Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 3026/2020
VISTO: El Expte. C.D. Nº 10605 Folio 286 de fecha 05/03/2020, iniciado por el Sr. Patricio
José Machado, titular del D.N.I. Nº 20.375.384, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante mencionado expediente el Sr. Patricio Machado solicita una prórroga
para la ejecución de la obra Galpón para Carpintería, en el terreno identificado como Lote 11
de la Manzana 93 ubicado en el Parque Industrial, adjudicado conforme Convenio de Pago
Parque Industrial celebrado en fecha 02 de Mayo de 2013, homologado por Ordenanza N°
2269/2013 de fecha 24 de julio del 2013.-
Que, los fundamentos expresados por el presentante se deben a la crisis económica del
país, que en el lugar donde actualmente funciona la empresa es alquilado y la erogación de los
sueldos de los empleados (6 personas), lo que hace difícil destinar más fondos a la
construcción del galpón.-
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 24/06/2020 a través del
Despacho Nº 015/20 de la Comisión de Economía, dictamina por mayoría (5 votos a favor y
dos en contra), otorgar la prorroga solicitada, con el dictado de la norma correspondiente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: OTORGASE: al Sr. MACHADO, Patricio José, titular del D.N.I. Nº
20.375.384, una excepción por un plazo de 18 (dieciocho) meses, a partir de
la promulgación de la presente, para la ejecución total del Proyecto Galpón para Carpintería,
en el terreno identificado como Lote 11 de la Manzana 93 ubicado en el Parque Industrial,
adjudicado conforme Convenio de Pago Parque Industrial celebrado en fecha 02 de Mayo de
2013, homologado por Ordenanza N° 2269/2013 de fecha 24 de julio del 2013.-
ARTÍCULO 2º: REMÍTASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus
efectos. Promulgada, envíese por su intermedio copia al interesado y a las
Secretarías Municipales que correspondan.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,
PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE JUNIO
DEL AÑO DOS MIL VEINTE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2067/20.-
CARLOS ALBERTO QUINTULÉN IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES