Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2056/12.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 2056/2012
VISTO: La Nota Nº 592/11 de fecha 06/12/11 del Departamento Ejecutivo Municipal,
firmada por el Sr. Intendente Municipal, Prof. Rubén Enrique Campos, mediante el cual
eleva adjunto original de Modelo de Convenio de Subvención celebrado entre la Subsecretaria de
Planificación y Acción para el Desarrollo, (COPADE) y la Municipalidad de Junín de los Andes,
registrada bajo Expte. C.D. Nº 5817/11, y;
CONSIDERANDO
Que, conforme lo establecido en la Cláusula Primera del citado convenio el COPADE se
compromete a otorgar un Aporte No Reembolsable a la Municipalidad por la suma de Pesos
Setenta Mil ($ 70.000,00) para ser aplicado a la ejecución del Proyecto de Innovación y Desarrollo
Tecnológico denominado “Junin no tira, recicla”.-
Que, asimismo establece que de conformidad con el Decreto Nº 2127/11, dicho aporte
será realizado con posterioridad a la firma del Convenio.-
Que, en la Cláusula Segunda las partes acuerdan que el Proyecto “Junin no tira, recicla”
tendrá por objetivos:
- Lograr en la localidad de Junín de los Andes la instalación de una planta
Piloto re recolección, acopiado y traslado de residuos reciclables, separados in situ, que además se
transforme en el futuro en una estación de transferencia;
- Instalar un nuevo modelo de conducta y manejo de residuos sólidos
domiciliarios mediante la educación, la concientización, la participación y la integración de los
distintos actores de la comunidad de Junín de los Andes;
- Involucrar paulatinamente a todos los actores generadores de residuos de la
Ciudad de Junín de los Andes;
- Disminuir el material desechable y los residuos en general;
Que, en pos del cumplimiento de los objetivos establecidos en la cláusula segunda del
Convenio de Subvención las partes aprueban el plan de trabajo que se establece en el Anexo I del
citado Convenio;
Que, nuestra Carta Orgánica Municipal en su Artículo 132 expresa que “La Municipalidad
concertará, coordinará y/o colaborará activamente con las autoridades provinciales y nacionales
realizando las acciones necesarias para: Inciso: i) Apoyar las investigaciones científicas y técnicas
que se relacionen con el mejoramiento de la educación y todo otro tema que tienda a elevar la calidad
de vida de los habitantes; j)Promover la difusión de aquellos programas y acciones de gobierno de
fundamental interés para el desarrollo de la comunidad, desde un punto de vista educativo y
concientizador;
Que, el Artículo 149 establece que “Los programas deberán enmarcarse en los siguientes
ejes de acción: Inciso c) Programas de adquisición, estimulación y desarrollo de capacidades sociales,
organizativas, deportivas, laborales, productivas y/u otros dirigidos a promover y fortalecer las
potencialidades individuales, grupales y comunitarias.
Que, este Concejo Deliberante, según lo establece el Artículo 57, Inc., “t”, dispuso por
unanimidad en Sesión Extraordinaria de fecha 12/01/2012, homologar dicho Convenio, con el
dictado de la norma legal respectiva.-
Que, al efecto, se debe dictar la norma pertinente.-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ANDREA SILVANA ROSSO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2056/12.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN
EXTRAORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE el MODELO DE CONVENIO de SUBVENCIÓN
celebrado entre la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN y ACCIÓN PARA EL
DESARROLLO (COPADE), representado por el Subsecretario Lic. Diego Sebastián González y
LA MUNICIPALIDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, representada por el Intendente Prof.
Rubén Enrique Campos, en el marco del Modelo de Convenio de Subvención, por aporte no
reintegrable, el cual integra la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 2º: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una
vez promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente a la
Subsecretaria de Planificación y Acción para el desarrollo (COPADE).-
ARTÍCULO 3º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS DOCE DIAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DOCE,
SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1.596/12.-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ANDREA SILVANA ROSSO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES