Ordenanza N° 854 Ratificase convenio suscripto Refacción CPEM N° 7..pdf



Municipalidad de Junín de los
Andes


PROVINCIA DEL NEUQUÉN


Concejo Deliberante




O R D E N A N Z A Nº 854/2.000.-


VISTO: El Expte Nº C.D. 1841/00 del Concejo Deliberante, que contiene Nota Nº 0785/00


S.H.O.S.P. de fecha 23 de noviembre de 2000, referido a “Obra Delegada Refacción


CPEM Nº 7” por la suma de $ 16.329,30, donde solicita la pertinente ratificación del Convenio


suscripto entre la Municipalidad de Junín de los Andes y la Subsecretaria de Obras y Servicios


Públicos de la Provincia del Neuquén, el Expte Nº 1852/00 del Concejo Deliberante que contiene


Nota 0802/00 de la S.H.O.S.P. de la Municipalidad de Junín de los Andes de fecha 30 de


noviembre de 2000 y;


CONSIDERANDO:


Que, a tal efecto se adjunta copia de la documentación recibida de la Gobernación del


Neuquén- Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos, Subsecretaria de Obras y Servicios


Públicos – Dirección Provincial de Programas y Proyectos, a saber:


- Disposición Nº 0065/00 del 06 de octubre de 2000 para el Expte Nº 2770- 21853/00 S.O .S.P.-


- Convenio suscripto por la Municipalidad de Junín de los Andes y la SSOSP de la Provincia del


Neuquén.-


Que, asimismo se solicita la correspondiente ampliación presupuestaria para INGRESOS


y EGRESOS, por la suma citada precedentemente.-


Que el monto de la Obra “ Remodelación CPEM Nº 7 JUNIN DE LOS ANDES”,


asciende a $ 16.329,30 a ejecutarse en un plazo de 45 días a partir de la fecha del acta de iniciación


de obra.-


Que, con los recursos del Presupuesto General ; “La Administración” (representada por el


Secretario de Obras y Servicios Públicos, Ingeniero Ricardo D`Angelo) financiará a “La Entidad”


(representada por el Intendente de la Municipalidad de Junín de los Andes, Dn. Rubén Enrique


Campos) la construcción de la obra.-


Que, en este marco, la ENTIDAD se compromete a emplear los fondos de los aportes


que efectúe la ADMINISTRACIÓN, en cumplimiento de lo acordado con destino a la ejecución de


los trabajos pactados y proceder a concretarlos conforme los requerimientos que la


ADMINISTRACIÓN le formule por intermedio de la Subsecretaria de Obras y Servicios Públicos


dependiente del Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos, Ley 0687, sus modificaciones,


reglamentaciones y la siguiente documentación: planos, computo, presupuesto, plan de trabajo y


curva de inversiones, memoria descriptiva y todo otro documento obrante en el Expte Nº 2770 –


21853/00 S.O.S.P.-


Que, existe una solicitud de autorización del Departamento Ejecutivo Municipal a este


Cuerpo Deliberativo para la apertura de una nueva cuenta corriente denominada; Obra Delegada “


Refacción CPEM Nº 7”.-


Que, la Carta Orgánica Municipal en su artículo 57 bajo el Título ATRIBUCIONES Y


DEBERES, establece: “ Serán atribuciones y deberes del Concejo Deliberante...Inc. t): Ratificar o


rechazar los convenios con Nación, Provincias, Municipios, Entes públicos o privados nacionales e


internacionales”.-


Que, en el Artículo 18 se determina: “La Municipalidad, con la finalidad de satisfacer


intereses comunes, establecerá relaciones interjurisdiccionales e intergubernamentales para: Inc. e)


Convenir con la Provincia la participación del Municipio en la gestión, administración y ejecución


de las obras y servicios que ésta ejecutare o prestare dentro del ejido con la asignación de recursos,


en su caso, para lograr mayor eficiencia y descentralización operativa”.-













OSCAR RAÚL ANDE ANGEL C. HERRERA


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES











Municipalidad de Junín de los
Andes


PROVINCIA DEL NEUQUÉN


Concejo Deliberante





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ORDENANZA Nº 854/2.000


Que, conforme el estudio y tratamiento del citado Convenio en la Comisión de Obras y


Servicios Públicos del Cuerpo Deliberativo, se hace necesario dictar la norma legal respectiva.-




POR ELLO Y EN EL USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGANICA MUNICIPAL, ARTICULO 56 Y ARTICULO 57 Inc. a) EL CONCEJO


DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESION ORDINARIA DE


PRÓRROGA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A


ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE el Convenio firmado entre la Municipalidad de Junín de los


Andes, representada por el Sr. Intendente Municipal, Prof. Rubén Enrique


Campos, denominado en este acto LA ENTIDAD y entre la Subsecretaria de Obras y Servicios


Públicos, dependiente del M.H.O. y S.P. representada por el Sr. Subsecretario de Obras y Servicios


Públicos Ing. Ricardo E. Dángelo, denominado en este acto LA ADMINISTRACIÓN para la


concreción de la Obra Delegada “ Refacción CPEM Nº 7” por la suma de $ 16.329,30, el cual figura


como ANEXO I de la presente.-


ARTÍCULO 2º: AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar la


correspondiente ampliación presupuestaria año 2.000, para INGRESOS y


EGRESOS, por la suma citada precedentemente, y a proceder a la apertura de la cuenta corriente:


Obra Delegada “Refacción CPEM Nº 7”.-


ARTÍCULO 3º: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos y por su


intermedio al B.P.N. de Junín de los Andes para la apertura de cuenta mencionada


precedentemente.-




ARTÍCULO 4: PROMULGADA que fuere, dese amplia difusión por los medios orales y escritos


de la localidad.-




ARTÍCULO 5º: DESE a publicación en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén conforme


Cláusula Complementaria y transitoria Nº 2, Inc. c) de la Carta Orgánica


Municipal ), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la misma.-




ARTÍCULO 6º: Comuníquese. Publíquese. Archívese.-




ARTÍCULO 7º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Oscar Raúl


Ande.-




ARTÍCULO 8º: De forma.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES A LOS VEINTE


DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL, SEGÚN CONSTA EN ACTA


1006/00.-















OSCAR RAÚL ANDE ANGEL C. HERRERA


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES











Municipalidad de Junín de los
Andes


PROVINCIA DEL NEUQUÉN


Concejo Deliberante