2989 - 19 Homologación permiso de uso agencia de admnistración de bienes del estado-Municipalidad de Junín de los Andes.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2989/19.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2989/2019



VISTO: El Expediente C.D. N° 10530/19 de fecha 06/12/2019, iniciado por el Departamento


Ejecutivo Municipal, mediante el cual remite copia de Resolución RESFC 2019 -520


APN-AABB JGM, que desafecta de la Jurisdicción del EMGE el inmueble ubicado en Ruta Nac.


40 de Junín de los Andes y Convenio de Permiso de Uso de Bienes del Estado, y;


CONSIDERANDO:


Que, mediante la Resolución Nro.: RESFC-2019-520-APN-AABE≠JGM de fecha 03 de


diciembre de 2019, que lleva la firma conjunta del Presidente y del Vicepresidente de la Agencia


de Administración de Bienes del Estado, por la cual se resuelve:


“Artículo 1º.- Desaféctase de la Jurisdicción del Ministerio de Defensa – Estado Mayor General


del Ejército, un inmueble propiedad del Estado Nacional ubicado en la Ruta Nacional Nº 40 S/N,


de la Localidad de Junín de los Andes, del Departamento Huiliches, Provincia de Neuquén,


identificado catastralmente como: Partido 13 – Circunscripción: 20 – Sección: 072 –


Parcela:2437, vinculado al CIE Nº 5800000541/1, y que cuenta con una superficie aproximada de


Ochenta y Cinco Mil Cuatrocientos Ochenta y Siete Metros Cuadrados con Siete Decímetros


Cuadrados (85.487,07 m²), según se detalla en el croquis Plano-2019-95971246-APN-


DNSRYI≠AABE, que como Anexo I forma parte integrante del presente instrumento”.-


“Artículo 2º.- Otórgase a favor de la Municipalidad de Junín de los Andes, el uso precario y


gratuito del inmueble descripto en el Artículo precedente con el objeto de destinarlo como espacio


para el desarrollo de actividades deportivas y recreativas”.-


“Artículo 3º.- Apruébase el denominado “Permiso de Uso - Agencia de Administración de Bienes


del Estado/Municipalidad de Junín de los Andes, identificacado como IF-2019-106315295-APN-


DAC#AABE, que como Anexo II forma parte de la presente medida”.-


“Artículo 5º.- Establécese que la delimitación definitiva del inmueble deberá ser realizada por la


Municipalidad de Junín de los Andes y presentada ante la Agencia de Administración de Bienes


del Estado en un plazo de Sesenta (60) días a contar de la firma del presente permiso de uso que


se aprueba, delimitación que no podrá apartarse de la superficie considerada en la presente


medida, salvo diferencias razonable que surjan de la demarcación in situ del predio en cuestión,


conforme a sanas prácticas y diligencias de medición, reservándose esta Agencia, en el caso que


lo estime procedente, la facultad de realizar las comprobaciones y verificaciones que considere


necesarias en relación a dicha demarcación.”.-




Que, el Artículo 155 de la Carta Orgánica Municipal establece que “La Municipalidad
de Junín de los Andes posibilitará el acceso de toda la comunidad a las actividades físicas y


recreativas en sus múltiples formas. Elaborará y ejecutará la política municipal del deporte


comunitario apoyando al deporte escolar y federado en aquellas actividades que contaren con


deportistas locales destacados”.-.


Que, sometido a tratamiento el “Permiso de Uso” entre la AABE y la Municipalidad de


Junín de los Andes, en Sesión Extraordinaria de fecha 09/12/2019, se decide sobre tablas y por


unanimidad, homologar el mismo, con el dictado de la norma legal respectiva.-
























CARLOS ALBERTO QUINTULÉN IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES





Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2989/19.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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POR ELLO Y EN USO DE LA FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57 Inc. a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN


EXTRAORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A:



ARTÍCULO 1º: HOMOLÓGASE: el PERMISO DE USO, suscripto entre la Agencia de Bienes


del Estado, en adelante la “AABE”, representada por su Presidente, Dr. Ramón


María LANÚS, con domicilio legal en la Avenida Ramos Mejía Nº 1302, 3º piso, de la Ciudad


Autónoma de Buenos Aires, y la Municipalidad de Junín de los Andes, representada por el Sr.


Intendente Municipal Carlos A. Corazini, con domicilio legal en Ginés Ponte 504, de la Localidad


de Junín de los Andes, Provincia del Neuquén, en adelante “La Municipalidad”, por el cual se


otorga a favor de la Municipalidad de Junín de los Andes, el uso precario y gratuito del inmueble


propiedad del Estado Nacional ubicado en la Ruta Nacional Nº 40 S/N, de la Localidad de Junín


de los Andes, del Departamento Huiliches, Provincia de Neuquén, identificado catastralmente


como: Partido 13 – Circunscripción: 20 – Sección: 072 – Parcela:2437, vinculado al CIE Nº


5800000541/1, y que cuenta con una superficie aproximada de Ochenta y Cinco Mil Cuatrocientos


Ochenta y Siete Metros Cuadrados con Siete Decímetros Cuadrados (85.487,07 m²), según se


detalla en el croquis Plano-2019-95971246-APN-DNSRYI≠AABE, con el objeto de destinarlo


como espacio para el desarrollo de actividades deportivas y recreativas.-




ARTÍCULO 2º: ESTABLÉCESE: que el “PERMISO DE USO” homologado en el Artículo


anterior, que consta de diecisiete (17) Cláusulas, integra la presente


Ordenanza como Anexo I.-


ARTÍCULO 3º: REMÍTASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.


Promulgada, envíese copia a la Agencia de Administración de Bienes del Estado,


y sectores de la administración municipal que correspondan.-




ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL


DIECINUEVE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº2044/19 – EXPTE. C.D. Nº 10524/19.-
















CARLOS ALBERTO QUINTULÉN IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES