2352 - 14 Derogación total Ordenanza Nº 2200-12. Venta Remanente Sra. Marcela Grosso.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2352/14.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2352/2014



VISTO: El Expte. D.E.M. Nº 981/13, Folio 01, Letra “A” de fecha 12/04/2013 iniciado por la


Agrimensora Paula Garay, por el cual eleva inquietud sobre Resolución de


promulgación Nº 013/13, de la Ordenanza Nº 1085/12, y;




CONSIDERANDO:




Que, al momento de sancionar la Ordenanza Nº 2200/12 se tuvo en cuenta el


dictamen elaborado por el Arq. Alejandro Garcés, ex – Subsecretario de Planeamiento Urbano


Municipal, de fecha 17/10/12, en el que manifiesta que: “…a fin de poder realizar la


construcción mencionada, en primer lugar debería la Sra. Marcela Grosso adquirir el


remanente de la fracción en cuestión, para luego realizar la obra que pretenda en un todo de


acuerdo a lo establecido por el Código Urbano.”


Que, no se dan las condiciones establecidas por la Ley Nacional Nº 14159 y su


Decreto Reglamentario, a efectos de consolidar lo procedimental ha llevar adelante para la


inscripción y desafectación de un excedente.-


Que, analizados los Exptes. de mensura que hacen a la totalidad de la manzana, no se


configura en el área indicada la existencia de un excedente.-


Que, según informe de fecha 18/09/13, bajo Nota Nº 164/13, elaborado por el


Director de Catastro Municipal se confirma que de acuerdo a los antecedentes de mensura, no


se trata de un excedente sino parte de la calle Tte. Nogueira. Y que, además, sugiere dar


continuidad a lo expresado por la Agrimensora Paula Garay para solucionar el problema que


se presenta.


Que, a efectos de dar una solución a la problemática planteada ha de procederse


conforme la nota remitida por la Agrimensora Paula Garay que originara el Expte. de


referencia-


Que, en vista de los informes expuestos, este Concejo Deliberante en Sesión


Ordinaria de fecha 26/03/2014, dispuso sobre tablas y por unanimidad el dictado de la norma


legal pertinente.-




POR ELLO Y EN USO DE LA FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57 Inc. a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: DERÓGASE en todos sus términos la Ordenanza Nº 2200/12 que fuera


promulgada a través de la Resolución Nº 013/13, por no estar dadas las


condiciones para generar un excedente en conformidad a lo determinado en la Ley Nacional


Nº 14159 y su Decreto Reglamentario”.-











GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ROSANA MARISA MORALES


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA








Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2352/14.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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ARTÍCULO 2º: DESAFÉCTASE en forma parcial parte de la Calle Teniente Nogueira, a


sabiendas de la existencia del quiebre en la Manzana 54, entre los solares de


origen 206 y 207 hacía el sur del primero en 3,20mts de ancho desde la unión del 206c


Nomenclatura Catastral Nº 13-20-053-2649 hacía el sur, por las medidas frontales de los lotes


207a Nomenclatura Catastral Nº 13-20-053-2349 por 12,50mts, Lote 207b Nomenclatura


Catastral Nº 13-20-053-2649 por 12,50mts y Lote 207c Nomenclatura Catastral 13-20-053-


2148 lado oeste por 21,00mts, lo que da una superficie aproximada de 147,20mts².-


ARTÍCULO 3º: FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar la mensura


en conformidad a la Disposición Nº 089/86 de la Dirección Provincial de


Catastro e Información Territorial, para que con posterioridad se proceda a la protocolización


respectiva.-


ARTÍCULO 4º: AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal, a que una cumplido


lo determinado en el art. 3º de la presente, a realizar la transferencia de los


lotes originados a cada uno de los dueños de los inmuebles en el artículo 2º.-


ARTÍCULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a efectos de que se


tomen los recaudos pertinentes, con el único propósito de regularizar el


quiebre de manzana existente, cumpliendo todos los pasos procedimentales descripto en la


presente.-


ARTÍCULO 6º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS VEINTISEÍS DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL


CATORCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1721/14.-













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ROSANA MARISA MORALES


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA