Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 899/2.001
VISTO: Expte. Nº 2080/01 iniciado por la Secretaría de Hacienda, Obras y Servicios
Públicos, done solicita ratificación de Convenio entre el Subsecretario de Obras y
Servicios Públicos de la Provincia del Neuquén, Ing. Ricardo H. Esteves en nombre de la
Gobernación de la Provincia y el Sr. Intendente Municipal, Prof., Rubén Enrique Campos
por la Municipalidad de Junín de los Andes y solicita autorización para la apertura de la
Cuenta Corriente específica a la mencionada obra por Administración Delegada:
“ESCUELA Nº 222 – CHIQUILIHUÍN – JUNÍN DE LOS ANDES”, por la suma de
$ 329.315,00 y correspondiente Apertura de Cuenta contable de Ingresos y egresos con
afectación a partir del Presupuesto 2001, y;
CONSIDERANDO:
Que, en el mencionado Expte. se adjunta copia del Convenio para la ejecución por
administración Delegada de la Obra Escuela 222 en el cual se fije un monto de $
329.315,00 para la obra cuya ejecución deberá llevarse a cabo en un plazo de 360 días
corridos a partir de la fecha del Acta de iniciación de la obra.-
Que, asimismo se adjunta Decreto 1032/01 de fecha 06/06/01 mediante el cual se
aprueba la documentación elaborada por la Subsecretaría de Obras y Servicios Públicos
para la obra Escuela Chiquilihuín – Junín de los Andes y se delega la ejecución de los
trabajos a la Municipalidad de Junín de los Andes aprobándose el Convenio a suscribir
entre la Subsecretaría de Obras y Servicios Públicos y la mencionada Municipalidad como
así también la Curva de Inversiones y el Plan de Trabajo.-
Que, el Artículo 18 de la Carta Orgánica Municipal, establece que “La
Municipalidad, con la finalidad de satisfacer intereses comunes, establecerá relaciones
interjurisdiccionales e intergubernamentales para: c) Constituir organismos
intermunicipales de todo tipo para la prestación de servicios, realización de obras públicas,
cooperación técnica y/o financiera y toda otra actividad en común; e) Convenir con la
Provincia la participación del municipio en la gestión, administración y ejecución de las
obras y servicios que ésta ejecutare o prestare dentro del ejido con la asignación de
recursos, en su caso, para lograr mayor eficiencia y descentralización operativa”.-
Que, el Artículo 57º Inc. “t” prevé como atribuciones del Legislativo ratificar o
rechazar los convenios con la Nación, Provincia, Municipios, entes públicos y privados
nacionales e internacionales.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º y ARTÍCULO 57, INCISO a),
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,
REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
OSCAR RAÚL ANDE ÁNGEL C. HERRERA
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
- 02 -
ORDENAZA Nº 899/2001.-
O R D E N A N Z A
ART. 1º: RATIFÍCASE el CONVENIO firmado entre la Municipalidad de Junín de los
Andes, representada por el Sr. Intendente Municipal, Prof. Rubén Enrique
Campos, denominado en este Acto “LA ENTIDAD” y entre la Subsecretaría de Obras y
Servicios Públicos dependiente del Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos,
representada por el Subsecretario de Obras y Servicios Públicos, Ing. Ricardo Horacio
Esteves, denominado en este acto “LA ADMINISTRACIÓN”; para la concreción de la
Obra Delegada: “ESCUELA Nº 222 – CHUQUILIHUÍN – JUNÍN DE LOS ANDES”, por
la suma de PESOS TRESCIENTOS VEINTINUEVE MIL TRESCIENTOS QUINCE ($
329.315).-
ART. 2º: AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar la
correspondiente ampliación Presupuestaria Ejercicio año 2001 para Ingresos y
Egresos por la suma de por la suma de PESOS TRESCIENTOS VEINTINUEVE MIL
TRESCIENTOS QUINCE ( $ 329.315) y a proceder a la Apertura de la Cuenta Corriente
Obra Delegada “ESCUELA Nº 222 – CHUQUILIHUÍN – JUNÍN DE LOS ANDES”.-
ART. 3º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos.-
ART. 4º: Promulgada por el Ejecutivo Municipal y a través del mismo envíese copia a
la Gerencia del Banco Provincia del Neuquén, Sucursal Junín de los Andes para
la Apertura de la Cuenta Corriente mencionada precedentemente.-
ART. 5º: DÉSE amplia difusión de la presente en los medios orales y escritos de la
localidad.-
ART. 6º: PÚBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén (Conforme
Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta Orgánica
Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la misma.-
ART. 7º: Refrendará la presente el Sr. Secretario Legislativo, Concejal Oscar Raúl Ande.-
ART. 8º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,
PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS QUINCE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DE
AÑO DOS MIL UNO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1036/01.-
OSCAR RAÚL ANDE ÁNGEL C. HERRERA
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES