2277 - 13 Aprobación Convenio Marco de Compromisos, Cooperación Mutua de Intercambio de Información Municipio - Provincia.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2277/13.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2277/2013



VISTO: El Convenio Marco de Compromisos, Cooperación Mutua e Intercambio de


Información con Municipios de la Provincia del Neuquén - Agosto 2013 - Marzo


2014, suscripto entre el Gobierno de la Provincia del Neuquén y la Municipalidad de Junín de


los Andes, y;




CONSIDERANDO:




Que, el Intendente Municipal suscribió con el Gobierno de la Provincia un Convenio


Marco de compromisos, cooperación mutua e intercambio de información con Municipios de


la Provincia del Neuquén, en el que ambos acuerdan pautas fiscales y financieras para el


mejoramiento de las economías locales, conviniendo derechos y obligaciones a ambos niveles


de Gobierno.-




Que, enmarcado en dicho Convenio, en la Cláusula Segunda del mismo, se aclara


que ante la necesidad económica financiera del Municipio para cubrir gastos corrientes de


perentorio cumplimiento, la Provincia se compromete a otorgar ayuda financiera al Municipio


durante el periodo Agosto 2013 a Marzo de 2014 con aportes reintegrables con la pertinente


autorización mediante una Ordenanza aprobada por este Cuerpo Deliberativo.-




Que, en virtud de ello corresponde sancionar una Ordenanza que autorice al


Departamento Ejecutivo Municipal a endeudarse con el Gobierno de la Provincia del Neuquén


en el marco del presente Convenio, y la autorización para afectar recursos de Coparticipación


Provincial (Ley 2148 Art. 4º), y Canon Extraordinario de Producción (Ley 2615 Art. 7º) para


la cobertura de la garantía de pago de los Aportes Reintegrables que se otorgaren a este


Municipio.-




Que, sometido a tratamiento, fue aprobado sobre tablas y por unanimidad por este


Cuerpo Deliberativo en Sesión Ordinaria de fecha 23/08/2013.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A











GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
























Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2277/13.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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ARTÍCULO 1º: APRUÉBASE: el Convenio Marco de Compromisos, Cooperación Mutua e


Intercambio de Información con Municipios de la Provincia del Neuquén –


Agosto 2013 – Marzo 2013, y todas las normas legales que se emitan en consecuencia a los


efectos de poder operativizar el mismo.-




ARTICULO 2º: AUTORÍZASE: al Departamento Ejecutivo Municipal a solicitar un aporte


financiero reintegrable al Gobierno de la Provincia del Neuquén en el Marco


del Convenio aprobado por el Art. 1º de la presente Ordenanza.-




ARTÍCULO 3º: AUTORÍZASE: a afectar recursos de Coparticipación Provincial (Ley 2148


Art. 4º), y canon extraordinario de producción (Ley 2615 Art. 7º) para la


cobertura de la garantía de pago de los Aportes Reintegrables que el Gobierno de la Provincia


otorgare a este Municipio en el marco del Convenio Marco aprobado por el Art. 1º.-


ARTÍCULO 4º: REMITASE: al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una vez


promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente al Gobierno de


la Provincia del Neuquén.-


ARTÍCULO 5º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS VEINTITRES DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL


TRECE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1.685/13 – EXPTE. C.D. Nº 6824/13.-













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA