2532 - 15 Ratificación Convenio Colaboración Interinstitucional Desarrollo Turístico Parque Vía Christi.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2532/15.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2532/2015



VISTO:
El Expte. C.D. Nº 8189/15 de fecha 28/10/2015 iniciado por el Departamento


Ejecutivo Municipal, mediante la cual eleva Convenio de Colaboración


Interinstitucional para el Desarrollo Turístico del Parque Vía Christi, celebrado entre la


Subsecretaría de Turismo de la Provincia del Neuquén (la “Subsecretaría”), la Municipalidad


de Junín de los Andes (la “Municipalidad”), y la Fundación Comunitaria Huiliches (la


“Fundación”), y;




CONSIDERANDO




Que, la “Subsecretaría” hace entrega a la “Municipalidad” y a la “Fundación”, en su


carácter de colaboradora en el desarrollo del Parque Vía Christi desde el año 2002, según


convenio de colaboración mutua entre las partes, aprobado mediante Ordenanza Nº 1074/03 y


Resolución Nº 1036/03 del Municipio de Junín de los Andes, del proyecto ejecutivo,


elaborado por la Dirección General de Inversiones Turísticas, denominado “Señalización


Turística del Parque Vía Christi”, en adelante el “Proyecto”.-




Que, la “Fundación” y la “Municipalidad” otorgan su conformidad a las a las


descripciones y documentación que en su conjunto conforman el proyecto ejecutivo y forman


parte del presente Convenio y la Municipalidad se compromete a gestionar el financiamiento


necesario para llevar a cabo al construcción del “Proyecto”, equivalente a una inversión total


de $ 150.953,00 (Pesos Ciento Cincuenta Mil Novecientos Cincuenta y Tres con 00/00


centavos) valores a la fecha de suscripción de este acuerdo, según surge de la documentación n


técnica presentada.-




Que, nuestra Carta Orgánica Municipal en su Artículo Nº 172 expresa que: “La


Municipalidad de Junín de los Andes reconoce que el turismo es una de las principales


fuentes de crecimiento y desarrollo de la comunidad. Fomentará, impulsará y apoyará las


actividades turísticas sostenibles en el tiempo y no degradantes, basadas en los valores


estéticos, recreativos, socio-culturales y educacionales de sus ambientes y recursos,


garantizando su protección, restauración, mantenimiento y perpetuación”.-




Que, este Concejo Deliberante, según lo establece la Carta Orgánica Municipal en su


Artículo Nº 57, Inc., “t”, y conforme el Despacho Nº 067/15 de la Comisión Interna de


Turismo, aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria de fecha 04/11/2015, se decide


homologar dicho Convenio, con el dictado de la norma pertinente.-













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA


























Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2532/15.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE: el CONVENIO de Colaboración Interinstitucional para


el Desarrollo Turístico del Parque Vía Christi, celebrado en el mes octubre


de 2015 entre la Subsecretaría de Turismo de la Provincia del Neuquén (la “Subsecretaría”), la


Municipalidad de Junín de los Andes (la “Municipalidad”), y la Fundación Comunitaria


Huiliches (la “Fundación”), el cual consta de Catorce (14) Cláusulas e integra la presente


como Anexo I.-




ARTÍCULO 2º: Elévese la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, para su


promulgación; y por su intermedio envíese copia a la Subsecretaría de


Turismo de la Provincia del Neuquén y la Fundación Comunitaria Huiliches, a sus efectos.-




ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS CUATRO DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE


DEL AÑO DOS MIL QUINCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1820/15.-













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA