2665 - 16 Aprobar doble mano colectora 101 viviendas - Loteo Social.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




O R D E N A N Z A Nº 2665/2016



VISTO: La Nota Externa Nº 740/16 de fecha 23 de diciembre de 2016 de la Intendencia


Municipal, Registro C.D. Nº 9511/16, y;




CONSIDERANDO:




Que, mediante la misma Nota Nº 275/16 de la Dirección de Tránsito y Transporte,


por la cual solicita la modificación de la traza de la Colectora de Ruta 40, desde el ingreso al


Plan 101 Viviendas hasta la entrada del Loteo Social, sea de doble mano.-


Que, en la actualidad la misma tiene sentido de circulación Sur-Norte.-


Que, esta solicitud se fundamenta, debido que no existe colectora ni banquina en ese


sector donde realizarla en el margen opuesto de la mencionada ruta; siendo necesario contar


con el cambio de esta traza, para el desplazamiento del Servicio de Transporte Urbano de


Pasajeros (S.T.U.P.) y de los vecinos particulares que transitan en sus vehículos en ese sector


de los barrios afectados. Actualmente los vecinos incurren en falta al transitar por ella en


contramano como así también el S.T.U.P. debe hacer descender a sus pasajeros del otro lado


de la ruta, con el peligro esta situación genera.-


Que, a los fines de dar mayor seguridad vial a los vecinos que transitan por ese sector


de la ciudad, este Concejo Deliberante en Sesión Extraordinaria de fecha 27/12/2016,


considera necesario aprobar lo solicitado, con el dictado de la presente norma.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGANICA MUNICIPAL, EN SUS ARTICULOS Nº 56 Y 57 Inc. a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESION EXTRAORDINARIA SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A


ARTÍCULO 1º: ESTABLÉCESE: de doble sentido de circulación (doble mano) a la


Colectora de Ruta Nacional 40, desde el ingreso al Plan 101 Viviendas hasta


la entrada del Loteo Social.-


ARTÍCULO 2º: Remítase: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-


ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE


DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº


1881/16.-


















RUTH ELIZABETH SIVORI IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARÍA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES