


los Andes, para acopio de leña destinados al Plan Calor, y;




CONSIDERANDO:




Que, el presente Convenio tiene como objeto dejar fijadas las pautas de uso de un


predio perteneciente a la Guarnición Ejercito “Junín de los Andes” para acopio de leña a ser


distribuida en época invernal a las familias que viven en la zona rural del municipio y que


carecen de los medios necesarios para su adquisición, como apoyo a la comunidad y ayuda


humanitaria que brinda el Ejercito Argentino y el Municipio de la localidad.-




Que, la Cláusula Primera del Convenio expresa: La Municipalidad podrá hacer uso


del sector del cuartel que el Jefe del GAM 6 le asigne, para el acopio de leña.




Que, la Cláusula Segunda expresa: El acopio, carga y descarga de la leña estará a


cargo del personal designado por la Municipalidad, exclusivamente.




Que, LA MUNICIPALIDAD se compromete a efectuar como contraprestación de la


actividad de acopio de la leña, el apoyo de maquinarias viales (motoniveladora, topadora y


camiones) para el mejoramiento de las calles del Barrio Militar y del Cuartel y la donación de


una computadora para la Guarnición Ejército Argentino de Junín de los Andes.




Que, el GAM 6 ejercerá la responsabilidad del control de los camiones al ingresar y


egresar se sus instalaciones, a los efectos de constatar que no se ingresen personas y/o


materiales NO AUTORIZADOS a una “Zona Militar”.




Que, el término de duración del presente acuerdo será hasta el 31 de Octubre de


2016 y tendrá vigencia a partir del día de suscripción, pudiendo ser renovado o prorrogado por


las partes, por un periodo igual a partir de la fecha de vencimiento del mismo, debiendo ser


expresamente convenido en un nuevo acuerdo




Que, atentos a lo resuelto sobre tablas, aprobado unanimidad, en Sesión Ordinaria de


fecha 20/04/2016, este Concejo Deliberante resuelve ratificar el citado Convenio, con el


dictado de la presente norma.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:

















MARÍA LAURA CAÑICUL IGNACIO ENRIQUE FLORES


A/C SECRETARÍA LEGISLATIVA PRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES










Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2582/2016.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE: el CONVENIO de Uso de Instalaciones del Grupo de


Artillería de Montaña 6, ubicado en Ruta Nacional 40 Km 1543, de “Junín de los Andes”,


para acopio de leña Plan Calor de la Municipalidad de Junín de los Andes, celebrado en fecha 18


de Febrero de 2016, entre la Municipalidad de Junín de los Andes, representada en este acto por el


Sr. Intendente Municipal, Don Carlos A. Corazini y el Sr. Secretario de Acción Social Don Oscar


Fabián González, en adelante denominada “La Municipalidad”; y por la otra parte el Señor


Comandante de la VI Brigada de Montaña Coronel José Antonio Saumell Robert, con domicilio en


Avda. Argentina 642 de la ciudad de Neuquén Capital, el cual consta de Doce (12) Cláusulas e


integra la presente como Anexo I.-




ARTÍCULO 2º: REMÍTASE: al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una vez


promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente al Grupo de


Artillería de Montaña Nº 6.-




ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS VEINTE DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL


DIECISEIS, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1.844/16.-





















MARÍA LAURA CAÑICUL IGNACIO ENRIQUE FLORES


A/C SECRETARÍA LEGISLATIVA PRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES