2653 - 16 Ratificación Convenio General entre Facultad de Agronomía Universidad de Bs. As. y el Municipio.pdf

ORDENANZA Nº 2653/16.-
Municipalidad de Junín de los Andes


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




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O R D E N A N Z A Nº 2653/2016



VISTO: El Expte. C.D. Nº 8742/16 de fecha 17/10/2016 iniciado por el Departamento Ejecutivo


Municipal, el cual contiene Convenio General entre la Facultad de Agronomía de la


Universidad de Buenos Aires y la Municipalidad de Junin de los Andes, y;




CONSIDERANDO




Que, mediante el citado Convenio ambas partes convienen en establecer relaciones de


complementación y cooperación académica, estableciendo actividades que se concentrarán


principalmente en los siguientes campos:


a) Generar una oferta de trabajos de intensificación sobre problemáticas ambientales de la
localidad de Junín de los Andes, dirigidas principalmente a los estudiantes de grado de la


carrera de Licenciatura en Ciencias Ambientales.


b) Establecer relaciones de trabajo entre las áreas técnicas de “LA MUNICIPALIDAD” y las
cátedras de “LA FACULTAD” a fin de definir las líneas de trabajo a desarrollar.-


c) Proveer a los futuros tesistas las herramientas y recursos necesario para llevar adelante
actividades académicas en la localidad de Junín de los Andes, enmarcadas en trabajos de


intensificación.-




Que, el citado convenio que consta de 25 Cláusulas, se establece por tres (3) años a


partir de su firma.-




Que, la Carta Orgánica Municipal en su Artículo 128 establece que la “La Municipalidad
de Junín de los Andes reconoce a la educación como herramienta fundamental en el proceso de


apropiación de la cultura para alcanzar el desarrollo integral y la socialización de las personas.


Realizará e impulsará las acciones para garantizar el cumplimiento de los derechos constitucionales a
recibir una educación de calidad en todas las edades, pública, gratuita, laica y con igualdad de


oportunidades y posibilidades para todos los habitantes”.-




Que, el Artículo 130º expresa que “La Municipalidad, sin desconocer la competencia
provincial y garantizando la consulta permanente a la comunidad, tiene el derecho a emitir opinión sobre
las necesidades educativas y exigir a las autoridades correspondientes adecuadas infraestructura,


equipamiento, planes y modalidades, que cumplan con los preceptos constitucionales y afiancen el


arraigo”.-




Que, este Concejo Deliberante conforme al Despacho Nº 234/16 de la Comisión Interna


de Gobierno y lo establecido en la Carta Orgánica Municipal, en su Artículo 57, Inc., “t”,


resuelve por unanimidad en Sesión Ordinaria de fecha 23/11/2016, ratificar el Convenio


referenciado, con el dictado de la norma legal pertinente.-
































RUTH ELIZABETH SIVORI IGNACIO ENRIQUE FLORES


SECRETARÍA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES




ORDENANZA Nº 2653/16.-
Municipalidad de Junín de los Andes


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




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POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN


ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE: el Convenio General celebrado entre la Facultad de


Agronomía de la Universidad de Buenos Aires, representada por su Decano Dr.


Rodolfo A. Golluscio, y la Municipalidad de Junin de los Andes, representada por el Sr.


Intendente Municipal, Don Carlos Anacleto Corazini, el cual consta de veintisiete (27) Cláusulas


y corre agregado a la presente como Anexo I.-




ARTÍCULO 2º: Remítase la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una


vez promulgada, por su intermedio envíese copia de la presente a la Facultad de


Agronomía de la Universidad de Buenos Aires.-




ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN SEGUNDA LECTURA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE


SAN MARTIN” CONCEJO DELIBERANTE DE L CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS VEINTITRES DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE


DEL DOS MIL DIECISEIS, SEGÚN CONSTA EN ACTA N° 1877/16.-






















RUTH ELIZABETH SIVORI IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARÍA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES