1706 - 09 Homologar Convenio Parque Industrial Sr. Néstor Muñoz.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1706/09.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1706/2009



VISTO:
El Expte. del D.E.M. Nº 2419/07 “Letra A” de fecha 21/11/2007, iniciado por


el Sr. Muñoz, Néstor, titular del D.N.I. Nº 31.274.273, con domicilio legal en Calle


Santa Fe Nº 40 del Barrio Provincial de Junín de los Andes, destinado a Carpintería; y Expte.


Nº 5154 Letra “M” de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de fecha 24/10/2.008 que


contiene presentación de Planos del proyecto reseñado; y el Convenio de Pago Parque


Industrial celebrado en fecha 10/02/2.009 entre la Municipalidad de Junín de los Andes y el


nombrado Muñoz, Néstor, y;




CONSIDERANDO:




Que, a través del citado Convenio La “Municipalidad” vende, cede y transfiere al


“Adquirente”, y éste acepta en un todo de acuerdo a lo dispuesto por Ordenanza N° 479/95, su


modificatoria Nº 1014/2002, y la modificatoria Nº 1381/2006, una fracción de terreno ubicado


en el Parque Industrial de Junín de los Andes, identificado como Lote 8, de la Manzana 94,


Nomenclatura Catastral 13-20-054-9399, con una superficie de MIL CUARENTA Y DOS


CON VEINTICINCO METROS CUADRADOS (1042,25 mts²).-




Que, el precio de venta se establece en la suma de Pesos Veinte ($ 20,00) por metro


cuadrado (m²), lo que hace un total de Pesos Veinte Mil Ochocientos Cuarenta y Cinco ($


20.845,00) que serán cancelados conforme forma de pago establecida en Cláusula Segunda del


citado Convenio.-




Que, el “Adquirente” se obliga a realizar en el predio citado, el total del Proyecto


presentado mediante los Planos aprobados por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos


(Expte. Nº 5154, Letra “M”), otorgándose un plazo de Treinta y Seis (36) meses partir de la


firma del convenio, para la puesta en marcha y funcionamiento en un ciento por ciento (100%)


del Emprendimiento.-




Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 01/04/2009, conforme lo


establecido en Despacho Nº 015/2009, emitido por la Comisión de Producción y Turismo,


resuelve por unanimidad homologar el citado convenio.-




Que, se debe sancionar la norma correspondiente.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, EN SU ARTÍCULO 56 y


ARTÍCULO 57 Inc. a), EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN


DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA


DE:













RAMÓN JULIO FLORES CARLOS TEOBALDO VIVEROS


SECRETARIO LEGISLATIVO A/C VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA














Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1706/09.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATÍFICASE el Convenio de Pago Parque Industrial celebrado el 10 de


Febrero de 2.009 entre la Municipalidad de Junín de los Andes, representada


por el Señor Intendente Municipal, Dn RUBEN ENRIQUE CAMPOS, y el Señor Secretario


de Producción y Turismo, Don ROBERTO SACCONI, con domicilio legal en Don Bosco y


Ginés Ponte de la Ciudad de Junín de los Andes, en adelante denominados la


“MUNICIPALIDAD”, y el Sr. MUÑOZ NÉSTOR D.N.I. Nº 31.274.273, con domicilio


legal en Calle Santa Fe Nº 40 del Barrio Provincial de Junín de los Andes, en adelante


denominado el “ADQUIRENTE”, por la venta una fracción de terreno ubicado en el Parque


Industrial de Junín de los Andes, identificado como Lote 8, de la Manzana 94, Nomenclatura


Catastral 13-20-054-9399, con una superficie de MIL CUARENTA Y DOS CON


VEINTICINCO METROS CUADRADOS (1042,25 mts²).-




ARTÍCULO 2º: DESE para la promulgación del Departamento Ejecutivo Municipal y por su


intermedio envíese copia de la presente al interesado, y a las Secretarías


Municipales que correspondan, para su conocimiento y efectos.-




ARTÍCULO 3º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial Municipal.-




ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo A/C, Concejal Ramón


Julio Flores.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS UN DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL NUEVE,


SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1425/09.-













RAMÓN JULIO FLORES CARLOS TEOBALDO VIVEROS


SECRETARIO LEGISLATIVO A/C VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA