Ordenanza N° 1047 Autorizase Compra directa de materiales de cosntrucción.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1047/02


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1047/2002




VISTO: El Expte. C.D. N° 2554/02 iniciado por el Departamento Ejecutivo Municipal,


referido a solicitud de autorización para la extensión del monto para la compra


directa de materiales de construcción, y;




CONSIDERANDO:




Que, dicha solicitud se realiza en virtud de poder concretar compras que superen los


$ 4.000,00 (Pesos cuatro mil) en materiales de construcción hasta el mes de abril de 2003,


tiempo en que comienza el receso en la construcción.-




Que, las compras se realizarían a grandes mayoristas y de esta modo se abastecerían


a las obras previstas por el Ejecutivo Municipal y las Obras Delegadas por el Estado


Provincial como son las 19 Viviendas, 35 Soluciones Habitacionales, y otras obras, y de esta


manera se daría continuidad al trabajo de cada una de ellas.-




Que, de acuerdo a lo expresado en Despacho Nº 127/2002 de la Comisión de


Economía y Hacienda, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de Prórroga del día


27/12/2002, resolvió por unanimidad aprobar la compra directa de materiales de construcción


en forma directa hasta el mes de abril de 2003 por un monto de $ 8.500,00 cada orden de pago,


debiendo elaborarse orden de compra con afectación a cada obra especifica.-




Que, asimismo se dispuso aprobar la compra directa de cemento hasta $ 8.500,00,


cada una, con sus respectivos comprobantes, hasta el mes de abril de 2003 y en conformidad


con el Convenio Nº 759/02 celebrado en fecha 17 de Octubre de 2002, entre la Dirección


Provincial de Vialidad de la Provincia del Neuquén y la Municipalidad de Junín de los Andes,


por un total de 30.600 bolsas, de las cuales se deberán descontar las adquiridas hasta el día de


la fecha.-




Que, en virtud de lo expuesto se hace necesario el dictado de la presente Ordenanza.-


POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º y ARTÍCULO 57, INCISO a), CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN


ORDINARIA DE PRÓRROGA, SANCIONA CON FUERZA DE:



O R D E N A N Z A:













MIGUEL ÁNGEL GUIDALI DAMIÁN AMINAHUEL


SECRETARIO LEGISLATIVO A/C VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
















Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1047/02


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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ARTÍCULO 1º: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar la Compra


Directa de materiales de construcción hasta el mes de abril de 2003 por un


monto de $ 8.500,00 (Pesos ocho mil quinientos) cada orden de pago; debiendo elaborarse


orden de compra con afectación a cada obra especifica.-




ARTÍCULO 2º: FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar la compra


directa de cemento hasta $ 8.500,00 (Pesos ocho mil quinientos), cada una,


con sus respectivos comprobantes, hasta el mes de abril de 2003 y en conformidad con el


Convenio Nº 759/02 celebrado en fecha 17/10/2002, entre la Dirección Provincial de Vialidad


de la Provincia del Neuquén y la Municipalidad de Junín de los Andes, por un total de 30.600


bolsas, de las cuales se deberán descontar las adquiridas hasta el día de la fecha.-




ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-


Promulgada remítase copia a la Secretaría de Economía y Hacienda, y la


Secretaría de Obras y Servicios Públicos, Desarrollo Urbano y Medio Ambiente.-



ARTÍCULO 4º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén (Conforme


Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta Orgánica


Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo Nº 66 de la misma.-




ARTÍCULO 5º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo A/C, Concejal Miguel


Ángel Guidali.-




ARTÍCULO 6º: De forma.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA


DEL NEUQUEN, A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO


DOS MIL DOS, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1107/02.-













MIGUEL ÁNGEL GUIDALI DAMIÁN AMINAHUEL


SECRETARIO LEGISLATIVO A/C VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA