2211 - 13 Aprobación Convenio Marco de Compromisos, Cooperación Mutua de Intercambio de Información Municipio - Provincia.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2211/13.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2211/2013



VISTO: El Convenio Marco de Compromisos, Cooperación Mutua e Intercambio de


Información con Municipios de la Provincia del Neuquén suscripto entre el Gobierno


de la Provincia del Neuquén y la Municipalidad de Junín de los Andes, y;




CONSIDERANDO:




Que, el Intendente Municipal suscribió con el Gobierno de la Provincia un Convenio


Marco de compromisos, cooperación mutua e intercambio de información con Municipios de


la Provincia del Neuquén, en el que ambos acuerdan pautas fiscales y financieras para el


mejoramiento de las economías locales, conviniendo derechos y obligaciones a ambos niveles


de Gobierno.-




Que, enmarcado en dicho Convenio, en la cláusula Segunda del mismo, se aclara que


ante la necesidad económica financiera del Municipio para cubrir gastos corrientes de


perentorio cumplimiento, la Provincia se compromete a otorgar ayuda financiera al Municipio


por el plazo de seis (6) meses con aportes reintegrables con la pertinente autorización


mediante una Ordenanza aprobada por este Cuerpo Deliberativo.-




Que, en virtud de ello corresponde sancionar una Ordenanza que autorice al


Departamento Ejecutivo Municipal a endeudarse con el Gobierno de la Provincia del Neuquén


en el marco del presente Convenio, y la autorización para afectar recursos de Coparticipación


Provincial (Ley 2148 Art. 4º), y Canon Extraordinario de Producción (Ley 2615 Art. 7º) para


la cobertura de la garantía de pago de los Aportes Reintegrables que se otorgaren a este


Municipio.-




Que, sometido a tratamiento, fue aprobado sobre tablas y por unanimidad por este


Cuerpo Deliberativo en Sesión Ordinaria de fecha 27/02/2013.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A











GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ANDREA SILVANA ROSSO


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


























Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2211/13.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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ARTÍCULO 1º: APRUÉBASE: el Convenio Marco de Compromisos, Cooperación Mutua e


Intercambio de Información con Municipios de la Provincia del Neuquén y


todas las normas legales que se emitan en consecuencia a los efectos de poder operativizar el


mismo.-




ARTICULO 2º: AUTORÍZASE: al Departamento Ejecutivo Municipal a solicitar un aporte


financiero reintegrable al Gobierno de la Provincia del Neuquén en el Marco


del Convenio aprobado por el Art. 1º de la presente Ordenanza.-




ARTÍCULO 3º: AUTORÍZASE: a afectar recursos de Coparticipación Provincial (Ley 2148


Art. 4º), y canon extraordinario de producción (Ley 2615 Art. 7º) para la


cobertura de la garantía de pago de los Aportes Reintegrables que el Gobierno de la Provincia


otorgare a este Municipio en el marco del Convenio Marco aprobado por el Art. 1º.-


ARTÍCULO 4º: COMUNÍQUESE: al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.


Una vez promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente al


Gobierno de la Provincia del Neuquén.-


ARTÍCULO 5º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS


MIL TRECE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1.656/13 – EXPTE. C.D. Nº 6549/13.-













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ANDREA SILVANA ROSSO


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES