Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 1856/2010
VISTO: El Artículo 34º de la Carta Orgánica Municipal y la Ordenanza Nº 1803/2010 de fecha 17 de
febrero de 2010, y;
CONSIDERANDO
Que, el Artículo 34 de la Carta Orgánica Municipal, establece que: “En caso de ausencia, el
cargo de intendente será ejercido automáticamente por el Viceintendente quien no podrá ausentarse
durante el lapso en que el intendente lo hiciere. En caso excepcional de fuerza mayor, hasta el retorno
de algunos de los dos, el Concejo Deliberante por Ordenanza determinara el funcionario político
municipal o el Concejal del mismo partido político del Intendente que ejercerá la intendencia”.-
Que, mediante Resolución Nº 099/2009, se acepta, a partir del día 17 de Octubre de 2009, la
renuncia al Sr. Viceintendente Municipal y Presidente del Concejo Deliberante, M.M.O. Marcovesky,
Diego Alexis.-
Que, mediante la Ordenanza Nº 1803/2010 se designa al Concejal del Bloque del
Movimiento Popular Neuquino, Sr. Ramón Julio Flores, a ocupar el cargo de Intendente Municipal en
todos los casos de ausencia del Intendente y que surjan hasta el 30 de Junio de 2010.-
Que, por lo expuesto, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 30 de junio
2010, ante la moción presentada por el Bloque del M.P.N., dispuso sobre tablas y por unanimidad
designar al Sr. Secretario de Gobierno y Desarrollo Social a ocupar el cargo de Intendente Municipal
en todos los casos de ausencia del Intendente y que surjan a partir del 01 de julio de 2010 y hasta el 15
de diciembre de 2010.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGANICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56° Y 57°, INCISO a), EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESION
ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: DESÍGNASE al Funcionario político municipal Señor Juan Carlos Escobar,
Secretario de Gobierno y Desarrollo Social, a ocupar el cargo de Intendente
Municipal en todos los casos de ausencia del Sr. Intendente Municipal, Prof. Rubén E. Campos, y que
surjan a partir del 01 de julio de 2010 hasta el 15 de diciembre de 2010.-
ARTÍCULO 2º: ESTABLÉCESE que en caso de ausencia simultánea del Sr. Intendente Municipal y
del Sr. Juan Carlos Escobar, en este último caso por razones de fuerza mayor, se
convocará a una Sesión Extraordinaria a fin de determinar quien ejercerá dicho cargo ante la doble
ausencia, conforme a lo establecido en el Art. 34 de la Carta Orgánica Municipal.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-
ARTÍCULO 4º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO
DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS
TREINTA DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIEZ, SEGÚN CONSTA EN
ACTA Nº 1.500/10.-
ANDREA SILVANA ROSSO MARCELO ARTURO PAILLALAUQUÉN
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA