Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 2570/2016
VISTO: El Expte. C.D. Nº 8351/16 de fecha 15/03/2016 iniciado por el Departamento Ejecutivo
Municipal que contiene Convenio de fecha 07/03/2016, entre el Instituto Provincial de Juegos
de Azar y la Municipalidad de Junín de los Andes, y;
CONSIDERANDO
Que, mediante el citado Convenio el Instituto otorga a la Municipalidad, un aporte económico
no reintegrable de Pesos Seis Millones ($ 6.000.000), destinado a solventar la realización de la “I Etapa
de la Obra Césped sintético” en el Estadio Municipal de la Localidad.-
Que, la suma de dinero indicada precedentemente, será trasferida a la cuenta bancaria de la
Municipalidad mediante un anticipo del veinte por ciento (20%), y el saldo de conformidad a las
certificaciones de avance o final de obra, orden de compra, factura y/o remito correspondientes –
debidamente conformados-, descontándose proporcionalmente el anticipo financiero otorgado. El
anticipo encimando, será transferido dentro de los diez (10) días a partir de la presentación por parte de la
Municipalidad de la documentación mencionada en la Cláusula Segunda del citado Convenio.-
Que, la Carta Orgánica Municipal en su Artículo 154 establece que la “La Municipalidad de
Junín de los Andes posibilitará el acceso de toda la comunidad a las actividades físicas y recreativas en sus
múltiples formas. Elaborará y ejecutará la política municipal del deporte comunitario apoyando al deporte escolar
y federado en aquellas actividades que contaren con deportistas locales destacados”.-
Que, este Concejo Deliberante, según lo establece el Artículo 57, Inc., “t”, dispuso sobre tablas
y por unanimidad en Sesión Ordinaria de fecha 23/03/2016, homologar dicho Convenio, con el dictado
de la norma legal respectiva.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA
MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA
CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON
FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE: el CONVENIO celebrado en fecha 07 de Marzo de 2016, entre el
el Instituto Provincial de Juegos de Azar, representado por su Presidente Cr. Alfredo
Mónaco, en adelante “El Instituto”, y la Municipalidad de Junín de los Andes, representada por el Señor
Intendente Municipal, Don Carlos Corazini, en adelante “La Municipalidad”, el cual integra la presente
como Anexo I, por un aporte económico no reintegrable de Pesos Seis Millones ($ 6.000.000), destinado
a solventar la realización de la “I Etapa de la Obra Césped sintético” en el Estadio Municipal de la
Localidad.-
ARTÍCULO 2º: AUTORIZASE: al Departamento Ejecutivo Municipal a incorporar en el Presupuesto
General de la Administración Municipal – Ejercicio Año 2015 prorrogado - Ordenanza
Nº 2454/2014 – la Partida Presupuestaria en Ingresos y Egresos correspondientes a los fondos
establecido en la Cláusula Primera del Convenio ratificado en el Artículo 1º de la presente.-
ARTÍCULO 3º: REMÍTASE: al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.
ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO
DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS VEINTITRES
DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº
1839/16.-
RUTH ELIZABETH SIVORI IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES