2056 - 12 Homologar Convenio COPADE Proyecto Junin no tira recicla.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2056/12.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2056/2012



VISTO:
La Nota Nº 592/11 de fecha 06/12/11 del Departamento Ejecutivo Municipal,


firmada por el Sr. Intendente Municipal, Prof. Rubén Enrique Campos, mediante el cual


eleva adjunto original de Modelo de Convenio de Subvención celebrado entre la Subsecretaria de


Planificación y Acción para el Desarrollo, (COPADE) y la Municipalidad de Junín de los Andes,


registrada bajo Expte. C.D. Nº 5817/11, y;


CONSIDERANDO


Que, conforme lo establecido en la Cláusula Primera del citado convenio el COPADE se


compromete a otorgar un Aporte No Reembolsable a la Municipalidad por la suma de Pesos


Setenta Mil ($ 70.000,00) para ser aplicado a la ejecución del Proyecto de Innovación y Desarrollo


Tecnológico denominado “Junin no tira, recicla”.-




Que, asimismo establece que de conformidad con el Decreto Nº 2127/11, dicho aporte


será realizado con posterioridad a la firma del Convenio.-


Que, en la Cláusula Segunda las partes acuerdan que el Proyecto “Junin no tira, recicla”


tendrá por objetivos:


- Lograr en la localidad de Junín de los Andes la instalación de una planta


Piloto re recolección, acopiado y traslado de residuos reciclables, separados in situ, que además se


transforme en el futuro en una estación de transferencia;


- Instalar un nuevo modelo de conducta y manejo de residuos sólidos


domiciliarios mediante la educación, la concientización, la participación y la integración de los


distintos actores de la comunidad de Junín de los Andes;


- Involucrar paulatinamente a todos los actores generadores de residuos de la


Ciudad de Junín de los Andes;


- Disminuir el material desechable y los residuos en general;




Que, en pos del cumplimiento de los objetivos establecidos en la cláusula segunda del


Convenio de Subvención las partes aprueban el plan de trabajo que se establece en el Anexo I del


citado Convenio;


Que, nuestra Carta Orgánica Municipal en su Artículo 132 expresa que “La Municipalidad
concertará, coordinará y/o colaborará activamente con las autoridades provinciales y nacionales


realizando las acciones necesarias para: Inciso: i) Apoyar las investigaciones científicas y técnicas


que se relacionen con el mejoramiento de la educación y todo otro tema que tienda a elevar la calidad


de vida de los habitantes; j)Promover la difusión de aquellos programas y acciones de gobierno de


fundamental interés para el desarrollo de la comunidad, desde un punto de vista educativo y


concientizador;


Que, el Artículo 149 establece que “Los programas deberán enmarcarse en los siguientes
ejes de acción: Inciso c) Programas de adquisición, estimulación y desarrollo de capacidades sociales,


organizativas, deportivas, laborales, productivas y/u otros dirigidos a promover y fortalecer las


potencialidades individuales, grupales y comunitarias.


Que, este Concejo Deliberante, según lo establece el Artículo 57, Inc., “t”, dispuso por


unanimidad en Sesión Extraordinaria de fecha 12/01/2012, homologar dicho Convenio, con el


dictado de la norma legal respectiva.-


Que, al efecto, se debe dictar la norma pertinente.-











GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ANDREA SILVANA ROSSO


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES






Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2056/12.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN


EXTRAORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE el MODELO DE CONVENIO de SUBVENCIÓN


celebrado entre la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN y ACCIÓN PARA EL


DESARROLLO (COPADE), representado por el Subsecretario Lic. Diego Sebastián González y


LA MUNICIPALIDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, representada por el Intendente Prof.


Rubén Enrique Campos, en el marco del Modelo de Convenio de Subvención, por aporte no


reintegrable, el cual integra la presente como Anexo I.-


ARTÍCULO 2º: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una


vez promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente a la


Subsecretaria de Planificación y Acción para el desarrollo (COPADE).-



ARTÍCULO 3º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS DOCE DIAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DOCE,


SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1.596/12.-













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ANDREA SILVANA ROSSO


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES